ADMINISTRACION NACIONAL - REFORMA DEL ESTADO -

Rango Decreto
Publicación 1996-06-27
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 54
Historial de reformas JSON API

REFORMA DEL ESTADO

Decreto 660/96

**Modificación de la actual estructura de la Administración

Nacional.**

Bs. As., 24/6/96

VISTO y CONSIDERANDO:

Que el proceso de Reforma del Estado tuvo principio de ejecución

a través del dictado de las Leyes N° 23696 y 23697.

Que dicho proceso fue concebido como una sucesión de etapas

tendientes a perfeccionar el aparato estatal en la búsqueda

de eficacia y eficiencia en las prestaciones para la comunidad.

Que continuando con el Plan Establecido oportunamente el Honorable

Congreso de la Nación ha dictado la Ley 24629 que otorga

al Poder Ejecutivo facultades especiales y determinadas, destinadas

a completar el esquema de Reforma.

Que las medidas que son objeto de la presente norma profundizan

la política sustentada por el Gobierno Nacional desde el

comienzo mismo del aludido proceso.

Que a los efectos de materializar los objetivos descriptos, se

dictó el Decretó N° 558/96 creando en el ámbito

de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la UNIDAD DE REFORMA Y

MODERNIZACION DEL ESTADO (URME) la que tiene entre sus principales

funciones la de diseñar y coordinar la mencionada reforma

administrativa.

Que en cumplimiento del articulo 10 inciso 1° del Decreto

citado, la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO elaboró

en término el proyecto de organigrama de aplicación

en el ámbito de la: ADMINISTRACION NACIONAL centralizada

hasta nivel de Subsecretaría.

Que el mencionado organigrama responde a los objetivos planteados

en las normas de referencia, introduciendo cambios profundos en

la actual estructura de la ADMINISTRACION NACIONAL.

Que las reformas que surgen del presente decreto se encuentran

fundadas en el análisis y evaluación de las funciones

indelegables y propias del Estado Nacional.

Que,. asimismo, se han definido las funciones sobre la base del

criterio de privilegiar las áreas sustantivas de las jurisdicciones,

cuya justificación se encuentra en el exhaustivo análisis

de los requerimientos y aspiraciones de la sociedad argentina.

Que el Poder Ejecutivo Nacional, en la zona de reserva de la Administración,

se encuentra plenamente facultado para encarar modificaciones

estructurales dentro de su ámbito, tal como lo sostienen

destacados tratadistas en la materia.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes

del, articulo 99 inciso 1° de la Constitución Nacional,

del Capitulo II de la Ley N° 24.629 y de la Ley 23.696.

Por ello.

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

-Artículo 1°-Suprímese del ámbito

de la PRESIDENCIA DE LA NACION:

-

la Subsecretaria de Seguridad y la Subsecretaria de Protección

a la Comunidad.

Subsecretaria de Prensa y Difusión.

de la Tercera Edad y la Subsecretaria de Coordinación Técnico

Administrativa.

Subsecretaria de Relaciones Institucionales

la Subsecretaria para la Modernización del Estado y la

Subsecretaria de Tecnologías para el Sector Público.

Técnica y de Asuntos Internacionales, la Subsecretaria

de Política y Planificación y la, Subsecretaría

de Informática y Desarrollo.

a "C".

"Crecer mas".

Art. 2° -Transfierénse del ámbito de

la PRESIDENCIA DE LA NACION:

de la Región Patagónica, la Comisión Nacional

de Promoción del Desarrollo Regional del Noroeste Argentino

y la Comisión Nacional de Ex-Combatientes de Malvinas al

Ministerio del Interior.

al Ministerio del Interior, la que se transforma en Secretaría

de Seguridad Interior.

Cultura y Educación.

Arraigo" a la Secretaria de Desarrollo Social de la Presidencia

de la Nación.

de Gabinete de Ministros.

Exteriores. Comercio Internacional y Culto.

Art. 3°-Transfórmanse en el ámbito de

la PRESIDENCIA DE LA NACION:

de Prensa y Difusión.

Social en Subsecretaria de Políticas Sociales.

Art. 4° - Fusionanse en el ámbito de la PRESIDENCIA

DE LA NACION:

de Turismo y Deportes.

de Promoción Federal en Subsecretaria de Turismo.

Art. 5°-Suprímense del ámbito del MINISTERIO

DEL INTERIOR:

Provincial.

de la Juventud y la Subsecretaría para la Reforma Política

Municipal.

Art. 6° - Transfórmanse en el ámbito

del MINISTERIO DEL INTERIOR:

de Relaciones Institucionales.

Administración y en Subsecretaria de Coordinación

Técnica.

Art. 7°-Fusiónanse en el ámbito del

MINISTERIO DEL INTERIOR:

Económicas con las Provincias en la Subsecretaria de Asistencia

a las Provincias

Art. 8°-Transfórmanse en el ámbito del

MINISTERIO DE DEFENSA:

de las Fuerzas Armadas.

para la Defensa en Subsecretaria de Programación.

Art. 9°-Transfiérense del ámbito del

MINISTERIO DE DEFENSA al MINISTERIO DEL INTERIOR.

y la Dirección Nacional de Defensa Civil.

Art. 10. - Fusiónanse en el ámbito del MINISTERIO

DE DEFENSA:

Subsecretaria de Asuntos Institucionales en la Subsecretaria de

Administración y Asuntos Institucionales.

Art. 11.-Suprímense del ámbito del MINISTERIO

DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO:

de Cooperación Internacional.

Art. 12.-Transfórmanse en el ámbito del MINISTERIO

DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO:

la Subsecretaria de Integración Económica Americana

en la Subsecretaria del Mercosur y la Subsecretaria de Relaciones

Comerciales Internacionales en la Subsecretaria de Promoción

de Relaciones Económicas Internacionales.

de Relaciones Institucionales en la Subsecretaria de Coordinación

y Relaciones Institucionales.

Art. 13. - Fusiónanse en el ámbito del MINISTERIO

DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO:

y Presupuesto en la Subsecretaria de Administración.

Art. 14.-Suprímanse del ámbito del- MINISTERIO

DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS:

Fiscales con las Provincias.

de Inversiones.

de la Pequeña y Mediana Empresa.

de Obras Públicas

Art. 15. - Transfórmanse, en el ámbito del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS:

Públicos en Subsecretaria de Política Tributarla

y la Subsecretaria de Presupuesto y Administración Financiera

en Subsecretaria de Presupuesto.

la Subsecretaria de Alimentos en Subsecretaria de Alimentación

y la Subsecretaria de Producción Agropecuaria y Forestal

en Subsecretaria de Agricultura, Ganadería y Forestación.

Administrativa en Subsecretaria de Administración.

de Desregulación y Comercio Interior en Subsecretaria de

Comercio Interior.

Art. 16. - Fusiónanse en el ámbito del MINISTERIO

DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS:

y Transporte en la Secretaria de Obras y Servicios Públicos.

de Comercio e Inversiones en Secretaría de Industria, Comercio

y Minería.

Art. 17. -Transfiérense en el ámbito del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS:

e Inversiones a la Secretaria de Coordinación,

Art. 18.-Suprímese del ámbito del MINISTERIO

DE SALUD Y ACCION SOCIAL:

Art. 19. - Fusiónanse en el ámbito del MINISTERIO

DE SALUD Y ACCION SOCIAL:

la Subsecretaría de Administración y la Subsecretaria

Técnica en Subsecretaria de Administración.

Art. 20.-Transfórmanse en el ámbito del MINISTERIO

DE SALUD Y ACCION SOCIAL:

de Recursos y Programas de Salud en Subsecretaria de Programas

Prioritarios y la Subsecretaría de Salud Comunitaria en

Subsecretaria de Programas de Prevención.

