MINISTERIO DE HACIENDA

Rango Decreto
Publicación 2019-10-31
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE HACIENDA

Decreto 745/2019

DECTO-2019-745-APN-PTE - Representación Financiera.

Ciudad de Buenos Aires, 30/10/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-54472683-APN-DGD#MHA, el Decreto N° 6892 del 4 de noviembre de 1968, y

CONSIDERANDO:

Que es un objetivo del Gobierno Nacional promover un funcionamiento

dinámico y eficaz de la gestión pública, y hacer un uso eficiente y

racional de los recursos públicos disponibles.

Que por el artículo 1° del Decreto N° 6892/68 se creó una

Representación Financiera de la REPÚBLICA ARGENTINA en los ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA -actualmente vacante-, bajo la dependencia del

entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y TRABAJO, actual MINISTERIO DE

HACIENDA.

Que actualmente, la REPÚBLICA ARGENTINA cuenta con Representantes

Permanentes en el GRUPO BANCO MUNDIAL, el FONDO MONETARIO INTERNACIONAL

y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO y otros organismos monetarios y

financieros internacionales.

Que el avance de las tecnologías de la información y de las

comunicaciones permite mantener contacto permanente con esos organismos

y otras instituciones, sin que sea necesario contar con un

Representante Financiero en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA para llevar a

cabo el resto de las tareas que motivaron el dictado del Decreto

referido.

Que por las razones expuestas se considera oportuno disponer el cierre

de la Representación Financiera de la REPÚBLICA ARGENTINA en los

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Que los Servicios Permanentes de Asesoramiento Jurídico del MINISTERIO

DE HACIENDA y del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han

tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Dispónese el cierre de la Representación Financiera de la

REPÚBLICA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, creada por el

Decreto N° 6892 del 4 de noviembre de 1968.

ARTÍCULO 2°.- Encomiéndase al MINISTERIO DE HACIENDA la liquidación de

la Representación cuyo cierre se dispone por el artículo 1°, la que

deberá finalizarse en un plazo de SEIS (6) meses desde el dictado del

presente Decreto.

ARTÍCULO 3°.- El gasto ocasionado por la presente medida se imputará a

los créditos presupuestarios correspondientes a la JURISDICCIÓN 50 –

MINISTERIO DE HACIENDA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Jorge Roberto Hernán Lacunza -

Jorge Marcelo Faurie

e. 31/10/2019 N° 83591/19 v. 31/10/2019

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