CONDECORACIONES

Rango Decreto
Publicación 1997-08-15
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONDECORACIONES

Decreto 778/97

**Apruébase un Acta Mediante la cual se acuerdan condecoraciones

a autoridades de la República de Chile.**

Bs. As., 11/8/97

B.O: 15/8/97

VISTO lo establecido por el Decreto Ley Nº 16.629 del 17

de diciembre de 1957, ratificado por la Ley Nº 14.467, por

el que se creó la "ORDEN DE MAYO", y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta

de condecorar a autoridades de la REPUBLICA DE CHILE, quienes

se han hecho acreedores al honor y al reconocimiento de la Nación,

Que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar la medida aprobatoria

complementaria prevista en el artículo 6º del Decreto

Ley Nº 16.629 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por

Ley Nº 14.467.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Apruébase el Acta del Consejo

de la "ORDEN DE MAYO", suscripta el 20 de junio de 1997,

mediante la cual se acuerda la condecoración de la "ORDEN

DE MAYO AL MERITO", a autoridades de 'e REPUBLICA DE CHILE,

en el grado de GRAN CRUZ, al señor Ministro de Hacienda,

D. Eduardo ANINAT, al señor Ministro de Economía,

D. Alvaro GARCIA, a la señora Ministro de Justicia, Dña.

Soledad ALVEAR y al señor Ministro de Minería, D.

Benjamín TEPLIZKY.

Art. 2º-Extiéndanse los correspondientes diplomas,

de acuerdo con lo estipulado por el artículo 19 de la Reglamentación

de la "ORDEN DE MAYO" aprobada por el Decreto Nº

16.644 del 18 de diciembre de 1957.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Guido

Di Tella.

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