Art. 21.-Suprímense del ámbito dei MINISTERIO

DE CULTURA Y EDUCACION:

de Coordinación Universitaria, .

Art. 22.-Transfórmanse en el ámbito del MINISTERIO

DE CULTURA Y EDUCACION:

Educativa, la Subsecretaria de programación y Gestión

Educativa en Subsecretaria de Programación Educativa.

la Subsecretaria de Coordinación Administrativa y Técnica

en Subsecretaria de Administración.

de Programación y Evaluación Educativa en Subsecretaria

de Gestión Educativa.

Art. 23.-Suprímese del ámbito del MINISTERIO

DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL:

Social.

Art. 24.-Transfórmase en el ámbito del MINISTERIO

DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL:

de Empleo y Capacitación Laboral.

de Administración.

Art. 25.- Suprimense del ámbito del MINISTERIO DE

JUSTICIA:

de Asuntos Regístrales.

Art. 26.-Transfórmanse en el ámbito del MINISTERIO

DE JUSTICIA:

y Administrativa en Subsecretaría de Administración.

Social en Subsecretaria de Gestión Penitenciaria y Readaptación

Social.

Art. 27. -Apruébase el organigrama de aplicación

en la Administración Nacional centralizada hasta el nivel

de Subsecretaría, que como Anexo I forma parte integrante

del presente Decreto.

Art. 28.-Apruébanse los objetivos de las unidades

organizativas establecidas en el organigrama que se aprueba por

el artículo anterior, los que como Anexo II forman parte

integrante del presente Decreto.

Art. 29. -Transfiérese el Ente Nacional Regulador

Nuclear (ENREN) del ámbito de la Presidencia de la Nación

al ámbito del Ministerio de Economía y Obras y Servicios

Públicos.

Art. 30.-Transfiérense la Comisión Nacional

de Energía Atómica (CNEA) y la Comisión Nacional

de Actividades Espaciales (CONAE) del ámbito de la Presidencia

de la Nación al ámbito de la Secretaría de

Ciencia y Tecnología del Ministerio de Cultura y Educación.

Art. 31.-Fusiónanse la Comisión Nacional

de Telecomunicaciones (CNT), la Comisión Nacional de Correos

y Telegráfos (CNCT) y el Comité Federal de Radiodifusión

(COMFER) constituyendo la Comisión Nacional de Comunicaciones

(CNC). La citada Comisión funcionará como organismo

descentralizado de la Secretaría de Comunicaciones de la

Presidencia de la Nación, asumiendo las competencias, facultades,

derechos y obligaciones de las entidades que se fusionan por este

acto.

En los plazos previstos, en, el artículo 11 punto 2 de

Decreto N° 558/96 de la Secretaria de Comunicaciones de la

Presidencia de la Nación remitirá a la UNIDAD DE

REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO el proyecto de estructura organizativa

de la Comisión Nacional de Comunicaciones correspondiente.

Art. 32.-Dispónese la liquidación de TELAM

S.A. dependiente de la ex-Secretaria de Medios de Comunicación

de la Presidencia de la Nación. Las competencias, cargos,

dotación, créditos presupuestarios, bienes y unidades

organizativas se transfieren a la Secretaria de Prensa y Difusión.

La Secretaria de Prensa y Difusión será la unidad

liquidadora.

Art. 33.-La Secretaria de Turismo y Deportes de la Presidencia

de la Nación presentará a la UNIDAD DE REFORMA Y

MODERNIZACION DEL ESTADO. en un plazo de 30 días corridos

a partir del dictado del presente decreto, un proyecto para la

concesión de las unidades Turísticas de Chapadmalal

y Embalse.

Art. 34.-Disuélvense el Tribunal Arbitral de Transporte

Ferroviario creado por el Decreto N° 454 del 24 de marzo

de 1994, el Comité Federal de Agua Potable y Saneamiento

y el Instituto Nacional para la Asistencia Integral a la Pequeña

y Mediana Empresa, creado por Ley N° 23.020, organismos dependientes

del Ministerio de Economía y ,Obras y Servicios Públicos.

Art. 35.-La Comisión Nacional de Comercio Exterior

actuara en la órbita de la Administración Central,

como organismo desconcentrado de la Secretaría de Industria,

Comercio y Minería del Ministerio de Economía y

Obras y Servicios Públicos.

Art. 36. - Créase como organismo desconcentrado

de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería

del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos,

la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, la que

asumirá las facultades vinculadas con la aplicación

de la Ley Nº 22.262. teniendo como objetivo asegurar el correcto

funcionamiento de los mercados garantizando la libre competencia,

investigando, previniendo y aconsejando la sanción respecto

a actos o conductas relacionadas con la producción e intercambio

de bienes y servicios que limiten, restrinjan o distorsionen la

competencia o que constituyan abuso de posición dominante

en los mercados.

La Comisión será presidida por un funcionario con

rango de Subsecretario, designado por el Poder Ejecutivo Nacional,

a propuesta del Señor Ministro de Economía y Obras

y Servicios Públicos.

Art. 37.-Fusiónanse el Instituto Nacional de Tecnología

Minera (INTEMIN), creado por Decreto Nº 2818/92, el Centro

Regional de Agua Subterránea (CRAS) creado por Ley Nº

20.077 y el Instituto Nacional de Prevención Sísmica

(INPRES) creado por Ley Nº 19.616, constituyendo el Servicio

Geológico Minero Argentino (SEGEMAR).

El citado Servicio funcionará como Organismo descentralizado

en el ámbito de la Secretaria de Industria, Comercio y

Minería del Ministerio de Economía y Obras y Servicios

Públicos, asumiendo las competencias, facultades, derechos

y obligaciones de las entidades que se fusionan por este acto.

Art. 38.-Fusiónanse el Servicio Nacional de Sanidad

Animal (SENASA), creado por ley Nº 23.989 y el Instituto

Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal (IASCAV) creado por Decreto

N° 2266 del 29 de octubre de 1991, constituyendo el Servicio

Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), el que

actuará como organismo descentralizado en el ámbito

de la Secretaria de Agricultura, Pesca y Alimentación del

Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

Este organismo asumirá las competencias, facultades, derechos

y obligaciones de las entidades que se fusionan precedentemente.

Art. 39.-Disuélvese el Instituto Nacional de Vitivinicultura,

creado por Ley N° 14.878 y transíierense sus competencias,

dotación, unidades organizativas, bienes, y créditos

presupuestarios vigentes al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad

Agroalimentaria (SENASA) a que se refiere el artículo precedente.

Art. 40.-Fusiónanse la Comisión Nacional

de Transporte Automotor (CONTA), creada por el Decreto Nº

104/93 y sus modificatorias, y la Comisión Nacional de

Transporte Ferroviario creada por el Decreto Nº 1836/93 y

sus modificatorios, en la Comisión Nacional de Regulación

del Transporte la que actuará como organismo descentralizado

en el ámbito de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos

del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos,

asumiendo las competencias, facultades, derechos y obligaciones

de las entidades que se fusionan precedentemente.

Art. 41.-Suprímese el TRIBUNAL DE TASACIONES DE

LA NACION. El dictamen previsto en el artículo 15 de la

Ley N° 21.499 será solicitado por el Juez interviniente

a un Banco Oficial, sin perjuicio de otros medios probatorios.

Art. 42.-Dispónese la privatización de los

servicios que presta el Registro Nacional de la Industria de la

Construcción dependiente de la Secretaria de Trabajo del

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. A tal efecto en un plazo

de TREINTA (30) días corridos a partir del dictado del

presente, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social remitirá

a la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO el programa

con las medidas necesarias para el logro de tal fin.

Art. 43.-El Ministerio de Salud y Acción Social

efectivizará las transferencias pendientes a la provincia

de Buenos Aires de los hospitales incluidos en la Ley Nº

24.061.

