POLICIA FEDERAL
**DECRETO
N° 6580/1958**
Ley Orgánica de la Policía Federal.
Buenos Aires, 30/4/1958
VISTO el proyecto de Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía
Federal, elevado por el señor jefe de la Policía Federal, y
CONSIDERANDO:
Que con el mismo se da cumplimiento a lo que determina el artículo 18
de la precitada ley orgánica, aprobada por Decreto- Ley número 333 de
fecha 14 de enero de 1958;
Por ello,
**El Presidente Provisional de la Nación
Argentina**
Decreta:
Artículo 1°- Apruébanse con
carácter "público" los Libros I, II, III y IV de la Reglamentación de
la Ley Orgánica de la Policía Federal que se adjunta al presente
decreto.
Artículo 2°- Apruébase con
carácter "secreto" el Libro V de la referida reglamentación.
Artículo 3°- El presente
decreto será refrendado por los ministros secretarios de Estado en los
departamentos de Comunicaciones a cargo interinamente de Interior y de
Hacienda.
Artículo 4°- Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial y archívese.
ARAMBURU.- Angel H. Cabral - Adalberto Krieger Vasena
**REGLAMENTACIÓN
DE LA LEY ORGÁNICA DE LA POLICÍA FEDERAL**
(Decreto- Ley 333/1958)
LIBRO I
**JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. FUNCIONES,
ATRIBUCIONES Y COORDINACIÓN**
TÍTULO I
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
CAPITULO I
De la jurisdicción
Artículo 1°- La Policía Federal cumple funciones de policía de
Seguridad y Judicial en el territorio de las provincias y Capital de la
Nación dentro de la jurisdicción del Gobierno de la Nación, con las
limitaciones que nacen de la Constitución de la Nación Argentina, leyes
especiales, tratados ratificados por ley o convenios, y los principios
del Derecho Internacional.
Artículo 2°- En las zonas situadas dentro de los límites territoriales
señalados y que por las leyes o decretos hayan sido declaradas de
jurisdicción exclusiva de otras policías nacionales, la Policía Federal
prestará la cooperación que se le requiera, coordinando su acción con
las mismas.
Artículo 3°- En la zona del Puerto de la Capital, los límites
jurisdiccionales de la Policía Federal con la Prefectura Nacional
Marítima, son los siguientes: Desde la intersección de la Avenida
General Paz y el Río de la Plata, la parte norte del terraplén del
Ferrocarril General Belgrano hasta la calle Republiquetas; de ésta por
el murete de contención del Río de la Plata hasta la calle Canning; de
allí, que empieza el puerto -Dársena F-, sigue el deslinde por el
veredón oeste de la avenida Costanera hasta frente al rincón sudoeste
de la dársena F y, desde este punto, en línea recta, uniéndose al
extremo de la verja aduanera conforme se indica en el gráfico anexo 1;
luego continúa el deslinde por la verja hasta su terminación en la
calle Brasil; desde este último punto sigue por la línea extremo oeste
de los galpones de la dársena sud hasta la altura de la calle Agustín
R. Caffarena; desde este lugar a 15 m de la ribera hasta el Puente
General José F. Uriburu y, desde el citado puente, hasta unirse con la
avenida General Paz (Puente de La Noria) por el borde del veredón sud
de la calle de la ribera según se indica en el plano mencionado. La
parte de los paseos y jardines de la avenida Costanera dentro de la
jurisdicción de Puerto Madero (Balneario Municipal) y calles adyacentes
pertenecen a la Policía Federal y los muelles para pescadores y
escalinatas que se internan en el río pasando el murete de contención
corresponden a la Prefectura Nacional Marítima.
Artículo 4°- Dentro de la zona del Puerto de la Capital y por
intermedio de la Dirección Bomberos, la Policía Federal ejerce la
acción directa y única en los casos de incendio a los fines específicos
de dicha dirección, debiendo asumir la dirección de todos los elementos
de que se disponga, de conformidad con el decreto del Poder Ejecutivo
nacional de fecha 31 de octubre de 1899.
