JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
(Nota Infoleg: Norma abrogada por art. 10 del Decreto N° 624/2003B.O. 22/8/2003).
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 78/2002
Apruébase la estructura organizativa de la citada jurisdicción.
Bs. As., 10/1/2002
VISTO el Decreto N° 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, sus modificatorios y complementarios, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, sus modificatorios y complementarios, entre otras consideraciones, se aprobó el organigrama de aplicación en la Administración Pública Nacional, estableciéndose sus competencias.
Que a fin de facilitar el gerenciamiento de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y en línea con las pautas establecidas para el resto de la Administración Central, resulta menester modificar las disposiciones del Decreto mencionado en el VISTO.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artículos 21 y 26 de la Ley N° 25.401.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1° del Decreto N° 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, sus modificatorios y complementarios —Organigrama— de Aplicación el Apartado X, correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que como planilla anexa al presente Artículo se acompaña.
Art. 2° — Sustitúyese del Anexo II, al Artículo 2° del Decreto N° 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, sus modificatorios y complementarios —Objetivos—, el Apartado X, correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en la planilla que como anexo al presente Artículo, forma parte integrante de la presente medida.
Art. 3° — Establécese que el Cuerpo de Administradores Gubernamentales creado por Decreto N° 2098/1987 dependerá del Jefe de Gabinete de Ministros.
Art. 4° — Aclárase que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA ejercerá todas aquellas facultades que le fueran oportunamente atribuidas por diferentes normas a la ex SECRETARIA DE GABINETE Y MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en lo referente a los temas de su competencia.
Art. 5° — Créase, en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la UNIDAD DE COORDINACION ESTRATEGICA, la que tendrá las siguientes funciones:
— Coordinar el diseño e implementación de la política de reforma y modernización del Estado.
— Colaborar con las Provincias en sus procesos de Reforma y Modernización del Estado coordinando las acciones de las jurisdicciones y entidades del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 6° — La UNIDAD DE COORDINACION ESTRATEGICA creada por el artículo anterior estará a cargo de un Coordinador Ejecutivo, que actuará como Autoridad Superior del PODER EJECUTIVO NACIONAL, con rango y jerarquía de Subsecretario.
Art. 7° — Transfiérese la Unidad Ejecutora del Préstamo BIRF 4423-AR, con sus recursos financieros y personal a la UNIDAD DE COORDINACION ESTRATEGICA que se crea por el artículo 5° del presente.
Art. 8° — Transfiérense la COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS y EL CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER del ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, con sus respectivas dotaciones, cargos, bienes patrimoniales, objetivos asignados, unidades organizativas dependientes, conservando su personal, sus respectivos niveles, grados de revista y funciones ejecutivas vigentes.
Art. 9° — Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las áreas afectadas por la presente medida, se hará con cargo a los créditos presupuestarios de origen de las mismas.
Art. 10. — Apruébase la estructura organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones y Dotación, los que como Anexos I, II y III forman parte integrante del presente.
Art. 11. — Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros a efectuar designaciones de carácter transitorio por el término de NOVENTA (90) días únicamente en los cargos correspondientes a los titulares de la Unidad de Auditoría Interna, Dirección General de Enlace y Relaciones Parlamentarias, Dirección General Técnico Administrativa, Oficina Nacional de Empleo Público, Oficina Nacional de Innovación de Gestión, Oficina Nacional de Tecnologías Informáticas e Instituto Nacional de la Administración Pública, todos de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, como excepción a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 25.401, el artículo 1° del Decreto N° 25 de fecha 23 de diciembre de 2001 y, el Título III, Capítulo III, y en el artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I al Decreto N° 993/91 (T.O. 1995).
Art. 12. — Las designaciones efectuadas de conformidad con la facultad otorgada por el artículo precedente, deberán ajustarse a los requisitos mínimos establecidos en el artículo 11 del Anexo I al Decreto N° 993/91 (T.O.1995).
Art. 13. — En un plazo de TREINTA (30) días el Jefe de Gabinete de Ministros deberá aprobar las aperturas inferiores de las unidades organizativas que se aprueban por el presente.
