MINISTERIO DE TRANSPORTE

Rango Decreto
Publicación 2018-08-23
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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MINISTERIO DE TRANSPORTE

Decreto 770/2018

DECTO-2018-770-APN-PTE - Transfiérese la tenencia de acciones del capital social de Intercargo Sociedad Anónima Comercial.

Ciudad de Buenos Aires, 22/08/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-22198522-APN-SSICYPID#MD, la Ley de

Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de

1992), y sus modificatorias, y los Decretos Nros. 1188 del 15 de julio

de 1994, 2117 del 30 de noviembre de 1994, 239 del 15 de marzo de 2007,

1770 del 29 de noviembre de 2007, 13 del 10 de diciembre de 2015 y 34

del 7 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 24 de abril de 1990 el ESTADO NACIONAL -MINISTERIO DE

DEFENSA- ESTADO MAYOR DE LA FUERZA AÉREA otorgó a INTERCARGO SOCIEDAD

ANÓNIMA COMERCIAL la concesión para la prestación del servicio de

atención en tierra de las aeronaves en todos los aeropuertos en

jurisdicción nacional.

Que en función de lo dispuesto por los artículos 64 de la Ley N° 23.696

y 1° del Decreto N° 946 del 16 de mayo de 1990, se otorgó al MINISTERIO

DE DEFENSA el ejercicio de los derechos accionarios, políticos y

económicos derivados de las participaciones que detentaran las

entidades autárquicas, empresas del Estado, sociedades anónimas con

capital estatal mayoritario, sociedades mixtas o cualquier ente con

personalidad jurídica propia, que actuaran en jurisdicción de dicho

Ministerio.

Que posteriormente, por el Decreto N° 161 del 23 de enero de 1992 se

transfirieron al MINISTERIO DE DEFENSA la totalidad del capital

accionario propiedad del ESTADO NACIONAL correspondiente a sociedades

anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades anónimas,

sociedades del Estado y sociedades de economía mixta cuya titularidad,

posesión o tenencia, invistieran a la fecha las FUERZAS ARMADAS y los

organismos o reparticiones bajo su jurisdicción; entre ellas el VEINTE

POR CIENTO (20 %) de las acciones del capital social de INTERCARGO

SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL, que se encontraban en propiedad del ESTADO

NACIONAL ARGENTINO -MINISTERIO DE DEFENSA- FUERZA AEREA ARGENTINA.

Que por el Decreto N° 1188 del 15 de julio de 1994 se aprobaron los

Convenios General y Accesorio mediante los cuales el MINISTERIO DE

DEFENSA, en representación del ESTADO NACIONAL, adquirió la tenencia

accionaria del OCHENTA POR CIENTO (80%) del capital social de

INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL, consolidando así en cabeza del

ESTADO NACIONAL- MINISTERIO DE DEFENSA la propiedad de la totalidad de

las acciones de dicha empresa.

Que, por el Decreto N° 2117 del 30 de noviembre de 1994, se dispuso

transferir al entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS

PÚBLICOS las acciones clase “A” correspondientes al OCHENTA POR CIENTO

(80%) del capital social de la firma INTERCARGO S.A.C. en cabeza del

MINISTERIO DE DEFENSA.

Que por el Decreto N° 34 del 7 de enero de 2016 se dispuso la

transferencia a la jurisdicción del MINISTERIO DE TRANSPORTE de la

tenencia de acciones del capital social de INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA

COMERCIAL, correspondientes al OCHENTA POR CIENTO (80%) del total del

capital social, transferidas al entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS

Y SERVICIOS PÚBLICOS por el Decreto N° 2117/94.

Que la citada transferencia a la jurisdicción del MINISTERIO DE

TRANSPORTE de la tenencia accionaria adquirida por parte del ESTADO

NACIONAL tuvo por objeto asegurar la prestación del servicio de

atención en tierra de aeronaves en aeropuertos, materia que constituye

la actividad de la sociedad concesionaria y que en lo sustancial

compete al MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que por otra parte, en virtud del dictado del Decreto N° 239 del 15 de

marzo 2007, por el cual se creó la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN

CIVIL (ANAC), el MINISTERIO DE DEFENSA y el entonces MINISTERIO DE

PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, a través de la

SECRETARÍA DE TRANSPORTE, propiciaron la suscripción de un ACUERDO DE

GESTIÓN DE SERVICIOS entre la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL

INTERNACIONAL (OACI) y el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA a los

efectos de cooperar en la preparación del Programa de Transferencia de

las Misiones, Funciones y Competencias de la Aviación Civil.

Que mediante el dictado del Decreto N° 1770 del 29 de noviembre de 2007

se aprobó el Programa General de Transferencia a la citada

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), actualmente en la

órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, estableciéndose entre otras

cuestiones la transferencia a la citada Administración de diversas

unidades organizativas del COMANDO DE REGIONES AÉREAS del MINISTERIO DE

DEFENSA a la órbita civil, el cual revestía el carácter de concedente

del servicio único de atención en tierra a aeronaves (RAMPA).

Que por el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley

de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de

1992), y sus modificatorias, y se creó el MINISTERIO DE TRANSPORTE,

estableciéndose que su titular asista al PRESIDENTE DE LA NACIÓN y al

JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, en orden a sus competencias, en todo lo

inherente al transporte aéreo, ferroviario, automotor, fluvial y

marítimo, y a la actividad vial.

Que, conforme lo señalado anteriormente, y dado que INTERCARGO SOCIEDAD

ANÓNIMA COMERCIAL tiene por objeto principal la prestación del servicio

de atención en tierra de aeronaves en aeropuertos, materia

sustancialmente ligada a la aviación civil y con competencia exclusiva

del MINISTERIO DE TRANSPORTE, corresponde en esta instancia transferir

a este último las acciones que representan el VEINTE POR CIENTO (20%)

del total del capital social de INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL

que se hallan actualmente en jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA,

así como arbitrar las medidas pertinentes para la efectivización de tal

transferencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE

COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la

intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL

Y DE ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la

intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades

conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

El PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Transfiérese al MINISTERIO DE TRANSPORTE la tenencia de

las acciones que representan el VEINTE POR CIENTO (20%) del total del

capital social de INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL que se hallan

actualmente en jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA.

ARTÍCULO 2°.- Intégrase en su totalidad el capital social de INTERCARGO

SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL, quedando conformado por el MINISTERIO DE

TRANSPORTE como único accionista, detentando la titularidad del CIEN

POR CIENTO (100%) del capital accionario, correspondiendo a dicho

Ministerio la representación y el ejercicio de los derechos societarios

que competen al ESTADO NACIONAL por las mismas.

ARTÍCULO 3°.- Transfórmase la sociedad “INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA

COMERCIAL” en el tipo social previsto en el artículo 1° de la Ley

General de Sociedades N° 19.550, T.O. 1984 y sus modificatorias,

denominándose “INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL”.

ARTÍCULO 4°.- Instrúyese al MINISTRO DE TRANSPORTE a requerir la

convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, en los

términos establecidos por el artículo 235 de la Ley General de

Sociedades N° 19.550 T.O. 1984 y sus modificatorias, a fin de tratar

las modificaciones estatutarias que resulten pertinentes para la

implementación del presente decreto.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Oscar Raúl Aguad -

Guillermo Javier Dietrich

e. 23/08/2018 N° 61555/18 v. 23/08/2018

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