ENTIDAD BINACIONAL YACYRETA

Rango Decreto
Publicación 2022-02-18
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ENTIDAD BINACIONAL YACYRETÁ

Decreto 78/2022

DCTO-2022-78-APN-PTE - Designaciones.

Ciudad de Buenos Aires, 17/02/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2021-122860319-APN-SE#MEC, el TRATADO DE

YACYRETÁ de fecha 3 de diciembre de 1973, aprobado por la Ley N° 20.646

y su modificatoria, los Decretos Nros. 222 del 19 de enero de 2016, 36

del 11 de enero de 2018, 232 del 29 de marzo de 2019 y 532 del 9 de

junio de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que la REPÚBLICA ARGENTINA y la REPÚBLICA DEL PARAGUAY, con fecha 3 de

diciembre de 1973, suscribieron el TRATADO DE YACYRETÁ con el objeto de

realizar el aprovechamiento hidroeléctrico, el mejoramiento de las

condiciones de navegabilidad del Río Paraná a la altura de la isla

Yacyretá y, eventualmente, la atenuación de los efectos depredadores de

las inundaciones producidas por crecidas extraordinarias.

Que los artículos 6°, inciso 1, apartados a) y b) y 9°, inciso 1, ambos

del Anexo “A” del citado Tratado prevén que el Consejo de

Administración, como órgano de administración de la ENTIDAD BINACIONAL

YACYRETÁ (EBY), estará compuesto por OCHO (8) Consejeros o Consejeras,

CUATRO (4) por la REPÚBLICA ARGENTINA y CUATRO (4) por la REPÚBLICA DEL

PARAGUAY, y que ejercerán sus funciones por un período de CUATRO (4)

años, por lo que las designaciones oportunamente dispuestas como

Consejeros, por los artículos 2° y 4° del Decreto N° 222/16 del

ingeniero Juan Marcelo GATTI y del licenciado Alberto Enrique DEVOTO y

por el artículo 2° del Decreto N° 36/18 del doctor Clodomiro Enrique

RISAU se encuentran a la fecha vencidas.

Que, por otra parte, el artículo 10, inciso 1 del citado Anexo “A” del

referido Tratado prevé que el Comité Ejecutivo, como órgano de

administración de la ENTIDAD BINACIONAL YACYRETÁ (EBY), estará

constituido por DOS (2) Directores o Directoras, uno o una por la

REPÚBLICA DEL PARAGUAY y otro u otra por la REPÚBLICA ARGENTINA,

quienes asumirán los títulos de Director Ejecutivo Paraguayo o

Directora Ejecutiva Paraguaya y de Director Ejecutivo Argentino o

Directora Ejecutiva Argentina, con la misma competencia y jerarquía y

con igualdad de atribuciones y responsabilidades.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 232/19 se designó en el cargo de

Consejero de la ENTIDAD BINACIONAL YACYRETÁ (EBY) al ingeniero

Alejandro Valerio SRUOGA.

Que mediante el artículo 2° del Decreto N° 523/20 se designó en el

cargo de Director Ejecutivo de la ENTIDAD BINACIONAL YACYRETÁ (EBY) al

señor Ignacio BARRIOS ARRECHEA.

Que el ingeniero Alejandro Valerio SRUOGA y el señor Ignacio BARRIOS ARRECHEA han presentado su renuncia a los cargos aludidos.

Que, con el fin de garantizar el normal funcionamiento del organismo,

deviene necesario proceder al nombramiento de las nuevas autoridades

que ocuparán los cargos de Director Ejecutivo y de Consejera de la

ENTIDAD BINACIONAL YACYRETÁ (EBY).

Que el MINISTERIO DE ECONOMÍA propicia las designaciones del ingeniero

Fernando Antonio DE VIDO en el cargo de Director Ejecutivo y de la

doctora Ana Claudia ALMIRÓN en el cargo de Consejera, respectivamente,

de la ENTIDAD BINACIONAL YACYRETÁ (EBY).

Que los profesionales propuestos reúnen las condiciones necesarias para desempeñar dichos cargos.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones

conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Acéptase la renuncia presentada por el señor Ignacio

BARRIOS ARRECHEA (D.N.I. N° 23.383.493) al cargo de Director Ejecutivo

de la ENTIDAD BINACIONAL YACYRETÁ (EBY), organismo actuante en la

órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 2°.- Desígnase al ingeniero Fernando Antonio DE VIDO (D.N.I.

N° 10.953.697) en el cargo de Director Ejecutivo de la ENTIDAD

BINACIONAL YACYRETÁ (EBY), organismo actuante en la órbita del

MINISTERIO DE ECONOMÍA, para completar un período de ley.

ARTÍCULO 3°.- Acéptase la renuncia presentada por el ingeniero

Alejandro Valerio SRUOGA (D.N.I. N° 13.470.179) al cargo de Consejero

de la ENTIDAD BINACIONAL YACYRETÁ (EBY), organismo actuante en la

órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 4°.- Desígnase a la doctora Ana Claudia ALMIRÓN (D.N.I. N°

30.955.751) en el cargo de Consejera de la ENTIDAD BINACIONAL YACYRETÁ

(EBY), organismo actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA para

completar un período de ley.

ARTÍCULO 5°.- Agradécense a los funcionarios renunciantes los valiosos servicios prestados en el desempeño de sus cargos.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Martín Guzmán

e. 18/02/2022 N° 8654/22 v. 18/02/2022

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