Art. 14. — En un plazo de TREINTA (30) días el Jefe de Gabinete de Ministros aprobará las adecuaciones programáticas del presupuesto de la jurisdicción 25 para dar cumplimiento al presente.
Art. 15. — Facúltase al Subsecretario de Gestión Pública a modificar el Anexo IV del Decreto N° 889/2001.
Art. 16. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Jorge M. Capitanich.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°
X — JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA
SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
SECRETARIA DE GABINETE Y RELACIONES PARLAMENTARIAS
— SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
— SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2°
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE GABINETE Y RELACIONES PARLAMENTARIAS
OBJETIVOS:
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la elaboración del Proyecto de Ley de Ministerios y de la Ley de Presupuesto Nacional y de su envío al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Ejercer la coordinación del Gabinete Social creado por el Decreto N° 108 del 5 de febrero de 1997.
Coordinar el Sistema Federal de Emergencias (SIFEM) creado por el decreto N° 1250 del 28 de Octubre de 1999.
Ejercer la Coordinación del Gabinete Científico-Tecnológico (GACTEC) creado por el Decreto N° 1273 del 7 de noviembre de 1996.
Dirigir el Sistema de Identificación Tributario y Social (SlNTyS), creado por el Decreto N° 812/98, en coordinación con la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) en los aspectos vinculados con la recaudación. Supervisar la Unidad Ejecutora BIRF 4459-AR (SINTyS).
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en las relaciones con los Ministros, Secretarios y Subsecretarios de la Presidencia de la Nación coordinando los asuntos a ser tratados en las reuniones del Gabinete Nacional.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la evaluación de la oportunidad, mérito y conveniencia de los Proyectos de Ley, de mensajes al Honorable Congreso de la Nación y del decreto que dispone la prórroga de sesiones ordinarias o de la convocatoria a sesiones extraordinarias.
Coordinar las acciones necesarias para la concurrencia del Jefe de Gabinete de Ministros al Honorable Congreso de la Nación y confeccionar y supervisar la elaboración de la memoria detallada de la marcha del Gobierno de la Nación asistiendo al Jefe de Gabinete de Ministros en el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la Constitución Nacional.
Organizar la convocatoria y preparar las reuniones del Gabinete de Ministros.
Elaborar los informes que cualquiera de las Cámaras le solicite y los que deba brindar a la Comisión Bicameral Permanente atento lo normado por el Artículo 100 Incisos 9 y 11 de la Constitución Nacional.
Entender en lo referente a las relaciones del Poder Ejecutivo Nacional con ambas Cámaras del Honorable Congreso de la Nación, sus Comisiones e integrantes y, en especial, en lo relativo a la tramitación de los actos que deban ser remitidos a ese Poder en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6, de la Constitución Nacional y de otras Leyes.
Participar en formulación de los lineamientos básicos y propuestas de modificación de los sistemas electorales nacionales, de la organización y funcionamiento de los partidos políticos y de su financiamiento
Participar en las propuestas de los lineamientos básicos para la implementación de los mecanismos y sistemas de democracia directa contemplados en la Constitución Nacional.
Coordinar con el MINISTERIO DEL INTERIOR la asistencia a los estados provinciales en la formulación de proyectos sobre sistemas electorales, los mecanismos y sistemas de democracia directa.
SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
OBJETIVOS:
Asistir al Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias en la elaboración del Proyecto de Ley de Ministerios y de la Ley de Presupuesto Nacional y de su envío al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Asistir al Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias en la coordinación del Gabinete Social creado por el Decreto N° 108 del 5 de febrero de 1997.
Asistir al Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias en la coordinación del Sistema Federal de Emergencias (SIFEM) creado por el decreto N° 1250 del 28 de Octubre de 1999.
Asistir al Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias en la coordinación del Gabinete Científico-Tecnológico (GACTEC) creado por el Decreto N° 1273 del 7 de noviembre de 1996.
Asistir al Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias en la conducción del Sistema de Identificación Tributario y Social (SINTyS), creado por el Decreto N° 812/98, en coordinación con la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) en los aspectos vinculados con la recaudación.