Esta Dirección, por intermedio de la 7ª Zona –Cuartel Ezeiza–, cumplirá
también su misión en forma directa y única, dentro del ámbito
territorial correspondiente al Parque del Aeropuerto Nacional de
Ezeiza, que comprende la zona del Aeropuerto, la zona del Parque
propiamente dicho y la zona urbana. Asimismo, tendrá a su cargo la
coordinación necesaria para que todos los organismos oficiales e
instituciones privadas existentes o los que se establezcan en el futuro
en esa jurisdicción, concurran a su protección integral contra
incendios. *(Párrafo incorporado por
art. 1° del*[Decreto
N° 3415/68](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=184914)B.O. 10/07/1968)
Artículo 5°- La jurisdicción de la Policía Federal se ejerce:
Inmediatamente: En las zonas asignadas a cada comisaría o
delegación, de acuerdo a la división territorial expresamente
determinada en los Anexos N° 1 a 7, que forman parte de este reglamento.
Mediatamente: En todo el territorio de la Capital de la Nación y de
las provincias dentro de la jurisdicción del Gobierno de la Nación, con
sujeción a las normas establecidas en este reglamento.
Artículo 5 bis.- Las comisarías tienen las siguientes jurisdicciones:
Comisaría 1º límites: Av. Leandro N. Alem, Av. Córdoba, Esmeralda, Av.
Rivadavia.
Comisaría 2º límites: Av. Paseo Colón, Humberto I, Piedras y Avenida
Rivadavia. *(Sustituido por art. 2°
del*[Decreto
1068/77](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=184835)B.O. 05/05/1977)
Comisaría 3º límites: Esmeralda, Av. Córdoba, Uruguay, Av. Rivadavia.
Comisaría 4º límites: Piedras, Av. Rivadavia, San José, Cochabamba,
Santiago del Estero, Cochabamba.
Comisaría 5º límites: Uruguay, Av. Córdoba, Junín, Av. Rivadavia.
Comisaría 6º límites: San José, Av. Rivadavia, Alberti, Chile.
Comisaría 7º límites: Junín, Av. Córdoba, Jean Jaures, Av. Rivadavia.
Comisaría 8º límites: Alberti, Av. Rivadavia, Av. Boedo, Estados Unidos.
Comisaría 9º límites: Jean Jaures, Av. Córdoba, Gascón, Av. Rivadavia.
Comisaría 10º límites: Av. Boedo, Av. Rivadavia, Av. José María Moreno,
Av. Asamblea, Av. Vernet, Av. Juan de Garay.
Comisaría 11º límites: Gascón, Av. Estado de Israel, Av. Ángel
Gallardo, Av. Dr. Honorio Pueyrredón, Parral, Vías F.F.C.C. D. F.
Sarmiento, Av. Acoyte, Av. Rivadavia.
Comisaría 12º límites: Av. Daract, Av. José María Moreno, Av. Acoyte,
paredón o alambrado sur de vías F.F.C.C. D. F. Sarmiento, Av. Tte.
Gral. Donato Álvarez, Av. Curapaligüe, Camilo Torres, Av. Riestra.
Comisaría 13º límites: Parral, Av. Dr. Honorio Pueyrredón, Av. Juan B.
Justo, Av. San Martín, Av. Tte. Gral. Donato Álvarez, vías del F.F.C.C.
D. F. Sarmiento.
Comisaría 14º límites: Avenida Paseo Colón, Martín García, Irala,
Wenceslao Villafañe, Avenida Montes de Oca, Ituzaingó, Piedras y
Humberto I. *(Sustituido por art. 1°
del*[Decreto
1068/77](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=184835)B.O. 05/05/1977)
Comisaría 15º límites: Av. Leandro N. Alem, Av. del Libertador,
Libertad, Av. Córdoba.
Comisaría 16º límites: Piedras, Cochabamba, Santiago del Estero,
Cochabamba, San José, Av. Caseros, Paracas, Ituzaingó.
Comisaría 17º límites: Libertad, Av. del Libertador, Eduardo
Schiaffino, Posadas, Eduardo Schiaffino, Av. Alvear, Junín, Guido,
Junín, Juncal, Junín, Av. Córdoba.
Comisaría 18º límites: San José, Chile, Alberti, Av. Juan de Garay,
Catamarca, Av. Caseros.
Comisaría 19º límites: Junín, Juncal, Junín, Guido, Junín, Av. Alvear,
Eduardo Schiaffino, Posadas, Eduardo Schiaffino y su continuación hasta
paredón o alambrado del F.F.C.C. Bmé. Mitre, Austria, Gallo, Av.
