NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR
NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR
Decreto N° 712/96
**Incorpóranse determinados productos a
los alcances del Decreto N° 637/79, por el que se estableció un régimen
de exportación de mercaderías en consignación.**
Bs As., 28/6/96
VISTO el Expediente N° 030-000609/96 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 637 de fecha 16 de marzo de 1979 se estableció un régimen de exportación de mercaderías en consignación.
Que dicho régimen facilita el envío de mercaderías al exterior a fin de encauzar la concreción de futuras exportaciones.
Que el mismo resulta un instrumento idóneo para productos con ciclos de demanda y precios cambiantes.
Que el mercado mundial de la pulpa de madera se caracteriza por
corresponderle períodos más largos a las sobreofertas y bajos niveles
de precio, que los correspondientes a la demanda y a las alzas en los
precios.
Que en consecuencia se hace necesario incorporar dichos productos a los alcances del Decreto N° 637/79.
Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete, opinando
que la medida propuesta es legalmente viable.
Que el artículo 373 de la Ley N° 22.415 - Código Aduanero- faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a tomar la medida propuesta.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º- Incorpórase el
Capítulo 47 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (sin exclusiones) a
la lista anexa al Decreto N° 637 de fecha 16 de marzo de 1979.
Art. 2º - El presente decreto tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3º - Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. - MENEM. - Jorge A. Rodríguez. - Domingo F. Cavallo.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.