ENERGIA ELECTRICA
SERVICIOS PUBLICOS
Decreto Nº 731/1975
Se dispone el estudio de la legalidad de un contrato-concesión sobre electricidad.
Bs. As. 19/3/75
VISTO el anuncio público formulado el 17 de octubre pasado acerca de la
argentinización de la Compañía Italo Agentina de Electricidad S.A.,
concordante con el mandato nacional y popular a que se debe este
Gobierno, y
CONSIDERANDO:
Que los imperativos de un orden jurídico argentino, de concepción
moderna, justicialista y de permanente adaptación a las exigencias de
la vida real deben alcanzar, en primer término, a las empresas
concesionarias del servicio público de electricidad, que por su
importancia y por actuar como delegadas del Poder Administrador, exigen
un "status" especial no sólo en lo relativo al cumplimiento de sus
prestaciones, sino también en lo conceniente a su estructura empresaria
y a sus relaciones con terceros;
Que en los antecedentes reunidos sobre la Compañia Italo Argentina de
Electricidad S.A. obran serias reservas acerca de la legalidad del
Contrato-Concesión y consecuente criterio de valuación empleado. Por
tanto resulta conveniente proceder a su revisión en sus aspectos
jurídicos, técnicos y económico-contables.
Por ello,
LA PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º - Encomiéndase al
Ministro de Justicia, requerir del Procurador del Tesoro, el estudio de
la legalidad del Contrato-Concesión con la Compañía Italo Argentina de
Electricidad S. A., el de la estructuración jurídica de la
concesionaria y eventuales medidas jurídicas a adoptarse en
salvaguardia del interés nacional.
Art. 2º -El presente decreto
queda circunscripto a funciones propias de la Administración pública,
sin innovar en las relaciones entre el Poder Concedente y la
concesionaria, Compañía Italo Argentina de Electricidad S.A.
Art. 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
M. E. de PERON.
Alfredo Gómez Morales.
Antonio J. Benitez.
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