PODER EJECUTIVO NACIONAL
PODER EJECUTIVO
Decreto 692/2025
DECTO-2025-692-APN-PTE - Derógase Decreto N° 515/2014.
Ciudad de Buenos Aires, 26/09/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-99400488-APN-DGDYD#SC y el Decreto N° 515 del 9 de abril de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 515/14 se declaró al C.P. señor Norberto
Félix GALASSO “Embajador de la Cultura Popular Argentina”, con rango y
jerarquía de Subsecretario.
Que dicha declaración no implicó la creación de una unidad organizativa
dentro de la estructura de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN ni la asignación de responsabilidades operativas.
Que el “Embajador de la Cultura Popular Argentina” percibe una
remuneración mensual que es atendida con las partidas específicas del
presupuesto de la Jurisdicción 20- PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
Subjurisdicción 14 -SECRETARÍA DE CULTURA.
Que, en miras de la consecución de una gestión de gobierno eficiente,
la presente administración de gobierno inició un proceso de evaluación
de las competencias asignadas a las distintas Jurisdicciones y
Entidades que conforman la Administración Pública Nacional.
Que, en ese sentido, resulta necesario implementar medidas orientadas a
mejorar el funcionamiento del Estado para lograr una gestión pública
transparente, ágil, eficiente, eficaz y de calidad en la atención del
bien común.
Que, a su vez, en el marco de una política de austeridad, y con el fin
de optimizar la utilización de los recursos públicos, resulta necesario
que la Administración Pública Nacional adopte medidas tendientes a
reducir el gasto.
Que por los motivos expuestos corresponde derogar el Decreto Nº 515/14.
Que el servicio jurídico correspondiente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Derógase el Decreto N° 515 del 9 de abril de 2014.
ARTÍCULO 2°.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Lisandro Catalán
e. 29/09/2025 N° 71900/25 v. 29/09/2025
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