DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Rango Decreto
Publicación 2013-04-05
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 6598/1972

Bs. As., 26/9/1972

VISTO el acuerdo referente al programa de Ayuda Militar aprobado por Decreto Nº 4724/64; y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento del mencionado acuerdo S.E. el señor Embajador

Argentino en los Estados Unidos de América y el señor agregado de la

Fuerza Aérea Argentina ante dicho país, ambos en representación de la

República Argentina, han firmado dos arreglos de crédito con

representantes del Gobierno de los Estados Unidos de América para la

adquisición de elementos de defensa con destino al reequipamiento de

las Fuerzas Armadas, por u$s 6.500.000 y u$s 3.000.000 respectivamente.

Que dichos créditos serán financiados por el Departamento de Defensa de los Estados Unidos de América.

Que por decreto Nº 4191/71 se ratificó un contrato de crédito por u$s

6.500.000 con el The National Bank of Washington, también para la

adquisición de elementos de defensa, dentro del marco del Programa de

Ayuda Militar para el año 1971 sin especificación de los materiales a

adquirir.

Que por otra parte, con posterioridad a la firma de los arreglos

mencionados en el primer considerando, se efectuaron modificaciones, en

cuanto a los materiales a adquirir.

Que a tal efecto se ha hecho uso del último párrafo de la cláusula 2

(a) de ambos acuerdos, negociándose con el Gobierno de los Estados

Unidos de América la modificación de los Anexos “A” de los mismos,

habiendo consentido dicho Gobierno en su supresión.

Que en consecuencia los materiales a adquirir serán los aprobados por

la Junta de Comandantes en Jefe en la Reunión Nº 10/71 dentro del

crédito global de u$s 16.000.000 obtenido conforme los arreglos

firmados.

Que asimismo y en virtud de que las financiaciones obtenidas por dichas

arreglos de crédito, tienen distintas modalidades de pago, según sean

otorgadas por el Gobierno de los Estados Unidos de América o la banca

privada de dicho país, es necesario prorratear entre los Comandos en

Jefe la utilización de dichos créditos a fin de mantener la equidad

entre ellos.

Por ello:

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Ratifícanse los

arreglos de crédito celebrados entre el Gobierno de la República

Argentina y el de los Estados Unidos de América, firmados los días 28

de mayo y 28 de junio de 1971, referentes a la adquisición de artículos

y servicios de defensa, que se agregan como anexos 1 y 2 del presente

decreto.

Art. 2° — Autorízase a los

Comandantes en Jefe del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, a

adquirir los ítems de defensa aprobados en la Reunión Nº 10/71 - Tema 3

agrega como Anexo 3.

Art. 3° — Las adquisiciones

autorizadas por el artículo anterior serán realizadas dentro de las

modalidades de pago establecidas en los arreglos de crédito

correspondientes al Plan de Ayuda Militar para 1971 hasta el monto de

u$s 16.000.000 y sus intereses.

Art. 4° — Facúltase a los

Comandantes en Jefe del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea a

convenir entre si los ajustes necesarios a fin de equilibrar en

proporción a sus adquisiciones respectivas, las cargas financieras y

plazos de amortización correspondientes a los préstamos otorgados por

el Gobierno de los Estados Unidos de América y la banca privada de

dicho país.

Art. 5° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — LANUSSE.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.