DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Rango Decreto
Publicación 2013-09-30
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 742/1985

Bs. As., 24/4/1985

VISTO la solicitud efectuada por la Secretaría de Inteligencia de Estado, y

CONSIDERANDO:

Que a partir del 1 de enero del año 1978, por la Resolución “S” Nº

1263/77 se estableció en la Secretaría de Inteligencia de Estado el

pago de la compensación mensual transitoria denominada reintegro por

“gastos de comida” que contempla el Art. 109 inciso b) del Decreto “S”

Nº 4639/73.

Que a raíz del pago señalado precedentemente se suscitaron innumerables

juicios contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la

Policía Federal Argentina, por parte de ex-agentes de la Secretaría de

Inteligencia de Estado, solicitando la inclusión de dicho adicional

dentro de sus haberes previsionales.

Que en los autos caratulados “RILLO CABANNE”, Rafael Eduardo c/Caja de

Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina

s/Recurso con fecha 28 de setiembre del año 1982, la Corte Suprema de

Justicia de la Nación confirmó la sentencia dictada por la Sala 3 de la

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal Contencioso Administrativo

que había declarado el derecho del recurrente a que se incluyera en la

base para el cálculo de su haber de pasividad el adicional denominado

reintegro por gastos de comida.

Que el Tribunal de Cuentas de la Nación ha formulado reiteradas

observaciones legales a los pagos formulados por la Caja de Retiros,

Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina, por

aplicación de la Resolución SIDE “S” Nº 1263/77.

Que resulta procedente la ratificación de la Resolución SIDE “S” Nº

1263/77, en orden a lo establecido por el Art. 19 inciso a) de la Ley

de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, y en virtud de la

atribución conferida al Poder Ejecutivo Nacional a través del artículo

86, inc. 1) de la Constitución Nacional, subsanándose de esta manera

las observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas de la Nación.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Ratifícase la Resolución “S” de la Secretaría de Inteligencia de Estado Nº 1263/77.

Art. 2° —Comuníquese y archívese. — ALFONSIN.

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