CORPORACION DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES

Rango Decreto
Publicación 1998-06-19
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CORPORACION DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES

Decreto 724/98

**Modifícase el Decreto N° 510/98, que dispuso el

cese de la intervención una vez que se hubiere constituido

el Directorio de la misma, incorporando la previsión contenida

en el artículo 5º del Estatuto ratificado por la Ley

Nº 17.422. Desígnase Interventor.**

Bs. As., 18/6/98

B.O: 19/6/98

VISTO las Leyes Nros. 17.422 y 17.475 y los Decretos Nros. 458/97,

510/98, 606/98 y 616/98, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto 458/97, fue aceptada la renuncia

presentada por el entonces interventor de la CORPORACION DEL MERCADO

CENTRAL DE BUENOS AIRES señor D. Ricardo Horacio RE.

Que posteriormente por Decreto Nº 510/98 se dispuso el cese

de la intervención a la CORPORACION DEL MERCADO CENTRAL

DE BUENOS AIRES, una vez que se hubiere constituido el Directorio

de la misma en los términos del artículo 2º

del Estatuto ratificado por la Ley Nº 17.411.

Que, por su parte, el artículo 5º del citado Estatuto

dispone que se requiere la presencia de la mitad más uno

de los miembros del Directorio para poder deliberar y tomar acuerdos.

Que si bien el Gobierno Nacional designó a sus representantes

mediante Decretos Nros. 606/98 y 616/98, la Provincia de Buenos

Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aún no

han designado a los demás integrantes del Directorio.

Que, en consecuencia y a fin de posibilitar un mejor funcionamiento

de la CORPORACION DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES se estima

conveniente modificar el Decreto Nº 510/98 incorporando como

supuesto para el cese de la intervención, la previsión

contenida en el artículo 5º del Estatuto ratificado

por la Ley Nº 17.422 en cuanto dispone que el Directorio

de la referida Corporación para poder deliberar y tomar

acuerdos deberá contar con la presencia de la mitad mas

uno de sus miembros.

Que, asimismo y hasta tanto se dé cumplimiento a lo establecido

en el citado Decreto Nº 510/98 resulta necesario designar

en reemplazo del interventor renunciante a uno de los funcionarios

nombrados como representantes del Gobierno Nacional para desempeñar

dicho cargo en la CORPORACION DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes

dei artículo 99 incisos 1 y 7 de la Constitución

Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Sustitúyese el artículo

1º del Decreto N° 510 del 13 de mayo de 1998, por el

siguiente:

"Déjase sin efecto la intervención a la CORPORACION

DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES, dispuesta por el Decreto

Nº 1905 del 10 de setiembre de 1993 y sus modificatorios,

una vez que se haya constituido el Directorio de la misma de conformidad

con el artículo 2° del Estatuto ratificado por la

Ley Nº 17.422 o hasta tanto dicho Directorio se encuentre

en condiciones de deliberar y tomar acuerdos en los términos

del artículo 5º del citado Estatuto".

Art. 2°-Desígnase interventor de la CORPORACION

DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES, al señor Ingeniero

Agrónomo D. Miguel Alfredo FERRE (M.I. Nº 7.739.626).

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-

MENEM.-Carlos V. Corach.- Roque B. Fernández.

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