FONDO NACIONAL DE LAS ARTES

Rango Decreto
Publicación 2025-10-28
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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FONDO NACIONAL DE LAS ARTES

Decreto 772/2025

DECTO-2025-772-APN-PTE - Apruébase estructura organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-68276579-APN-CRRHH#FNA, el Decreto-Ley

N° 1224 del 3 de febrero de 1958 y sus modificatorios, el Decreto Nº 50

del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y la Decisión

Administrativa N° 827 del 2 de octubre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto-Ley N° 1224/58 y sus modificatorios se creó el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES como organismo autárquico.

Que por el Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios se aprobaron el

Organigrama de Aplicación y los Objetivos de la Administración Nacional

centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los ámbitos

jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y

descentralizados.

Que por la Decisión Administrativa N° 827/19 se aprobó la estructura

organizativa de primer y segundo nivel operativo del FONDO NACIONAL DE

LAS ARTES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la

entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del ex-MINISTERIO DE

EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

Que, en esta instancia, corresponde aprobar la nueva estructura

organizativa de primer y segundo nivel operativo del mencionado

organismo y derogar, incorporar y homologar diversos cargos

pertenecientes al citado Fondo Nacional en el Nomenclador de Funciones

Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del

SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto

Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que la presente medida no implica incremento en la cantidad de unidades

organizativas que conforman la Administración Pública Nacional.

Que el artículo 104 del Reglamento de Procedimientos Administrativos.

Decreto 1759/72 – T.O. 2017 dispone que los reglamentos que refieren a

la estructura orgánica de la Administración entran en vigencia sin

necesidad de publicación.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE

TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE

DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO y la OFICINA NACIONAL DE

PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE

HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención de su

competencia.

Que el servicio jurídico correspondiente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel

operativo del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo descentralizado

actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE

LA NACIÓN, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades

Primarias y Acciones que, como ANEXOS I (IF-2025-68291478-APN-PD#FNA) y

II (IF-2025-92858251-APN-CRRHH#FNA), forman parte integrante del

presente decreto.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel

operativo del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo descentralizado

actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE

LA NACIÓN, de conformidad con el Organigrama y las Acciones que, como

ANEXOS III (IF-2025-92860985-APN-CRRHH#FNA) y IV

(IF-2025-92863051-APN-CRRHH#FNA), forman parte integrante del presente

decreto.

ARTÍCULO 3º.- Deróganse, incorpóranse y homológanse en el Nomenclador

de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del

Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por

el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, los cargos

pertenecientes al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo

descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con el detalle obrante en la

PLANILLA ANEXA (IF-2025-68294126-APN-PD#FNA) al presente artículo, que

forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Facúltase al Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES,

organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE

CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a modificar la estructura

organizativa que se aprueba por el artículo 2º del presente decreto,

sin que ello implique incremento de las unidades organizativas que la

componen ni de las correspondientes partidas presupuestarias, previa

intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la

SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del

MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.

ARTÍCULO 5º.- Deróganse los artículos 1°, 2°, 3° y 5° de la Decisión Administrativa N° 827 del 2 de octubre de 2019.
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente

medida será atendido con los créditos asignados a la Entidad 802 -

FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

ARTÍCULO 7°.- El presente decreto entrará en vigencia el día de su dictado.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Guillermo Francos

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 28/10/2025 N° 81316/25 v. 28/10/2025

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: AnexoI,AnexoII,AnexoIII,AnexoIV, AnexoV)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.