Córdoba.
Comisaría 20º límites: Catamarca, Av. Juan de Garay, Alberti, Estados
Unidos, Av. Boedo, Av. Caseros.
Comisaría 21º límites: Gallo, Austria, paredón o alambrado límite sur
del F.F.C.C. Bmé. Mitre, Jerónimo Salguero, Cabello, Jerónimo Salguero,
Av. Gral. Las Heras, Av. Raúl Scalabrini Ortiz, Guatemala, Paraguay,
Sánchez de Bustamante, Paraguay.
Comisaría 22º límites: Av. Córdoba, Av. Leandro N. Alem, Av. Paseo
Colón, Av. Brasil, Av. Ingeniero Huergo, Av. Eduardo Madero. La parte
de los paseos y jardines de la Av. Costanera, dentro de la jurisdicción
de Puerto Madero (Balneario municipal) y calles adyacentes, lo que
comprende la Av. Costanera Dr. Tristán Achábal Rodríguez este, desde la
prolongación al sur de toda su extensión, Florencio Sánchez, desde Av.
Brasil hasta Av. Belgrano; Av. Costanera Dr. Tristán y Achábal
Rodríguez oeste, desde Av. Belgrano hasta Viamonte.
Comisaría 23º límites: Av. Raúl Scalabrini Ortiz, Av. Gral. Las Heras,
Jerónimo Salguero, Av. Costanera Rafael Obligado, Av. Dorrego, Av. del
Libertador, Av. Int. Bullrich, Av. Juan B. Justo, Guatemala.
Comisaría 24º límites: Av. Don Pedro de Mendoza, Av. Brasil, Av. Paseo
Colón, Av. Martín García, Irala, Aristóbulo del Vale, Garibaldi.
Comisaría 25º límites: Gallo, Paraguay, Sánchez de Bustamante,
Paraguay, Guatemala, Av. Juan B. Justo, Av. Córdoba.
Comisaría 26º límites: Irala, Aristóbulo del Valle, Garibaldi,
Australia, Avenida Pinedo, Barracas, Caseros, Paracas, Vías del
Ferrocarril General Roca, Ituzaingó, Avenida Montes de Oca y Wenceslao
Villafañe. *(Sustituido por art. 1°
del*[Decreto
1068/77](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=184835)B.O. 05/05/1977)
Comisaría 27º límites: Av. Córdoba, Av. Juan B. Justo, Av. Dr. Honorio
Pueyrredón, Av. Ángel Gallardo, Av. Estado de Israel.
Comisaría 28º límites: Av. Pinedo, Barracas, Av. Caseros, Luna, vías
del F.F.C.C. J. A. Roca, Lamadrid, Perdriel, Australia.
Comisaría 29º límites: Cnel. Niceto Vega, Av. Álvarez Thomas, Av.
Federico Lacroze, Av. Forest, Fraga, Céspedes, Guevara, Av. El Cano
hasta alambrado o paredón F.F.C.C. J.J. Urquiza, Av. Del Campo, Av.
Garmendia, Av. Manuel Ricardo Trelles, Av. Tte. Gral. Donato Álvarez,
Av. San Martín, Av. Juan B. Justo.
Comisaría 30º límites: Garibaldi, Australia, Gral. Hornos, Australia,
Herrera, Australia, Perdriel, Lamadrid, alambrado F.F.C.C. J.A. Roca,
Luna, Riachuelo, Av. Don Pedro de Mendoza.
Comisaría 31º límites: Av. Juan B. Justo, Av. Int. Bullrich, Av. del
Libertador, Av. Federico Lacroze, Av. Álvarez Thomas, Cnel. Niceto Vega.
Comisaría 32º límites: Luna, Av. Caseros, Av. Sáenz, Riachuelo.
Comisaría 33º límites: Av. Dorrego, Av. Costanera, Rafael Obligado, La
Pampa, Av. Pte. Figueroa Alcorta, Echeverría, Moldes, Av. Federico
Lacroze, Av. del Libertador.
Comisaría 34º límites: Av. Sáenz, Av. Caseros, Av. Boedo, Av. Juan de
Garay, Av. Vernet, Av. Asamblea, Av. José María Moreno, Av. Daract, Av.
Riestra, Cnel. Esteban Bonorino, Riachuelo.
