DEUDA PUBLICA
DEUDA PUBLICA
Decreto 719/90
Amplíase la emisión de los títulos al portador y negociables en bolsa denominados "Bonos Externos de la República Argentina 1989".
Bs. As., 18/4/90
VISTO lo dispuesto por el Decreto Nº 36 del 3 de enero de 1990, y
CONSIDERANDO:
Que el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, en carácter de Agente Financiero del Estado y Asesor Económico del PODER EJECUTIVO NACIONAL ha aconsejado la ampliación de la emisión de Títulos de la Deuda Pública denominada "BONOS EXTERNOS 1989" a fin de dar cumplimiento a las disposiciones de la norma precitada.
Que la emisión de los mencionados valores encuadra en las disposiciones de la Ley 19.686, texto modificado por las Leyes 22.330 y 23.770 y por el Artículo 21 de la Ley 22.451, y en el Artículo 13 de la Ley 23.763, en vigencia de conformidad con lo establecido por el Artículo 13 de la Ley de Contabilidad Pública (Decreto-Ley Nº 23.354 del 31 de diciembre de 1956).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, en su carácter de Agente Financiero del GOBIERNO NACIONAL, procederá a ampliar la emisión con la previa conformidad de la SUBSECRETARIA DE HACIENDA e inscripción por la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION, de los títulos al portador y negociables en bolsa denominados "BONOS EXTERNOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA 1989" autorizada mediante los Decretos del PODER EJECUTIVO NACIONAL Nº 1.427 del 11 de diciembre de 1989 y 48 del 4 de enero de 1990, de interés variable, a DIEZ (10) años de plazo y hasta la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CUATRO MIL QUINIENTOS MILLONES (u$s 4.500.000.000.).
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Antonio E. González.
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