ENERGIA ELECTRICA

Rango Decreto
Publicación 1981-04-02
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONVENIOS

Decreto Nº 669/1981

Apruébase un convenio celebrado entre Agua y Energía Eléctrica Sociedad del Estado y la Provincia de Mendoza.

Bs. As., 27/3/81

VISTO el Expediente SEE Nº 785.007/81 del registro de la Secretaría de

Estado de Energía, por el que se solicito la ratificación del Poder

Ejecutivo Nacional de los Convenios celebrados entre Agua y Energía

Eléctrica Sociedad del Estado y la Provincia de Mendoza, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Decreto Nº 258 de fecha 31 de enero de 1980,

se aprobó lo resuelto por la Resolución Conjunta del Ministerio del

Interior y el Ministerio de Economía Nros. 9 y 1.332, respectivamente,

de fecha 3 de diciembre de 1979 relacionada con la transferencia de

servicios que presta agua y Energía Eléctrica Sociedad del Estado a las

Provincias, en las condiciones prescriptas por la Ley Nº 18.586.

Que por el Artículo 2º de la Ley Nº 18.586, la transferencia se

concretaría mediante Convenios a celebrarse con cada Provincia,

ad-referéndum del Poder Ejecutivo Nacional.

Que los convenios de referencia se apoyan en las previsiones de las citadas disposiciones legales.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º - Apruébase el

Convenio de fecha 29 de diciembre de 1980 celebrado entre Agua y

Energía Eléctrica Sociedad del Estado y la Provincia de Mendoza, que en

fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto, por

el que se acuerda transferir a esta última, servicios eléctricos de la

referida Sociedad, existentes dentro de los límites provinciales, de

conformidad con el Artículo 2º de la Ley Nº 18.586 y el Artículo 2º del

Decreto Nº 258/80.

Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

VIDELA

José A. Martinez de Hoz

Albano E. Harguindeguy

Nota: Este Decreto se publica sin Anexo.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.