Comisaría 35º límites: Av. Guillermo Udaondo, Río de la Plata, Av.
Gral. Paz, Melián, Av. Congreso, Av. del Libertador.
Comisaría 36º límites: Cnel. Esteban Bonorino, Av. Riestra, Av. Varela,
Balbastro, Av. Varela, Crisóstomo Álvarez, Av. Escalada, Riachuelo.
Comisaría 37º límites: Av. Federico Lacroze, Moldes, Av. Congreso,
Mariano Acha, Av. Álvarez Thomas, Chorroarín, Av. Triunvirato, Av. El
Cano, Guevara, Céspedes, Fraga, Av. Forest.
Comisaría 38º límites: Camilo Torres, Av. Curapaligüe, Av. Tte. Gral.
Donato Álvarez, límite sur F.F.C.C. D.F. Sarmiento, Helguera, José
Martí, Crisóstomo Álvarez, Av. Varela, Balbastro, Av. Varela, Av.
Riestra.
Comisaría 39º límites: Av. Triunvirato, Chorroarín, Av. Álvarez Thomas,
Mariano Acha, Av. Congreso, Av. de los Constituyentes, Chorroarín, vías
del F.F.C.C. J.J. Urquiza, Av. El Cano.
Comisaría 40º límites: José Martí, Helguera, límite sur del F.F.C.C.
D.F. Sarmiento, Lope de Vega, Manzoni, Crisóstomo Álvarez.
Comisaría 41º límites: Tte. Gral. Donato Álvarez, Av. Manuel Ricardo
Trelles, Garmendia, Av. del Campo, vías del F.F.C.C. límite sur,
Chorroarín, Av. San Martín, Nogoyá, Campana, Dr. Luis Beláustegui, Av.
Juan B. Justo.
Comisaría 42º límites: Av. Escalada, José Enrique Rodó, Av. Gral. Paz,
vías del F.F.C.C. Gral. M. Belgrano hasta paredón o alambrada límite
norte.
Comisaría 43º límites: San Nicolás, Dr. Luis Beláustegui, Campana,
Santo Tomé, Lope de Vega, vías del F.F.C.C. D.F. Sarmiento.
Comisaría 44º límites: Lope de Vega, Av. Gral. Paz, vías del F.F.C.C.
D.F. Sarmiento.
Comisaría 45º límites: Santo Tomé, Campana, Av. San Martín, Av. Gral.
Paz, Lope de Vega.
Comisaría 46º límites: Av. Tomás Edison, Av. Costanera, Jerónimo
Salguero, vías del F.F.C.C. Bmé. Mitre, hasta prolongación imaginaria
de la calle Eduardo Schiaffino, Av. del Libertador, Av. Leandro N.
Alem, Av. Córdoba, Av. Eduardo Madero, San Martín, Av. Ing. José N.
Quartino.
Comisaría 47º límites: Chorroarín, Av. de los Constituyentes, Av. Gral.
Paz, Av. San Martín, Campana, Nogoyá, Av. San Martín.
Comisaría 48º límites: Av. Escalada, vías del F.F.C.C. Gral. M.
Belgrano, Av. Gral. Paz, Av. 27 de Febrero.
Comisaría 49º límites: Melián, Av. Gral. Paz, Av. de los
Constituyentes, Av. Congreso.
Comisaría 50º límites: Av. Tte. Gral. Donato Álvarez, Av. Juan B.
Justo, Dr. Luis Beláustegui, San Nicolás, vías del F.F.C.C. D.F.
Sarmiento.
Comisaría 51º límites: Av. Costanera, Rafael Obligado, Río de la Plata,
Av. Guillermo Udaondo, Av. del Libertador, Av. Congreso, Moldes,
Echeverría, Av. Pte. Figueroa Alcorta, La Pampa.
Comisaría 52º límites: Av. Escalada, Manzoni, Lope de Vega, límite sur
vías del F.F.C.C. D.F. Sarmiento, hasta paredón o alambrado, Av. Gral.
Paz, José Enrique Rodó.
