ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

Rango Decreto
Publicación 1997-08-07
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

Decreto 729/97

**Desígnase, Vicepresidente del Directorio y Vocal, este

último en representación de 1a Secretaria de Recursos

Naturales y Desarrollo Sustentable.**

Bs. As., 4/8/97

B.O: 7/8/97

VISTO que por Decreto Nº 1136 de fecha 13 de julio de 1994

se designó Vicepresidente del Directorio de la ADMINISTRACION

DE PARQUES NACIONALES al Señor Dn. Fernando ARDURA (D.N.I.

Nº 7.670.284), y Vocal del Directorio de ese Organismo-en

representación de la entonces SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES

Y AMBIENTE HUMANO de la PRESIDENCIA DE LA NACION- al Doctor Dn.

Angel Carlos PACHECO SANTAMARINA (L. E. Nº 4.084.039), y

CONSIDERANDO:

Que los nombrados funcionarios han cumplido TRES (3) años

en sus funciones.

Que al respecto, el artículo 20 de la Ley Nº 22.351

establece la duración en sus cargos de los miembros del

Directorio de la citada Administración por un período

de TRES (3) años, pudiendo ser redesignados.

Que la señora Secretaria de Recursos Naturales y Desarrollo

Sustentable de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha propuesto la redesignación

de los citados funcionarios en sus respectivos cargos.

Que en virtud de lo establecido por el mencionado artículo

20 de la Ley Nº 22.351 compete al PODER EJECUTIVO NACIONAL

dictar la medida pertinente.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Desígnase Vicepresidente

del Directorio de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, por

un nuevo período de TRES (3) años, al Señor

Dn. Fernando ARDURA (D.N.I. Nº 7.670.284).

Art. 2º-Desígnase Vocal del Directorio de la

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, en representación

de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE

de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por un nuevo período de

TRES (3) años, al Doctor Dn. Angel Carlos PACHECO SANTAMARINA

(L.E. Nº 4.084.039).

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Carlos

V. Corach.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.