PRESIDENCIA DE LA NACION

Rango Decreto
Publicación 2020-01-20
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

Decreto 79/2020

DCTO-2020-79-APN-PTE - Resolución Conjunta N° 1/2017. Derogación.

Ciudad de Buenos Aires, 17/01/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-03989879-APN-DSGA#SLYT, la Ley N° 21.890

y sus modificaciones, la Ley N° 27.540, y la Resolución Conjunta N° 1

del 9 de mayo de 2017 del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y

de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 88 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL establece que en caso de

enfermedad, ausencia de la Capital, muerte, renuncia o destitución del

Presidente, el Poder Ejecutivo será ejercido por el Vicepresidente de

la Nación.

Que la Ley Nº 21.890 y sus modificaciones atribuye a la ESCRIBANÍA

GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN la titularidad del Registro Notarial

del Estado Nacional, el que lleva el Libro de Juramentos en el que se

extienden las actas de las asunciones, reasunciones y delegaciones de

mando del Presidente/a y Vicepresidente/a de la Nación.

Que mediante la Resolución Conjunta N° 1 del 9 de mayo de 2017 del

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y de la SECRETARÍA GENERAL de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se estableció un mecanismo de comunicación

y registro de los viajes presidenciales al exterior con intervención de

la CASA MILITAR de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que a fin de que la ESCRIBANÍA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN cumpla

de manera estricta el cometido legal asignado, resulta necesario dejar

sin efecto la resolución conjunta mencionada en el considerando

anterior.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento

jurídico de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA

NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas

por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el

artículo 3° de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N°

19.549 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Derógase la Resolución Conjunta N° 1 del 9 de mayo de

2017 del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y de la SECRETARÍA

GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 2º.- La presente medida entrará en vigencia el día siguiente de su publicación.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero

e. 20/01/2020 N° 2650/20 v. 20/01/2020

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