PROG. DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO
PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO
Decreto 758/2002
Ratifícanse contratos suscriptos en el marco de los
Proyectos "Fortalecimiento Institucional y Apoyo Administrativo a la
Secretaría de Industria", "Comercio Exterior Siglo XXI" y
"Fortalecimiento Institucional de la Secretaría de la Pequeña y Mediana
Empresa".
Bs. As., 6/5/2002
VISTO el Expediente Nº S01:0162138/2002 del Registro
del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, la Ley N° 23.396, los Documentos de
Proyecto del PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD)
ARG/01/008, ARG/98/014, y ARG/ 98/018, el Decreto N° 491 de fecha 12 de
marzo de 2002 y su Decreto Reglamentario N° 601 de fecha 11 de abril de
2002, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1° de la Ley N° 23.396 se
aprueba el ACUERDO entre LA REPUBLICA ARGENTINA y EL PROGRAMA DE LAS
NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD) firmado en Buenos Aires el 26
de febrero de 1985.
Que con fecha 25 de abril de 2001 se suscribió, en
el marco del ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL
PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD) el Documento
del Proyecto ARG/01/008 "Fortalecimiento Institucional y Apoyo
Administrativo a la Secretaría de Industria".
Que con fecha 12 de junio de 1998 se suscribió en el
marco del ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL
PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD) el Documento
del Proyecto ARG/98/014 "Comercio Exterior Siglo XXI".
Que con fecha 12 de agosto de 1998 se suscribió en
el marco del ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL
PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD) el Documento
del Proyecto ARG/98/018 "Fortalecimiento Institucional de la Secretaría
de la Pequeña y Mediante Empresa".
Que en el marco de los Proyectos mencionados en los
considerandos anteriores se suscribieron contratos de locación de
servicios que resultan indispensables para el normal funcionamiento de
los mismos, cumplimentando los procedimientos y requisitos estipulados
en el Capítulo III del Manual de Gestión de Proyectos de Cooperación
Técnica Ejecutados por el Gobierno.
Que la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION
INTERNACIONAL de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO por Notas
DGCIN N° 101038 del 17 de abril de 2002, N° 100996 y N° 100997, ambas
de fecha 16 de abril de 2002, puso en conocimiento de los Proyectos
ARG/01/008, ARG/98/014 y ARG/98/018, respectivamente, que atento lo
dispuesto por los Decretos Nros. 491/02 y 601/02, las contrataciones
suscritas a partir del 13 de marzo de 2002 a la fecha, deberán
ratificarse por Decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que para asegurar el cumplimiento de los objetivos,
resultados y actividades comprometidos por el Organismo Ejecutor de
cada Proyecto se hace aconsejable proceder a la ratificación de las
contrataciones del personal que se detalla en el Anexo I del presente
decreto, atento lo dispuesto en los decretos citados en el visto.
Que asimismo, dichas contrataciones se encuentran
respaldadas por los créditos presupuestarios existentes en las cuentas
de cada uno de los Proyectos.
Que se ha dado cumplimiento a la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION N° 4/02.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del
MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete en
virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO
DE LA NACION N° 7 de fecha 4 de febrero de 2002.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las
atribuciones emergentes del artículo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL, y de las facultades conferidas por los artículos 1° del
Decreto N° 491/02, y 19 inc. a) de la Ley N° 19.549 y sus
modificaciones.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º— Ratifícanse los contratos
suscritos en el marco de los Proyectos del PROGRAMA DE LAS NACIONES
UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD) ARG/01/008 "Fortalecimiento
Institucional y Apoyo Administrativo a la Secretaría de Industria",
ARG/98/014 "Comercio Exterior Siglo XXI" y ARG/98/018 "Fortalecimiento
Institucional de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa", de
acuerdo al Anexo I que en copia autenticada forma parte integrante del
presente decreto.
Art. 2°— El gasto que demande el
cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a
los créditos de las partidas específicas de la Jurisdicción 54
—MINISTERIO DE LA PRODUCCION —, del presupuesto vigente para el
corriente ejercicio en cada Proyecto.
Art. 3º— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — José I. de Mendiguren.
NOTA: Este decreto se publica sin el Anexo I. La
documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de
esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).
(*Nota
Infoleg:**
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)*
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.