TRENES DE BUENOS AIRES S.A. (EN FORMACION)
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Decreto 730/95
Aprobación del Contrato de Concesión suscripto por el Ministro con Trenes de Buenos Aires S.A. (en formación).
Bs. As., 23/5/95
VISTO el Expediente Nº 057/93 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS - SECRETARIA DE TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1143 de fecha 14 de junio de 1991
se estableció el marco normativo para el otorgamiento de las
Concesiones de Explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros
—de Superficie y Subterráneos— del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES,
a través del procedimiento de Licitación Pública.
Que por Resolución Nº 1456 del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de fecha 13 de noviembre de 1991
fue aprobado el Pliego de Bases y Condiciones Generales a regir en las
Licitaciones Públicas de Carácter Nacional e Internacional para la
Concesión de la Explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros
comprendidos en el precitado decreto, clasificados en SIETE (7) grupos,
entre éstos los Grupos de Servicios 1 y 2 correspondientes a los
servicios de las Líneas MITRE y SARMIENTO de FERROCARRILES
METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA.
Que por Resolución Nº 134 del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de fecha 29 de enero de 1992 fueron
aprobadas las Condiciones Particulares de la Licitación Pública
correspondiente a dichos Grupos de Servicios 1 y 2.
Que mediante Resolución Nº 884 del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del 21 de julio de 1992 se
declaró calificado en los términos del Artículo 22.2. (Sobre Nº 1) del
citado Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Licitación, al
oferente BENITO ROGGIO E HIJOS S.A. — COMETRANS S.A. — BURLINGTON
NORTHERN RAILROAD COMPANY — MORRISON KNUDSEN CORPORATION, INC. Y S.K.S.
S.A.C.C.I.F.A. y M.
Que por Resolución Nº 1248 del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del 3 de noviembre de 1992 se lo
declaró también calificado en los términos del Artículo 22.3. (Sobre Nº
2-A-Adicional).
Que mediante Resolución Nº 67 del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del 12 de enero de 1993, se lo
designó, en base a la oferta financiera conjunta contenida en el
correspondiente Sobre Nº 2-B-Adicional, Preadjudicatario de los Grupos
de Servicios 1 y 2.
Que por Resolución Nº 704 del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de fecha 18 de mayo de 1995 se autorizó la
nueva conformación del Preajudicatario y se adjudicó a COMETRANS S A.;
MK RAIL CORPORATION Y BURLINGTON NORTHERN RAILROAD COMPANY la concesión
de la explotación de los servicios ferroviarios de pasajeros de las
Líneas MITRE y SARMIENTO de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD
ANONIMA, aprobándose al propio tiempo el estatuto definitivo de la
sociedad anónima concesionaria.
Que dentro del término previsto por el Artículo
26.1. del Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Licitación, el
Adjudicatario dio cumplimiento a su obligación de constituirse bajo la
forma de sociedad anónima, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº
19.550 (T.O. 1984), con el nombre de TRENES DE BUENOS AIRES S.A.,
acreditando asimismo haber iniciado los trámites de inscripción
correspondientes ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.
Que el correspondiente Contrato de Concesión y sus
Anexos fue suscripto por el señor Ministro de Economía y Obras y
Servicios Públicos en representación del ESTADO NACIONAL y por la firma
TRENES DE BUENOS AIRES S.A. (en formación), habiéndose acordado por las
partes la modificación del programa de inversiones que se consigna en
el Anexo XXVI del referido contrato por constituir una mejora favorable
al interés público y ser ello acorde con la facultad prevista por el
Artículo 2.2 b) in fine y 16 primer párrafo de las Condiciones
Particulares de la Licitación.
Que celebrado el contrato de concesión ad-referendum
del PODER EJECUTIVO NACIONAL, procede resolver su aprobación a mérito
de los antecedentes obrantes en las actuaciones.
Que en atención a las disposiciones del Artículo
26.4. del Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Licitación,
corresponde otorgar la exención prevista por el Artículo 31 de la Ley
Nº 19.550 (T.O. 1984).
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION ha tomado en estas actuaciones la intervención que le compete.
Que asimismo, la COMISION BICAMERAL PARA LA REFORMA
DEL ESTADO — LEY 23.696, ha tenido conocimiento de lo actuado en el
presente.
Que el servicio de asesoramiento jurídico del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado en estas
actuaciones la intervención que le compete.
Que el pronunciamiento respectivo encuadra en las
atribuciones del Artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional y en
la Ley Nº 23.696.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase todo lo
actuado por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS con
motivo de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la
Concesión de la Explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros
correspondientes a los Grupos de Servicios 1 y 2 (Líneas MITRE y
SARMIENTO) de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 199/2012 del Ministerio *de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios B.O. 29/2/2012 se dispone LA
INTERVENCION ADMINISTRATIVA TECNICA - OPERATIVA TEMPORAL, al Contrato
de Concesión para la Explotación de los Servicios Ferroviarios de
Pasajeros, correspondiente a los Grupos de Servicios Nros. 1 y 2,
Líneas GENERAL MITRE y SARMIENTO, según el Contrato de Concesión
aprobado por el presente Decreto, modificado por Addenda aprobada por
Decreto Nº 104 de fecha 25 enero de 2001, por el término de QUINCE (15)
DIAS y a los fines de asegurar la continuidad y regularidad del
servicio público y garantizar la seguridad de los usuarios.
Vigencia:partir de su dictado)*
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 781/2012*del Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios B.O. 08/05/2012se prorrogala
intervención administrativa técnica-operativa temporal al Contrato de
Concesión para la Explotación de los Servicios Ferroviarios de
Pasajeros, correspondiente a los Grupos de Servicios Nros. 1 y 2,
Líneas GENERAL MITRE y SARMIENTO, según el Contrato de Concesión
aprobado por el Decreto Nº 730 de fecha 23 de mayo de 1995, modificado
por Addenda aprobada por Decreto Nº 104 de fecha 25 enero de 2001,
dispuesta mediante laResolución N° 199/2012, por el plazo de QUINCE (15)
días, a los fines de asegurar la continuidad y regularidad del servicio
público y garantizar la seguridad de los usuarios. Vigencia:a partir de su dictado.Prórrogas anteriores:Resolución N° 737/2012del Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios B.O. 13/4/2012;Resolución N° 568/2012del Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios B.O. 20/3/2012*)
Art. 2º — Apruébase el Contrato de
Concesión y sus Anexos suscripto por el señor Ministro de Economía y
Obras y Servicios Públicos con TRENES DE BUENOS AIRES S.A. (en
formación) que como Anexo forma parte integrante del presente decreto.
Art. 3º — Las sociedades integrantes
del Adjudicatario no estarán sujetas al límite establecido por el
Artículo 31, primer párrafo, de la Ley de Sociedades Nº 19.550 (T.O.
1984) y sus modificaciones.
Art. 4º — Facúltase al MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS para efectuar las
interpretaciones, aclaraciones y modificaciones que sea necesario
realizar al Contrato de Concesión que se aprueba por el presente
decreto.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Domingo F. Cavallo.