Art. 44.-Transfíerense al Instituto Nacional de

Microbiología "Dr. Carlos G. Malbrán",

el Instituto Nacional de Epidemiologia "Dr. Juan Ha Jara,

el Instituto Nacional de Epidemiología "Emilio Coni",

el Instituto Nacional de Enfermedades Virales Humanas, el Instituto

Nacional de Genética Médica, el Instituto Nacional

de Chagas Fatula Chaben y el Instituto Nacional de investigaciones

Nutricionales.

Art. 45. - La UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO

constituirá un equipo de trabajo con el Ministerio de Economia

y Obras y Servicios Públicos y el Ministerio de Salud y

Acción Social para la elaboración de un proyecto

de fortalecimiento del sistema de control sanitario que contemple

una adecuada distribución de las competencias entre los

organismos de ambas jurisdicciones que asegure el efectivo cumplimiento

de las normas regulatorias. El proyecto será remitido a

la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en los plazos previstos en

el artículo 11 punto 2 del Decreto N° 558/96.

Art. 46.-Dispónense los ámbitos jurisdiccionales

en los que actuaran los organismos descentralizados, bancos y

sociedades que se detallan en el Anexo III que forman parte integrante

del presente decreto

Art. 47.-El Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros

y los Secretarios de la Presidencia de la Nación definirán

las relaciones jerárquicas de las unidades actualmente

vigentes con nivel inferior a Subsecretaria, las que transitoriamente

mantendrán las responsabilidades primarias y las dotaciones

vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista

y las Funciones Ejecutivas previstas en el Decreto Nº 993/91

(t.o. 1995).

Art. 48.-Los organismos de la Administración Nacional

afectados por las disposiciones del presente decreto en razón

de fusiones y/o transformaciones, implementaran, en forma inmediata

la unificación de las respectivas áreas de apoyo.

Art. 49.-El Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros

y los Secretarios de la Presidencia de la Nación, en los

plazos previstos en el articulo 11 punto 2 del Decreto Nº

558/96, remitirán a la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION

DEL ESTADO los proyectos normativos que determinen las competencias

y estructura de los organismos que se crean, fusionan o resultan

afectados por el presente decreto. Hasta tanto se aprueben dichos

proyectos, se mantendrán provisoriamente las vigentes.

Art. 50.-Las transferencias dispuestas por el presente

decreto comprenderán las unidades organizativas con sus

respectivas competencias, cargos, dotaciones, créditos

presupuestarios y bienes.

Art. 51.-El Ministerio del Interior, en un plazo de hasta

TREINTA (30) días corridos a partir del presente decreto,

remitirá a la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO

un proyecto de estructura organizativa que contemple la revisión

de competencias para la eliminación de duplicaciones y

superposiciones en materia de seguridad interior.

Art. 52. -La Secretaria de Hacienda del Ministerio de Economía

y Obras y Servicios Públicos instrumentara las medidas

necesarias para la adecuación de las partidas presupuestarias

conforme a lo dispuesto en el presente decreto.

Art. 53.-Derógase la Ley Nº 21.626.

Art. 54.-Comuníquese a la Comisión Mixta

de Reforma del Estado y de Seguimiento de las Privatizaciones

lo dispuesto en los artículos 31, 32, 34, 37. 38, 39, 41,

42 y 53, atento lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley

24.629.

Art. 55.-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese-MENEM.

-Jorge A. Rodríguez-Carlos V. Corach.-José A. Caro

Figueroa. -Domingo F. Cavallo.

**ANEXOS DECRETO Nº 660/96 PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL

DEL 28/06/96**

ANEXO I

**ESTRUCTURA DE PRIMEROS NIVELES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

CENTRAL**

PRESIDENCIA DE LA NACION

Coordinación General Unidad Presidente

Unidad Vicepresidente

Secretaría de Relaciones Institucionales

Casa Militar

Secretaría General

Subsecretaría General

Subsecretaría de Acción de Gobierno

Secretaría Legal y Técnica

Subsecretaría Técnica

Subsecretaría de Asuntos Legales

Secretaría de Inteligencia del Estado

Subsecretaría A

Subsecretaría B

Secretaría de Prensa y Difusión

Subsecretaría de Comunicación Social

Subsecretaría de Administración de Medios de Comunicación

Secretaría de Programación para la Prevención

de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico

Subsecretaría de Planeamiento, Control y Legislación

Subsecretaría de Prevención y Asistencia

Secretaría de Turismo y Deportes

Subsecretaría de Turismo

Subsecretaría de Deportes

Secretaría de Comunicaciones

Secretaría de Desarrollo Social

Subsecretaría de Vivienda

Subsecretaría de Políticas Sociales

Subsecretaría de Proyectos Sociales

Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano

Subsecretaría de Recursos Naturales

Subsecretaría de Ambiente Humano

Secretaría de Cultura

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Secretaría de Gabinete

Subsecretaría de Gabinete

Subsecretaría de Administración

Secretaría de Control Estratégico

Subsecretaría de Control

Subsecretaría de Proyectos Estratégicos

Subsecretaría de Asuntos Fiscales

Subsecretaría de Relaciones Institucionales

Secretaría de Relación Parlamentaria

Subsecretaría de Gestión Parlamentaria

Subsecretaría de Información y Enlace Parlamentario

Secretaría de la Función Pública

MINISTERIO DEL INTERIOR

Secretaría del Interior

Subsecretaría de Relaciones Institucionales

Subsecretaría de Asistencia a las Provincias

Subsecretaría para la Reforma Política

Subsecretaría de Población

Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad

Subsecretaría de Derechos Humanos y Sociales

Secretaría de Seguridad Interior

Policía Federal

Gendarmería Nacional

Prefectura Naval Argentina

Subsecretaría de Gestión de Programas

Subsecretaría de Coordinación Técnica

Subsecretaría de Administración

**MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL

Y CULTO**

Secretaría de Relaciones Económicas Internacionales

Subsecretaría de Negociaciones Económicas Internacionales

Subsecretaría del MERCOSUR

Subsecretaría de Promoción de Relaciones Económicas

Internacionales

Secretaría de Relaciones Exteriores y Asuntos Latinoamericanos

Subsecretaría de Política Latinoamericana

Subsecretaría de Política para Europa, América

del Norte, Africa, Asia, Oceanía, Organizaciones Internacionales

y Temas Especiales.

Secretaría de Culto

Subsecretaría de Administración

Subsecretaría de Coordinación y Relaciones Institucionales

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Secretaría de Trabajo

Subsecretaría de Relaciones Laborales

Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral

Secretaría de Seguridad Social

Subsecretaría de Administración

MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL

Secretaría de Políticas de Salud y Regulación

Sanitaria

Subsecretaría de Regulación y Fiscalización

Sanitaria

Subsecretaría de Políticas de Salud y Relaciones

Institucionales

Secretaría de Recursos y Programas de Salud

Subsecretaría de Programas Prioritarios

Subsecretaría de Programas de Prevención

Subsecretaría de Administración

MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION

Secretaría de Políticas Universitarias

Subsecretaría de Programación y Evaluación

Universitaria

Secretaría de Programación y Evaluación Educativa

Subsecretaría de Programación Educativa

Subsecretaría de Evaluación de la Calidad Educativa

Subsecretaría de Gestión Educativa

Secretaría de Ciencia y Tecnología

Instituto Nacional de Educación Tecnológica

Subsecretaría de Administración

MINISTERIO DE JUSTICIA

Secretaría de Justicia

Subsecretaría de Justicia

Secretaría de Asuntos Legislativos

Subsecretaría de Asuntos Legislativos

Secretaría de Política Penitenciaria y de Readaptación

Social

Subsecretaría de Gestión Penitenciaria y Readaptación

Social

Subsecretaría de Administración

MINISTERIO DE DEFENSA

Secretaría de Reconversión de las Fuerzas Armadas

Subsecretaría de Programación

Secretaría de Asuntos Militares

Subsecretaría de Política y Estrategia

Subsecretaría de Administración y Asuntos Institucionales

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Secretaría de Programación Económica

