AVIACION CIVIL
Decreto 657/91
Bs.As., 15/04/91
POR TANTO
Téngase por Ley de la Nación N° 23.913, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.–––MENEM. –– Guido Di Tella.
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