Supervisar la Unidad Ejecutora BIRF 4459-AR (SINTyS).
Asistir al Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias en las relaciones con los Ministros, Secretarios y Subsecretarios de la Presidencia de la Nación coordinando los asuntos a ser tratados en las reuniones del Gabinete Nacional.
Organizar la convocatoria y preparar las reuniones del Gabinete de Ministros.
SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA
OBJETIVOS:
Proponer los lineamientos básicos y propuestas de modificación de los sistemas electorales nacionales, de la organización y funcionamiento de los partidos políticos y de su financiamiento
Efectuar las propuestas de los lineamientos básicos para la implementación de los mecanismos y sistemas de democracia directa contemplados en la Constitución Nacional.
Participar con el MINISTERIO DEL INTERIOR en la asistencia a los estados provinciales en la formulación de proyectos sobre sistemas electorales, los mecanismos y sistemas de democracia directa.
Asistir al Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias en la evaluación de la oportunidad, mérito y conveniencia de los Proyectos de Ley, de mensajes al Honorable Congreso de la Nación y del decreto que dispone la prórroga de sesiones ordinarias o de la convocatoria a sesiones extraordinarias.
Coordinar las acciones necesarias para la concurrencia del Jefe de Gabinete de Ministros al Honorable Congreso de la Nación y confeccionar y supervisar la elaboración de la memoria detallada de la marcha del Gobierno de la Nación asistiendo al Jefe de Gabinete de Ministros en el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la Constitución Nacional.
Coordinar las relaciones del Poder Ejecutivo Nacional con ambas Cámaras del Honorable Congreso de la Nación, sus Comisiones e integrantes y, en especial, en lo relativo a la tramitación de los actos que deban ser remitidos a ese Poder en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6, de la Constitución Nacional y de otras Leyes.
Elaborar los informes que cualquiera de las Cámaras le solicite y los que deba brindar a la Comisión Bicameral Permanente atento lo normado por el Artículo 100 Incisos 9 y 11 de la Constitución Nacional.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA
OBJETIVOS:
Coordinar y supervisar el análisis, la formulación y la evaluación de la estrategia presupuestaria.
Participar en el análisis y evaluación de la distribución de las rentas nacionales y de la ejecución presupuestaria, conforme la Ley de Presupuesto Nacional.
Supervisar el seguimiento y análisis de la relación fiscal entre la Nación y las Provincias.
Coordinar y supervisar la elaboración de políticas y de proyectos que fortalezcan la eficiencia de la recaudación.
Coordinar las Políticas del Gobierno Nacional que tengan impacto en materia de equidad tributaria en la interrelación de los distintos organismos involucrados en esas tareas.
Coordinar la evaluación del gasto, colaborando en el diagnóstico y seguimiento permanente de su impacto sobre las condiciones de vida de la población.
Intervenir en el diseño, ejecución y control del Programa de Evaluación de la Calidad del Gasto instituido por el inciso d) del artículo 5° de la Ley 25.152.
Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial en la materia de su competencia.
Supervisar la determinación de la programación trimestral del gasto asignado a cada Jurisdicción.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación con el Ministerio de Economía y la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), para la definición estratégica del presupuesto nacional.
Coordinar y controlar las prioridades y relaciones interjurisdiccionales vinculadas con la gestión y ejecución del financiamiento proveniente de organismos internacionales de crédito
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la relación con los organismos internacionales de crédito, supervisar la aprobación de préstamos y coordinar el seguimiento y evaluación de la cartera.
Intervenir en la elaboración del Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional propiciado por el Poder Ejecutivo Nacional.
Coordinar las políticas de la administración vinculadas con el cumplimiento de los objetivos y de los planes de gobierno.
Supervisar la gestión económico financiera, patrimonial y contable y administrar la política de recursos humanos de la Jurisdicción Jefatura de Gabinete de Ministros, como así también el despacho y registro de la documentación administrativa.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
OBJETIVOS:
Entender en la implementación operativa y el seguimiento de las políticas de modernización de la gestión pública y asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la determinación de los lineamientos estratégicos y en la propuesta de normas reglamentarias.
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