Subsecretaría de Programación Macroeconómica

Subsecretaría de Programación Regional

Subsecretaría de Inversión Pública

Instituto Nacional de Estadística y Censos

Secretaría de Hacienda

Subsecretaría de Presupuesto

Subsecretaría de Financiamiento

Subsecretaría de Administración de Bienes

Subsecretaría de Política Tributaria

Secretaría de Obras y Servicios Públicos

Subsecretaría de Transporte Aerocomercial

Subsecretaría de Energía Eléctrica

Subsecretaría de Transporte Metropolitano

Subsecretaría de Recursos Hídricos

Subsecretaría de Combustibles

Subsecretaría de Puertos y Transporte de larga Distancia

Secretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación

Subsecretaría de Agricultura, Ganadería y Forestación

Subsecretaría de Pesca

Subsecretaría de Alimentación

Secretaría de lndustria, Comercio y Minería

Subsecretaría de Industria

Subsecretaría de Comercio Interior

Subsecretaría de Comercio Exterior

Subsecretaría de Minería

Secretaría de Coordinación

Subsecretaría Legal

Subsecretaría de Normalización Patrimonial

Subsecretaría de Relaciones Institucionales

Subsecretaría de Bancos y Seguros

Subsecretaría de Administración

ANEXO II

OBJETIVOS

PRESIDENCIA DE LA NACION

COORDINACION GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE

al ceremonial, protocolo, audiencias, designación de comitivas

y asuntos de índole privada, requiriendo de los organismos

de la Administración Pública Nacional la colaboración

necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

que integran la COORDINAClON GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE y

armonizar su incidencia sobre la actividad del Primer Magistrado,

tanto en el país como en el exterior.

sus tareas específicas.

UNIDAD VICEPRESIDENTE

SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

y evaluación de los pliegos y Acuerdos que deban ser sometidos

a la aprobación del Senado de la Nación.

en la temática propia de las funciones asignadas.

al Vicepresidente de la Nación o derivadas por el PODER

EJECUTIVO NACIONAL.

CASA MILITAR

y sus familiares directos, como así también de la

Casa de Gobierno, Residencia Presidencial de Olivos y otros lugares

de residencia transitoria del señor Presidente y familia.

y Coordinar lo atinente al ceremonial y Protocolo del Regimiento

de Granaderos a Caballo General San Martín.

del señor Presidente de la Nación, los de la Casa

Militar y el sistema de comunicaciones de la Presidencia de la

Nación.

SECRETARIA GENERAL

el ejercicio de las atribuciones que le asigna el artículo

99, inciso 1, de la Constitución Nacional, en las actividades

que aseguren la coherencia política de la acción

de gobierno y en la coordinación del asesoramiento requerido

para el establecimiento de objetivos, políticas y criterios

de gestión.

de las directivas emanadas del Presidente de la Nación

y realizar las tareas especiales que éste le encomiende,

asesorándolo, además, sobre el diseño y actualización

de la política del Poder Ejecutivo Nacional en el contexto

de la realidad mundial y nacional, así como también

en materia de consolidación del proceso democrático.

de los requerimientos de la sociedad para el diseño de

políticas públicas y en la relación con organizaciones

y sectores representativos de la comunidad.

por el Presidente de la Nación para la toma de decisiones

en el más alto nivel.

del mensaje al Honorable Congreso Nacional sobre el estado de

la Nación y en la de todos los mensajes, discursos y declaraciones

públicas que se le requieran.

que sean considerados prioritarios por el Presidente de la Nación,

informando sobre su desarrollo y resultado, en función

de los objetivos y metas fijados.

-Coordinar el análisis desde el punto de vista político

de todas las disposiciones que sean sometidas al PODER EJECUTIVO

NACIONAL.

de la Presidencia de la Nación, con las de la Jurisdicción

Jefe de Gabinete de Ministros y con las de los Ministros Secretarios,

para optimizar el resultado de la acción de gobierno.

asesoramiento y/o simples asesorías permanentes o transitorias,

sin funciones ejecutivas, que dependan directamente del Poder

Ejecutivo Nacional.

y contables que se dispongan para asegurar la optimización

del funcionamiento administrativo de las áreas de la PRESIDENCIA

DE LA NACION a las cuales preste su apoyo.

del Monumento Histórico Casa Rosada y áreas adyacentes

de significación histórica y cultural, del Museo

de la Casa Rosada y la Residencia Presidencial de Olivos y en

las tareas de extensión, gestión y administración

de asuntos culturales conexos.

asistir en la materia a aquellas áreas presidenciales que

no cuenten con Servicio Administrativo Financiero propio.

presidenciales.

informáticos y financieros afectados a la Jurisdicción

y coordinar esta acción con las otras áreas de la

Presidencia de la Nación que no tengan servicio administrativo

propio.

SUBSECRETARIA GENERAL

en las actividades que aseguren la coherencia política

de la acción de gobierno y en la coordinación del

asesoramiento requerido para el establecimiento de objetivos,

políticas y criterios de gestión.

en todos los asuntos relativos a su competencia específica,

en especial los vinculados a políticas de primordial interés

para el PODER EJECUTlVO NACIONAL, que le sean requeridos y representarlo

cuando así se le encomiende.

Presidente de la Nación que le encomiende el Secretario

del área.

de la información referida a los requerimientos de la sociedad

y de la realidad nacional e internacional que se considere de

interés para el diseño de políticas públicas.

en la relación con las organizaciones y sectores políticos,

sociales, económicos y representativos de la comunidad

a nivel nacional, provincial y municipal.

Secretarías de la Presidencia de la Nación, la Jurisdicción

Jefe de Gabinete de Ministros y los Ministros Secretarios, para

optimizar el resultado de la acción de gobierno.

un sistema de información periodística.

en la coordinación del funcionamiento de las Comisiones

Nacionales de asesoramiento y/o simples asesorías permanentes

o transitorias, sin funciones ejecutivas, que dependan directamente

del Poder Ejecutivo Nacional.

a la recopilación previa de información, determinación

de posibles objetivos a alcanzar y la sistematización de

los logros.

del Monumento Histórico Casa Rosada y áreas adyacentes

de significación histórica y cultural, del Museo

de 1a Casa Rosada y la Residencia Presidencial de Olivos y en

las tareas de extensión, gestión y administración

de asuntos culturales conexos.

los recursos humanos, informáticos, materiales y financieros

de la Secretaría General y, en la misma materia a las otras

Secretarías y demás organismos de la Presidencia

de la Nación a los cuales brinde su apoyo administrativo.

SUBSECRETARIA DE ACCION DE GOBIERNO

encomiende el Secretario General de la Presidencia de la Nación

y en particular aquellas que coadyuven a asegurar la eficacia

de la gestión y el mejor cumplimiento de sus atribuciones.

del asesoramiento que se requiera para el cumplimiento de las

funciones del Poder Ejecutivo Nacional y para el establecimiento

de objetivos, políticas y criterios de gestión.

informes que el Presidente de la Nación solicite al Jefe

de Gabinete de Ministros, a los Ministros Secretarios y demás

organismos de la Administración Pública Nacional.

que le encomiende el Secretario General de la Presidencia de la

Nación.

de los asuntos que el Presidente de la Nación solicite

al secretario del área.

de las disposiciones que se sometan a consideración del

Presidente de la Nación.

de información que permita el seguimiento de la acción

de gobierno.

Secretarías de 1a Presidencia de la Nación, la Jurisdicción

Jefe de Gabinete de Ministros y los Ministros Secretarios, para

optimizar el resultado de la acción de gobierno.

en la coordinación del funcionamiento de las Comisiones

Nacionales de asesoramiento y/o simples asesorías permanentes

o transitorias, sin funciones ejecutivas, que dependan directamente

del Poder Ejecutivo Nacional.

cuando así se lo encomiende.

