MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Rango Decreto
Publicación 2006-01-27
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 72/2006

Facúltase al Ministro de Justicia y Derechos Humanos a designar a los inspectores mencionados en el artículo 209 de la Ley Nº 24.660.

Bs. As., 24/1/2006

VISTO el Expediente Nº 151.331/05 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad Nº 24.660, y

CONSIDERANDO:

Que en el artículo 209 de la Ley Nº 24.660 se establece que el PODER EJECUTIVO NACIONAL dispondrá que inspectores calificados por su formación y experiencia, designados por una autoridad superior a la administración penitenciaria efectúen verificaciones, por lo menos semestrales, con el propósito de verificar si el tratamiento de los condenados y la organización de los establecimientos de ejecución se ajusta a las prescripciones de dicha Ley y de los reglamentos que en su consecuencia se dicten.

Que el artículo 22 inciso 13 de la Ley de Ministerios establece que compete al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS entender en la organización, funcionamiento y supervisión de los establecimientos penales y de sus servicios asistenciales promoviendo las mejoras necesarias para lograr la readaptación del condenado y el adecuado tratamiento del procesado y la efectiva coordinación de la asistencia post-penitenciaria.

Que atento a lo establecido en el citado artículo resulta conveniente facultar a dicha jurisdicción para la designación de los mencionados inspectores.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Facúltase al señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos a designar a los inspectores mencionados en el artículo 209 de la Ley Nº 24.660.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER.— Alberto A. Fernández.— Alberto J. B. Iribarne.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.