CONTRATOS DE PRESTAMO

Rango Decreto
Publicación 1998-01-27
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONTRATOS DE PRESTAMO

Decreto 78/98

**Apruébase el Contrato de Préstamo a celebrarse

entre Nucleoeléctrica Argentina S.A. (NASA) y el Kreditanstalt

Fur Wiederaufbau Frankfurt am Main (KFW), referido a la rehabilitación

de la Central Nuclear Atucha I.**

Bs. As., 22/1/98

B.O: 27/01/98

VISTO el Expediente Nº 001-002901/97 del Registro del MINISTERIO

DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que se gestiona

la aprobación del Contrato de Préstamo adjunto a

las mencionadas actuaciones, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 28 de febrero de 1995 se ha suscripto el Contrato

denominado Enmienda Nº 8, entre NUCLEOELECTRICA ARGENTINA

S.A. (NASA) y SIEMENS AG, POWER GENERATION GROUP (KWU), referido

al suministro de bienes y servicios con vistas a la rehabilitación

de la Central Nuclear ATUCHA I.

Que el Decreto Nº 602 del 5 de junio de 1996 aprobó

el Contrato de Préstamo F 2530 entre NUCLEOELECTRICA ARGENTINA

S.A. (NASA) y el KREDITANSTALT FUR WIEDERAUFBAU Frankfurt am Main

(KFVV), por un monto de MARCOS ALEMANES DOCE MILLONES SETECIENTOS

CINCUENTA MIL (DM 12.750.000), que contempla la financiación

parcial del ANEXO II de fecha 1 de febrero de 1996 correspondiente

a la ENMIENDA Nº 8.

Que asimismo, con fecha 13 de mayo de 1997, entre las partes se

suscribió el ANEXO III a la Enmienda Nº 8, acordando

hacer un uso parcial del monto de dicha Enmienda, y fijando el

mismo por un valor total de MARCOS ALEMANES QUINCE MILLONES (DM

15.000.000).

Que con el objeto de la financiación parcial del referido

Contrato de Préstamo, se ha gestionado y obtenido el KREDITANSTALT

FUR WIEDERAUFBAU Frankfurt am Main (KFW) un crédito denominado

F 2845 por un monto de hasta la suma de MARCOS ALEMANES DOCE MILLONES

SETECIENTOS CINCUENTA MIL (DM 12.750.000), equivalente al OCHENTA

Y CINCO POR CIENTO (85%) de los bienes y servicios a suministrar.

Que por dicha Enmienda Nº 8, entre otras cosas, se estipula

que NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S.A. (NASA) deberá abonar

el DIEZ POR CIENTO (10%) de anticipo y el CINCO POR CIENTO (5%)

de las facturas y documentación de embarque con fondos

propios.

Que las condiciones, plazos de amortización y demás

cláusulas contenidas en el Contrato de Préstamo

se consideran adecuados a los propósitos y objetivos a

que esta destinado el financiamiento a obtenerse.

Que el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA ha dado cumplimiento

a lo dispuesto por el Artículo 61 de la Ley Nº 24.156,

emitiendo su opinión favorable.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención

que le compete.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el

dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por el Artículo

16 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto

(T.O. 1996), por los Artículos 60 y 61 de la Ley Nº

24.156, por la Ley Nº 24.764 y por el Artículo 99

inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Apruébase en todas sus partes

el Contrato de Préstamo Nº F 2845 por un monto de

MARCOS ALEMANES DOCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL (DM 12.750.000)

a celebrarse entre NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S.A. (NASA) y el

KREDITANSTALT FUR WIEDERAUFBAU Frankfurt am Main (KFW), con la

Garantía de la REPUBLICA ARGENTINA. Los textos del citado

Contrato de Préstamo en copia autenticada en su versión

en idioma alemán y su traducción al español,

forman parte del presente Decreto como ANEXOS I y II.

Art. 2º-Autorízase al señor Presidente

de NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S A. (NASA), o a quien este designe,

a suscribir el Contrato de Préstamo que se aprueba por

el Artículo 1º del presente Decreto, como así

también, toda la documentación necesaria para su

entrada en vigencia.

Art. 3º-Facúltase al señor MINISTRO

DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, o al funcionario o funcionarios

que este designe, a suscribir en nombre y representación

de la REPUBLICA ARGENTINA, la Garantía prevista en el Contrato

de Préstamo Nº F 2845.

Art. 4º-NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S.A. (NASA) adoptará

los recaudos pertinentes a fin de incorporar en los presupuestos

respectivos, los créditos necesarios para atender las erogaciones

emergentes del Contrato de Préstamo a que se refiere el

Artículo 19 del presente Decreto.

Art. 5º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge

A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.

NOTA:Este Decreto se pública sin Anexos. La documentación

no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767. Capital Federal).

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.