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

de actos administrativos, de la administración, de gobierno

e institucionales que se sometan a consideración del Primer

Magistrado y del Jefe de Gabinete de Ministros y llevar el Despacho

de ambas autoridades. Evaluar y, en su caso, elaborar anteproyectos

de tales actos.

de 1a Nación, a los fines establecidos en los artículos

78, 80 y 83 de la Constitución Nacional.

de textos ordenados y demás actos administrativos, de la

administración, de gobierno e institucionales.

y al Jefe de Gabinete de Ministros así como también

a los organismos de su órbita y a las dependencias de la

Presidencia de la Nación que no cuenten con servicio específico

propio.

Secretaría y a las áreas de la Presidencia de la

Nación y del Jefe de Gabinete de Ministros que no cuenten

con servicio específico propio.

los actos dictados por el Presidente de la Nación y por

el Jefe de Gabinete de Ministros que requieran refrendo ministerial,

adoptando los recaudos necesarios para la publicación de

los mismos.

con las áreas de la Presidencia de la Nación en

Casa de Gobierno y del Jefe de Gabinete de Ministros.

fines del artículo 101, primera parte, de la Constitución

Nacional, los decretos y mensajes al Honorable Congreso de la

Nación que no importen iniciativa legislativa, suscriptos

por el Poder Ejecutivo Nacional con refrendo exclusivo de Ministros

Secretarios.

de lo previsto en el artículo 99, inciso 1, de la Constitución

Nacional, los actos que dicte el Jefe de Gabinete de Ministros.

del Jefe de Gabinete de Ministros, los pedidos de informes y/o

explicaciones formulados por el Poder Legislativo vinculados con

las funciones o atribuciones del Poder Ejecutivo Nacional.

SUBSECRETARIA TECNICA

los proyectos y anteproyectos de actos administrativos, de la

administración, de gobierno e institucionales que tramiten

por la Secretaría, verificando además, en lo concerniente

a los anteproyectos, su encuadre en las normas legales y reglamentarias

de aplicación; elaborar anteproyectos con ajuste a las

disposiciones vigentes y asesorar sobre su elaboración

a los organismos de la Administración Pública Nacional

que lo soliciten.

de la Nación a los fines establecidos en los artículos

78, 80 y 83 de la Constitución Nacional.

de Asuntos Legales en la revisión y/o elaboración

de los anteproyectos de decretos reglamentarios, de textos ordenados

y demás actos cuya redacción le encomiende la Superioridad,

con sujeción a las normas constitucionales, legales y reglamentarias

de aplicación.

de las áreas de la Presidencia de la Nación en Casa

de Gobierno y del Jefe de Gabinete de Ministros, custodiar las

normas de carácter secreto emanadas del Honorable Congreso

de la Nación, del Poder Ejecutivo o del Jefe de Gabinete

de Ministros y protocolizar los actos dictados por el Presidente

de la Nación y por el Jefe de Gabinete de Ministros que

requieran refrendo ministerial, adoptando los recaudos necesarios

para la publicación de los mismos.

de los decretos y mensajes al Honorable Congreso de la Nación

que no importen iniciativa legislativa, suscriptos por el Poder

Ejecutivo Nacional con refrendo exclusivo de Ministros Secretarios.

actos que dicte el Jefe de Gabinete de Ministros y de los pedidos

de informes y/o explicaciones formulados a éste úItimo

por el Honorable Congreso de la Nación con relación

a funciones o atribuciones del Poder Ejecutivo Nacional.

organismos dependientes de la Presidencia de la Nación

que no cuenten con servicio específico propio.

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS LEGALES

reglamentarias de los actos administrativos, de la administración,

de gobierno e institucionales y demás asuntos que tramiten

en la Secretaría, proponiendo, en su caso, textos alternativos

con sujeción a las normas jurídicas aplicables.

áreas de la Presidencia de la Nación y del Jefe

de Gabinete de Ministros que no cuenten con servicio específico

propio.

Técnica en la revisión y/o elaboración de

los anteproyectos de decretos reglamentarios, de textos ordenados

y demás actos cuya redacción le encomiende la Superioridad,

con sujeción a las normas constitucionales, legales y reglamentarias

de aplicación.

por el Honorable Congreso de la Nación a los fines establecidos

en los artículos 78, 80 y 83 de la Constitución

Nacional.

al personal de la Secretaría, y al de las áreas

de la Presidencia de la Nación y del Jefe de Gabinete de

Ministros que no cuenten con servicio específico propio.

SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION

de comunicación social y de medios de comunicación.

Nacional y en su relación con el periodismo nacional e

internacional.

encuentran bajo la responsabilidad del Poder Ejecutivo Nacional,

y aquellas empresas del sector en las que la Secretaría

de Prensa y Difusión sea accionista.

del área.

SUBSECRETARIA DE COMUNICACION SOCIAL

de Radiodifusión.

Argentino.

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DE MEDIOS DE COMUNICACION

de los medios de difusión a su cargo.

**SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION

Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO**

para la lucha contra el uso indebido y el tráfico ilícito

de drogas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas,

coordinar su aplicación con otras áreas de gobierno

a nivel nacional, provincial y municipal y programar el "Plan

Nacional contra el Uso Indebido y el Tráfico Ilícito

de Drogas".

en la promoción de estudios técnicos y sociales

y en la formación de recursos humanos especializados, brindando

asistencia técnica a los otros poderes del Estado.

vinculados con su cometido, suscriptos y a suscribir, representando

al Gobierno Nacional en las reuniones y decisiones de los organismos

especializados en la materia y centralizando la información

específica y la documentación técnica.

SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO, CONTROL Y LEGISLACION

contra la producción y el tráfico ilícito

de drogas y el control de precursores y sustancias químicas

que determinen las leyes, y promover el dictado de normas que

hagan eficiente el control y la localización del movimiento

de los activos financieros producidos por dichas actividades ilegales.

del fenómeno y los procedimientos idóneos para impedir

estos delitos y su extensión, así como la desviación

de productos lícitos hacia el mercado de drogas ilícitas,

manteniendo un sistema de almacenamiento e intercambio de los

datos correspondientes.

de las leyes que rigen la materia, ya sean nacionales o provinciales,

presentando proyectos de legislación al Poder Ejecutivo

Nacional y participando en la cooperación técnica

que establecen los compromisos internacionales.

SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y ASISTENCIA

programas de carácter nacional referentes a la prevención,

tratamiento, rehabilitación, reinserción y acción

social en el campo del uso indebido de drogas, con la cooperación

pública y privada.

. Coordinar las actividades y programas de prevención,

asistencia, investigación, docencia y formación

de recursos humanos a nivel nacional, provincial y municipal,

identificando modelos y metodologías de avanzada para los

procesos de intervención social en esta materia.

provincial y municipal respecto de las acciones que corresponda

emprender para efectuar un adecuado cumplimiento de la normativa

vigente en lo referente a las medidas preventivas y curativas

del uso indebido de drogas.

SECRETARIA DE TURISMO Y DEPORTES

y desarrollo en el país de la actividad turística

interna y del turismo internacional receptivo, y en la consideración

de los aspectos relacionados con la prestación de servicios

no regulares de transporte aéreo para contingentes turísticos

de acuerdo a las atribuciones asignadas por el artículo

5° del Decreto Nº 1.364/90.

y desarrollo de la actividad deportiva en todas sus formas, asegurando

los principios de la ética deportiva y asistiendo al deportista,

en el cuidado de su salud y en la mejora de su rendimiento, con

especial énfasis en la prevención y control del

uso indebido de drogas en la práctica y competencia deportivas.