*(Artículo incorporado por art. 1° del
[Decreto
N° 428/76](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=312362) B.O. 12/03/1976)*
Artículo 6°- Las zonas de jurisdicción inmediata de las delegaciones de
la Dirección Coordinación Federal son las siguientes:
Las delegaciones Jujuy, Salta, Tucumán, Santiago del Estero,
Formosa, Resistencia, Posadas, Catamarca, La Rioja, San Juan,
San Luis, Santa Rosa, Neuquén, Viedma y Río Gallegos, tendrán
jurisdicción en todo el territorio de las provincias en las cuales se
hallan instaladas. *(Término
"Mendoza" suprimido por art. 1° del [Decreto
N° 1056/69](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=183126)B.O. 01/04/1969)*
En la Provincia de Buenos Aires:
1)
Delegación La Plata:Comprende
su jurisdicción los Partidos de Berisso, Castelli, Chascomús, Coronel
Brandsen, Dolores, Ensenada, General Guido, General Paz, La Plata,
Lobos, Magdalena, Pilar y Monte.
2)Delegación de Azul: Comprende
los Partidos de Ayacucho, Azul, Bolívar, General Alvear, General
Lamadrid, Juárez, Laprida, Las Flores, Olavarría, Rauch, Roque Pérez,
Saladillo, Tandil, Tapalqué y 25 de Mayo.
3) Delegación Bahía Blanca:Comprende
los Partidos de Adolfo Alsina, Bahía Blanca, Daireaux, Coronel de
Marina Leonardo Rosales, Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Coronel
Suárez, González Chávez, Guaminí, Patagones, Puán, Saavedra. Tornquist,
Tres Arroyos y Villarino.
4) Delegación Mar del Plata: Comprende
los Partidos de General Pueyrredón, General Alvarado, General Balcarce,
General Lavalle, General Madariaga, Lobería, Maipú, Mar Chiquita
(Coronel Vidal), Tordillo (General Conesa), General Necochea y San
Cayetano.
5) Delegación Mercedes: Comprende
los Partidos de Alberti, Bragado, Carlos Casares, Carlos Tejedor,
Carmen de Areco, Chacabuco, Chivilcoy, General Pinto, General Villegas,
General Viamonte, Junín, Leandro N. Alem, Lincoln, Luján, Salto,
Mercedes, Navarro, 9 de Julio, Pehuajó, Pellegrini, Rivadavia, San
Andrés de Giles, San Antonio de Areco, Suipacha, Trenque Lauquen,
Hipólito Yrigoyen, Salliqueló, General Rodríguez y Pilar.
6) Delegación San Nicolás: Comprende
los Partidos de Bartolomé Mitre, Colón, General Arenales, Pergamino,
Ramallo, Rojas, San Nicolás, San Pedro y Capitán Sarmiento.
7) (Inciso derogado por art. 1° del[Decreto
N° 2.448/78](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=183855)B.O. 23/10/1978)
7)Delegación San Martín: Comprende
los Partidos de San Isidro, Vicente López, San Martín y 3 de Febrero.
8) Delegación Avellaneda:
Comprende los Partidos de Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui,
Florencio Varela, Lanús, Lomas de Zamora, Quilmes, Esteban Echeverría,
San Vicente, Cañuelas y General Las Heras.
9)Delegación Zárate: Comprende
los Partidos de Baradero, Exaltación de la Cruz, Zárate y Campana.10) Delegación Tigre:
Comprende los Partidos de San Fernando, Escobar, Tigre, General
Sarmiento y Sección Islas.
11) Delegación Morón:
Comprende los Partidos de Moreno, Marcos Paz, La Matanza, Merlo y Morón.
(Inciso sustituido por art. 2° del[Decreto
N° 2.448/78](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=183855)B.O. 23/10/1978)
En la Provincia de Santa Fe:
1) Delegación Santa Fe:
Comprende en su jurisdicción los departamentos de Castellanos, Garay,
General Obligado, Gálvez, La Capital, Las Colonias, 9 de Julio, San
Javier, San Jerónimo, San Justo, San Cristóbal, San Martín y Vera.
2)Delegación Rosario:
Comprende los departamentos de Caseros, Constitución, Belgrano, General
López, Iriondo, Rosario y San Lorenzo.
En la Provincia de Corrientes:
1) Delegación Corrientes
comprende su jurisdicción los departamentos de Bella Vista, Berón de
Astrada, Concepción, Capital, Empedrado, General Alvear, General Paz,
Itatí, Ituzaingó, Mburucuyá, Saladas, San Cosme, San Luis del Palmar,
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.