COMERCIO EXTERIOR
COMERCIO EXTERIOR
Decreto 743/2010
Adóptanse las disposiciones de la Resolución Nº 30/08 del Grupo Mercado Común. Modifícase el Decreto Nº 509/07.
Bs. As., 31/5/2010
VISTO el Expediente Nº S01:0434506/2008 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 30 de fecha 18 de
septiembre de 2008 del Grupo Mercado Común, se efectuaron
modificaciones en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.).
Que en consecuencia, corresponde introducir en el
ordenamiento jurídico nacional las modificaciones aprobadas a nivel
regional, sólo en su versión en español.
Que han tomado intervención las áreas pertinentes de los MINISTERIOS DE INDUSTRIA Y TURISMO y DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos
competentes en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7, inciso d) de
la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.
Que el presente decreto se dicta en función de lo
previsto por los artículos 11 apartado 2, 12, 632, 634, 664, 665, 755 y
829 de la Ley Nº 22.415 (Código Aduanero), por el artículo 99 incisos 1
y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y en uso de las facultades conferidas
por la Ley Nº 26.519.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º— Adóptanse las
disposiciones de la Resolución Nº 30 de fecha 18 de septiembre de 2008
del Grupo Mercado Común, que en copia se reproduce en las DOS (2)
planillas que integran el Anexo I de la presente medida.
Art. 2º— Modifícase el Anexo I del
Decreto Nº 509 de fecha 15 de mayo de 2007 y sus modificaciones, de
acuerdo al detalle que se consigna en las DOS (2) planillas que, como
Anexo II, forman parte integrante del presente decreto.
Art. 3º— Modifícase el Anexo X del
Decreto Nº 509/07 y sus modificaciones, de acuerdo al detalle que se
consigna en la planilla que, como Anexo III, forma parte integrante del
presente decreto.
Art. 4º— Remítase copia autenticada
del presente decreto al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO atento su carácter de Coordinador de la Sección
Nacional del Grupo Mercado Común.
Art. 5º— El presente decreto comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 6º— Comuníquese a la COMISION BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Art. 7º— Comuníquese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE
KIRCHNER.— Aníbal D. Fernández.— Débora A. Giorgi.
ANEXO I
MERCOSUR/GMC/RES. Nº 30/08
MODIFICACION DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMUN
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro
Preto, las Decisiones Nº 7/94, 22/94, 31/04, 37/07 y 61/07 del Consejo
del Mercado Común y la Resolución Nº 70/06 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común
del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos
esenciales de la Unión Aduanera.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1 — Aprobar la "Modificación de la Nomenclatura
Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común", en sus
versiones en español y portugués, que cuenta como Anexo y forma parte
de la presente Resolución.
Art. 2 — Las modificaciones a la Nomenclatura Común
del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, aprobadas por
la presente Resolución, tendrán vigencia a partir del 1/1/2009,
debiendo los Estados Parte asegurar su incorporación a sus respectivos
ordenamientos jurídicos internos antes de esa fecha.
LXXIII GMC - Brasilia,18/IX/08
ANEXO
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ANEXO II
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ANEXO III
Lista de posiciones de la NCM de Bienes Usados
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Honorable Cámara de Diputados de la Nación
CONGRESO DE LA NACION
Resolución S/N
Declárase la validez del Decreto 743/2010.
Bs. As., 24/10/2012
Señora Presidenta de la Nación.
Tengo el honor de dirigirme a la señora Presidenta, comunicándole que
esta H. Cámara ha aprobado, en sesión de la fecha, la siguiente
resolución.
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1º —Declarar la validez del decreto 743 de fecha 31 de mayo de 2010.
Art. 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Dios guarde a la señora Presidenta.
Gervasio Bozzano. — Norma A. Abdala de Matarazzo.
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