SUBSECRETARIA DE TURISMO

de la oferta a la demanda del turismo interno e internacional

receptivo.

informes, publicidad y asesoramiento para turistas habilitadas.

turísticos, desarrollar programas de turismo social destinados

a escolares, familias de escasos recursos, discapacitados y personas

de la tercera edad, fomentar el turismo de base en sus distintas

modalidades y atender el desenvolvimiento de las Unidades Turísticas

de Chapadmalal y Embalse.

SUBSECRETARIA DE DEPORTES

relacionados con la aplicación de las normas relativas

a la actividad deportiva y el cumplimiento de los objetivos propios

de la actividad que desarrollen.

supervisión y/o ejecución de las medidas atinentes

al control de la seguridad, prevención y/o accidentes en

los espectáculos deportivos.

los recursos del Fondo Nacional del Deporte.

para el ejercicio de las profesiones vinculadas al deporte, la

educación física, la recreación y otras especialidades

afines a la materia, así como sus normas regulatorias,

en coordinación con las autoridades competentes.

federado, de alto y mediano rendimiento, profesional y para discapacitados.

SECRETARIA DE COMUNICACIONES

entendiendo en la elaboración, propuesta y ejecución

de las políticas en materia de comunicaciones, supervisando

su cumplimiento y proponiendo el marco regulatorio destinado a

facilitar su ejecución.

de las comunicaciones tendientes a lograr la modernización

de los servicios y resguardar los derechos de los usuarios.

accionar de los prestadores de servicios de comunicaciones.

por el Poder Ejecutivo Nacional en la materia.

se interpongan en contra del accionar del ente regulador de la

actividad.

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

para la promoción, integración y desarrollo de los

grupos humanos con problemas sociales, así como para la

gestión, verificación y mejoramiento de la asistencia

social y sus planes de desarrollo en el ámbito nacional,

provincial y municipal.

conjuntos sociales a través de la paulatina delegación

de responsabilidades sociales en la comunidad, siguiendo el principio

de subsidiariedad, y promover, ejecutar y fiscalizar los programas

de vivienda para los sectores de menores recursos.

SUBSECRETARIA DE VIVIENDA

de las políticas habitacionales y urbanísticas a

nivel nacional y en 1a elaboración, realización

y financiación de programas de vivienda del Sector Público,

Nacional o Provincial.

de vivienda y el desarrollo de los asentamientos humanos.

de viviendas y obras para el desarrollo de los asentamientos humanos.

SUBSECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES

desde el punto de vista social en situaciones normales o de emergencia,

proponiendo el desarrollo de programas que den respuesta a las

necesidades detectadas de acuerdo a las prioridades.

conjunto social mediante el progresivo traspaso de responsabilidades

sociales desde el Estado hacia la comunidad conforme el principio

de subsidiariedad.

e integración social, manteniendo vínculos con organismos

oficiales y/o privados, nacionales y/o internacionales, relacionados

con su cometido.

asistencia e integración social de la persona de la tercera

edad.

integral de la minoridad y la familia.

de la actividad mutual y cooperativa, fiscalizando su ejecución.

con su competencia y fiscalizar aspectos tales como la atención

médica, las residencias geriátricas, y la integración

social y el cumplimiento de la normativa vigente en la materia.

SUBSECRETARIA DE PROYECTOS SOCIALES

a la población en las emergencias, tanto dentro del país

como fuera de él en cumplimiento de compromisos internacionales.

dirigidos a la promoción, integración y desarrollo

de las comunidades con problemas sociales en el marco de las políticas

sociales.

-Orientar y coordinar con las restantes jurisdicciones y con los

Organismos Internacionales, la gestión de los proyectos

de cooperación técnica de la Secretaría de

Desarrollo Social en el marco de las pautas acordadas por los

Ministerios con competencia primaria en materia de financiamiento

y política de cooperación internacional.

Organismos del Estado Nacional, Estados Provinciales y/o Municipales

y Organismos Descentralizados y/o autónomos en lo relativo

a proyectos internacionales en el área de competencia de

la Secretaría.

e integración social de la persona de la tercera edad y

aquellos tendientes a orientar y promover integralmente a 1a familia

y a todos sus miembros.

de riesgo.

jurídico vigente y establecer las normas y pautas de las

prestaciones médicas para los beneficiarios de dichas pensiones.

SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO

con el fomento, protección, recuperación y control

del medio ambiente y la conservación de los recursos naturales

renovables en el ámbito Nacional; así como en la

realización de convenios, acuerdos y tratados con gobiernos

extranjeros y organismos internacionales.

nacionales, provinciales, municipales y entes no gubernamentales,

nacionales o extranjeros.

a promoción, preservación, protección, recuperación

y control de los recursos animales y vegetales silvestres y de

la calidad de aire, agua y suelo; así como en lo que haga

a generación, manipulación, transporte, tratamiento

y disposición final de sustancias peligrosas y protección

de la capa de ozono.

SUBSECRETARIA DE RECURSOS NATURALES

en lo relativo a la elaboración, ejecución, seguimiento

y evaluación de políticas y programas nacionales

destinados a la conservación, recuperación y utilización

racional de los recursos naturales del país, en el marco

de las competencias de la Secretaría.

en la promoción y coordinación de las investigaciones

científicas y técnicas en el área de los

recursos hídricos.

SUBSECRETARIA DE AMBIENTE HUMANO

en la fijación de normas técnicas para la preservación,

cuidado, control y recuperación del medio ambiente.

en el control de la contaminación ambiental.

en acciones de fomento, difusión y educación acerca

de la temática ambiental.

SECRETARIA DE CULTURA

su papel protagónico en la cultura, estimulando y favoreciendo

a quienes la expresan en especial a sus nuevos valores, motivando

e incentivando sus vocaciones y aptitudes. Fomentar la cultura

artística en todas sus formas, fortaleciendo las diversas

expresiones de la cultura popular en el marco de la más

amplia libertad de expresión, con el fin de preservar y

consolidar la identidad de la Argentina como pueblo y participar

creativamente del dialogo planetario de la cultura, todo ello

en función del bien común y al servicio de la persona

humana como sujeto y destinataria de la cultura.

de su dependencia creados para la difusión, docencia, experimentación

e investigación en materia de arte, pensamiento y cultura,

así como la de aquellos otros dedicados a acrecentar, resguardar

y conservar el patrimonio artístico y cultural de la Nación,

tanto en lo material como en los valores intangibles que configuran

el acervo común de la memoria popular, en estrecha colaboración

con los demás organismos y, en general, con los sistemas

educativo, científico-tecnológico y de comunicación

del país, tanto del área oficial como privada. Propender

la exportación de bienes culturales a efectos de resguardar

debidamente el patrimonio cultural argentino.

como indiscutible unidad histórica y proyectarla más

allá de nuestras fronteras por medio del intercambio cultural

activo y la cooperación internacional, con especial atención

en Latinoamérica, en la búsqueda de una cultura

abierta que contribuya a la consolidación de la identidad

nacional tanto como al desarrollo armónico del hombre argentino

en firme relación con la comunidad regional y latinoamericana.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE

los Ministros Secretarios, coordinando los asuntos a ser tratados

en las reuniones del Gabinete Nacional.

de Ministros.

de las respectivas jurisdicciones que le resulte necesaria para

la toma de decisiones.

de Ministerios y de Presupuesto Nacional propiciados por el Poder

Ejecutivo Nacional y su envío al Honorable Congreso de

la Nación.

y conveniencia de los proyectos de actos que requieran el refrendo

del Jefe de Gabinete de Ministros y de los mensajes que acompañen

proyectos de ley a enviar al Honorable Congreso de la Nación.

Gabinete de Ministros.

de la reforma administrativa en coordinación con el Secretario

de Control Estratégico.

