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SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Texto vigente a fecha 1970-01-02

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

Decreto 75/2016

Desígnase Director Nacional del Registro de Dominios de Internet.

Bs. As. 12/01/2016

VISTO la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración

Nacional para el Ejercicio 2016, los Decretos Nros. 78 de fecha 20 de

enero de 2000 y sus modificatorios y 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y

lo solicitado por la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA

NACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.

Que por el artículo 7° de la citada Ley se establece que las

Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán

cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su

sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo

decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el artículo 10 de la mencionada Ley N° 27.198 se dispuso que

las facultades otorgadas por dicha Ley al Jefe de Gabinete de Ministros

podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de

responsable político de la administración general del país y en función

de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN

NACIONAL.

Que por el Decreto N° 78/00 y sus modificatorios, se aprobó la

estructura organizativa de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos,

que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración

Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente

y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a

propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que, en el ámbito de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE

LA NACIÓN se encuentra vacante el cargo de planta permanente de

Director Nacional del Registro de Dominios de Internet de la

SUBSECRETARÍA TÉCNICA de la citada Secretaría, resultando necesario

proceder a su inmediata cobertura en virtud de la particular naturaleza

de las tareas asignadas a la citada Secretaría, vinculadas directamente

con el accionar del señor Presidente de la Nación y del señor Jefe de

Gabinete de Ministros.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE

ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,

por los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.198 y por lo dispuesto en el

artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Desígnase con

carácter transitorio, a partir del dictado del presente acto y por el

término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en la Planta Permanente

de la SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a la

persona consignada en el ANEXO que forma parte integrante del presente,

en la unidad organizativa, cargo, nivel y grado que allí se detallan,

autorizándose el pago de la Función Ejecutiva que allí se indica del

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°

2098/08, y sus modificatorios, con carácter de excepción a lo

establecido por el artículo 14 del referido Convenio, y a lo dispuesto

por el artículo 7° de la Ley N° 27.198.

Art. 2° —El cargo involucrado

en el artículo 1° deberá ser cubierto conforme los requisitos y

sistemas de selección vigentes, según lo establecido, en el Título II,

Capítulos III, IV y VIII, y en el Título IV del CONVENIO COLECTIVO DE

TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO

(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de

CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del

presente decreto.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las

partidas presupuestarias específicas correspondientes al Programa 20 -

Asistencia Legal y Técnica de la Jurisdicción 20.02- SECRETARÍA LEGAL Y

TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Rogelio Frigerio.

ANEXO

SUBSECRETARÍA TÉCNICA

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO DE DOMINIOS DE INTERNET

Apellido y Nombre

Tipo y N° de Documento

Cargo

Nivel y Grado

Nivel F.E.

DUNAYEVICH, Julián

DNI N° 14.591.890

DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO DE DOMINIOS DE INTERNET

A-10

I

Apellido y Nombre Tipo y N° de Documento Cargo Nivel y Grado Nivel F.E.
DUNAYEVICH, Julián DNI N° 14.591.890 DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO DE DOMINIOS DE INTERNET A-10 I