SUBSECRETARIA DE GABINETE

preparación y convocatoria de las reuniones del Gabinete

de Ministros.

proyectos de mensajes y de leyes al Congreso Nacional.

jurisdicciones.

los instrumentos necesarios para la implementación de la

reforma administrativa.

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION

de los recursos financieros, informáticos, humanos, de

servicios generales y patrimonio de la jurisdicción.

interna de la jurisdicción.

protocolización, registro y archivo de los actos administrativos

referidos a la organización interna de la jurisdicción.

de los recursos económicos financieros de la jurisdicción.

y en la política de recursos humanos de la jurisdicción.

SECRETARIA DE CONTROL ESTRATEGICO

de políticas de la Administración vinculada con

el cumplimiento de los planes de gobierno,

a las políticas de la Administración, relativas

al logro de los objetivos que se ha propuesto el Gobierno Nacional

en los aspectos sociales y económicos.

en el sistema de planificación de corto, mediano y largo

plazo de la Administración,

y control estratégico en materia interjurisdiccional, nacional

y sectorial,

la Administración con respecto al cumplimiento de sus programas

y actividades y producir informes periódicos con la finalidad

de recomendar, en su caso los acciones correctivas que aseguren

el cumplimiento de sus objetivos,

al presupuesto y a la recaudación de las rentas de la Nación,

funcional con la Sindicatura General de la Nación,

prioritarios que le asigne el Jefe de Gabinete de Ministros,

de la reforma administrativa en coordinación con el Secretario

de Gabinete.

e internacionales públicos y privados y diseñar

y aplicar instrumentos que favorezcan la coordinación interinstitucional

en los aspectos inherentes a su competencia,

SUBSECRETARIA DE CONTROL

global de las políticas de la Administración vinculadas

con el cumplimiento de los planes de Gobierno,

estratégico de los programas y acciones nacionales y sectoriales

emprendidos.

con la Sindicatura General de la Nación.

de informes sobre el avance de los planes de Gobierno, ,

de los planes de Gobierno.

SUBSECRETARIA DE PROYECTOS ESTRATEGICOS

y formulación de políticas de la Administración

vinculadas con el cumplimiento de los planes del Gobierno Nacional.

y seguimiento de los proyectos estratégicos para la Administración.

interinstitucional de proyectos estratégicos encomendados

por el Jefe de Gabinete de Ministros.

asignados como prioritarios por el Jefe de Gabinete de Ministros.

de los programas y acciones en ejecución, recomendado,

en su caso, las acciones correctivas que permitan el cumplimiento

de los objetivos propuestos.

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS FISCALES

de análisis, formulación y evaluación de

la estrategia presupuestarias y de recaudación de las rentas

de la Nación.

previa del proyecto de Ley de Presupuesto Nacional.

vinculados a su competencia.

de coordinación institucional, nacional y sectorial en

materia de competencia.

de las recaudaciones y el gasto público.

internacionales en materia de su competencia.

SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

Asistir al Secretario de Control Estratégico en el desarrollo

de instrumentos de coordinación institucional sectorial,

materia de su competencia.

de vínculos institucionales y la participación de

organizaciones representativas de la comunidad.

permita obtener información institucional de los organismos

y entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales

vinculados con el área.

SUBSECRETARIA DE RELACION PARLAMENTARIA

de la oportunidad, mérito y conveniencia de los proyectos

de ley, de mensaje al Honorable Congreso de la Nación y

de decreto que dispongan la prorroga de sesiones ordinarias.

a sesiones en el Congreso Nacional, así como en la elaboración

de informes que cualquiera de las Cámaras le solicite y

los que debe brindar a la Comisión Bicameral Permanente.

al Congreso de la Nación y cumplimiento de lo dispuesto

en el articulo 101 de la Constitución Nacional.

del estado de la nación.

relaciones del Poder Ejecutivo Nacional con ambas Cámaras

del Congreso de la Nación, sus comisiones e integrantes

y, en especial, en lo relativo a la tramitación de los

actos que deban ser remitidos al Congreso de la Nación

en cumplimiento de lo establecido en articulo 100, inciso 6, de

la Constitución Nacional y otras leyes.

y conveniencia de los proyectos de decreto referentes al ejercicio

de facultades delegadas por el congreso, de los de necesidades

y urgencia y de los que promulguen parcialmente las leyes.

elaboración de los proyectos legislativos y reglamentarios

complementarios de la reforma constitucional.

SUBSECRETARIA DE GESTION PARLAMENTARIA

elaboración de la memoria descriptiva de los negocios de

la nación a los fines previstos en el articulo 100, inciso

10, de la Constitución Nacional y del informe del artículo

101.

y conveniencia en los proyectos de la ley que le sean requeridos

por el secretario del área para su posterior tramitación.

y conveniencia, en análisis de los proyectos de decretos

reglamentarios de las leyes sancionadas por el Honorable Congreso

de la Nación.

organización de la concurrencia del Jefe de Gabinete de

Ministros y de los funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional a

las sesiones de ambas cámaras del Congreso Nacional y a

las distintas comisiones de trabajo y/o bloques parlamentarios.

la gestión de la comisión para la elaboración

de los proyectos legislativos y reglamentarios complementarios

de la Reforma Constitucional.

SUBSECRETARIA DE INFORMACION Y ENLACE PARLAMENTARIO

Poder Ejecutivo Nacional que promuevan la iniciativa legislativa

y los decretos que se envíen al Honorable Congreso de la

Nación, en materia de su competencia.

de la administración publica nacional que requieran los

cuerpos legislativos.

el Congreso Nacional del los proyectos de ley.

requerimiento y remisión y a las distintas jurisdicciones

de la información necesaria para la elaboración

de proyectos de ley.

documental y bibliográfico referido a normas nacionales,

provinciales y municipales con relación a la gestión

del área.

SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA

organización y el adecuado funcionamiento de la administración

nacional y dictar las normas de su competencia y en esa materia.

humanos que asegure el desarrollo y el buen funcionamiento de

un sistema eficiente de carrera administrativa.

y transparencia de los procedimientos administrativos.

del sector publico y participar en las negociaciones establecidas

por la Ley Nº 24185 y normas reglamentarias.

de la Función Pública.

a informática, teleinformática o telemática,

telecomunicaciones, "ofimática" o "burótica",

tecnologías multimedios, instalaciones y comunicaciones

asociadas y otros medios y sistemas electrónicos; y dictar

el marco regulatorio en esta materia para los organismos comprendidos

en los incisos a) y b) del articulo 8 de la Ley Nº 24156.

Brindar asistencia técnica de los organismos del Sector

Público.

Información Gubernamental en sus aspectos técnicos,

económicos y presupuestarios.

a la Calidad y ejercer la Presidencia del Comité Permanente.

Gubernamentales, de acuerdo con lo establecido por el decreto

Nº 2098 del 30 de diciembre de 1987.

Pública (INAP).

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARIA DEL INTERIOR

y con la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

en la intervención del Gobierno Federal en las Provincias

y en el régimen jurídico de las aguas de los ríos

interprovinciales y sus afluentes, e intervenir en la elaboración

de la Legislación Nacional y cuando sea necesario coordinar

normas Nacionales y Provinciales.

y aquellos que el Ministerio disponga que sea competencia del

área.

Públicos e l desarrollo de las políticas y programas

de asistencia a las provincias, en el marco del programa fiscal

y entender, dentro del ámbito de su competencia, en la

relación con los Organismos Federales.

provenientes de los organismos multilaterales de crédito,

organismos no gubernamentales y fuentes de financiamiento bilateral,

así como los recursos que se destinen a la Reforma de Sector

Público Provincial y de la Municipalidad de la Ciudad de

Buenos Aires, administrarlos y coordinar su ejecución.

SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

política de relaciones institucionales y la política

electoral, así como también su permanente actualización

legislativa.

así como en la elaboración del régimen de

los partidos políticos; y coordinar con la Secretaría

del Interior el análisis de los proyectos de legislación

nacional en los que sea necesario coordinar normas nacionales

y provinciales.

de los derechos y garantías constitucionales.

Bermejo y del Comité Interjurisdiccional del Río

Colorado.

SUBSECRETARIA DE ASISTENCIA A LAS PROVINCIAS

nacional cuando sea necesario coordinar normas provinciales y

federales.

y de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires asesorando

en las cuestiones interprovinciales y municipalidades y en el

régimen de las aguas de los ríos interprovinciales.

las relaciones económicas con los gobiernos de las Provincias

y con la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, así

como en las interprovinciales.

del Tesoro Nacional a las provincias así como aquellos

que por su competencia le asigne el Ministerio del Interior.

y programas para la dinamización, desarrollo y desregulación

de las economías provinciales y regionales, en coordinación

con los Gobiernos provinciales. Organismos Federales y las áreas

correspondientes del Gobierno Nacional e instrumentar la asistencia

técnica y económico-financiera a los Estados Provinciales

y a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, para ejecutar

programas tendientes a lograr la reforma y modernización

del Sector Público.

específicas del Gobierno Nacional, para propender a una

mayor coordinación de las políticas nacionales.

al ex-Fondo de Desarrollo Regional y al Fondo de Emergencias Regionales.

SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA POLITICA

y de propuestas, así como en la elaboración de proyectos

de normas modificatorias de aquellas que rigen al funcionamiento

de los sistemas político y electoral; y demás reformas

vinculadas al régimen representativo y federal.

así como en la elaboración de proyectos de normas

que rijan el funcionamiento del sistema institucional de la Municipalidad

de la Ciudad de Buenos Aires.

reforma del sistema político municipal.

SUBSECRETARIA DE POBLACION

en materia poblacional.

a la política migratoria interna y externa e intervenir

en la elaboración y ejecución de la política

demográfica y en la elaboración de los actos relacionados

con la concesión del derecho de asilo.

para el desarrollo de las áreas de frontera y entender

en su ejecución en el área de su competencia.

Metropolitana de Buenos Aires.

de políticas demográficas.

el debido cumplimiento de las normas previstas en la Ley Nº

17671 (identificación, registro y clasificación

del potencial humano nacional).

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD

y seguimiento de las políticas, programas y proyectos orientados

a la comunidad y a sus instituciones representativas.

coordinar la ejecución de planes, programas y proyectos

referidos a objetivos y cursos de acción en materia comunitaria.

política orientados a la comunidad, a través de

los Municipios y de sus instituciones representativas.

de las políticas inherentes a la promoción de los

intereses de la juventud a fin de lograr su plena participación

en la sociedad.

SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS Y SOCIALES

humanos, su promoción y reafirmación en la sociedad

y en el Estado, así como la prevención de eventuales

violaciones de los mismos.

que reconozcan y reglamenten los derechos humanos en el país

y la difusión de su conocimiento.

garantícen la igualdad de oportunidades y no discriminación

de grupos y personas, así como la jerarquización

de la mujer en la sociedad.

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

seguridad interior, situación que involucra el resguardo

de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus

derechos y garantías y la plena vigencia de las instituciones

del sistema representativo, republicano y federal que establece

la CONTITUCION NACIONAL.

de protección a la comunidad según los lineamientos

de la Ley Nº 24059 de Seguridad Interior.

nacional de policía, orientado al cumplimiento de las políticas

de Seguridad Interior.

conjunto de las Fuerzas de Seguridad y Fuerzas Policiales tendientes

al cumplimiento de las políticas establecidas.

adiestramiento y esfuerzos operativos de las Fuerzas de Seguridad

y de las Fuerzas Policiales.

políticas que hacen a la Protección de la Comunidad

colaborando con los entes nacionales, provinciales o privados,

frente a desastres naturales o causados por el hombre, y a ilícitos

que por naturaleza sean de su competencia.

SUBSECRETARIA DE GESTION DE PROGRAMAS

implementación y coordinación del Programa Nacional

de Promoción del Empleo (art. 59 de la ley nº 23696

y decreto nº 1078/92) y aquellos otros programas destinados

a la generación de nuevos puestos de trabajo.

implementación de los programas de promoción de

empleo mencionados en el primer párrafo.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA

proyectos de leyes, decretos y resoluciones que introduzcan o

modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la

jurisdicción.

administrativa entre las distintas unidades organizacionales,

y de toda aquella documentación que ingrese o egrese del

Ministerio y efectuar el seguimiento de los tramites administrativos

de la jurisdicción, cumpliendo y haciendo cumplir las normas

relativas a procedimientos administrativos.

en aspectos administrativos y legislativos referidos a las fuerzas

de seguridad dependientes. Intervenir en toda tramitación

de carácter normativo, judicial o contencioso que sea competencia

del Ministerio en su carácter de organismo de alzada de

dicha Fuerza.

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN

presupuestaria de la jurisdicción.

programáticas, en la formulación y ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante

el ejercicio financiero.

programáticas en la obtención de los recursos humanos,

económicos, financieros, tecnológicos y de todo

otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y

metas de la jurisdicción.

integrantes de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas

dependientes, así como la planificación de las actividades

de administración.

humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos.

administrativa determinando para cada trámite las unidades

de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender

en el tema respectivo.

con actos de carácter patriótico, efemérides,

feriados, custodia de emblemas y símbolos nacionales y

uso de emblemas y símbolos extranjeros e intervenir en

lo relativo a la erección y emplazamiento de monumentos.

de funcionamiento del Archivo General de la Nación.

**MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL

Y CULTO**

SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES

los cursos de acción a seguir en materia de negociaciones

económicas y comerciales, tanto bilaterales como multilaterales,

con todas las naciones con las que la República Argentina

mantenga relaciones, con los organismos regionales y subregionales,

propendiendo a la integración económica entre las

que componen el continente americano, profundizando dicha integración

con las naciones latinoamericanas y conducir la política

a fin de cumplimentar lo señalado.

a seguir en materia de promoción comercial, de asuntos

consulares y todo lo relacionado con la formulación y desarrollo

de acuerdos asociativos preferentes, de naturaleza económica,

comercial y financiera, proponiendo los planes, programas y proyectos

pertinentes, así como también los instrumentos adecuados

para su ejecución.

SUBSECRETARIAS DE NEGOCIACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES

en materia de negociaciones económicas y comerciales bilaterales

y las multilaterales a través de los organismos económicos

y comerciales internacionales, regionales y subregionales.

de la República ante los Gobiernos extranjeros y organismos

internacionales económicos y comerciales y a las delegaciones

que participen en negociaciones económicas bilaterales

y multilaterales.

bilateral con los diferentes países de América del

Norte, Central, Caribe y del Sur, y la integración económica

multilateral a nivel regional y continental.

SUBSECRETARIA DEL MERCOSUR

Exterior con respecto al Mercosur y a la iniciativa de las Américas,

implementado los mecanismos de integración entre ambos

proyectos.

SUBSECRETARIA DE PROMOCION DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES

la oferta de los productos y servicios nacionales a la demanda

de los mercados extranjeros.

de la República y Delegaciones Oficiales en el aspecto

comercial internacional.

SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES Y ASUNTOS LATINOAMERICANOS

y en los organismos internacionales, y coordinar con las otras

Secretarías del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO

INTERNACIONAL Y CULTO los diversos aspectos de la política

exterior y su armonización en base a criterios funcionales

y geográficos.

a seguir en los asuntos relativos a la seguridad internacional,

nucleares y espaciales, los vinculados a los territorios y los

espacios marítimos bajo disputa de soberanía en

el Atlántico Sur, los de la política exterior antártica

y las cuestiones de derecho internacional.

relativas al uso indebido y al tráfico ilegal de drogas

y actividades conexas.

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