DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Rango Decreto
Publicación 2015-09-14
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 7922/1958

Bs. As., 21/10/1958

Visto la necesidad de reajustar las remuneraciones del personal de

Auxiliares de Coordinación Federal, con el fin de obtener su

adecuamiento al grado de responsabilidad, en concordancia con las

funciones especifícas que le son propias, y teniendo en cuenta a dichas

funciones como actividad técnica de seguridad y defensa social, impone

actualizar los sueldos concordantes con su jerarquía,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Fíjase a partir

del 1º de julio de 1958, para el personal de Auxiliares de Coordinación

Federal, los sueldos y suplementos determinados en las planillas anexas

que se agregan al presente decreto.

Art. 2º — Distribúyese el

crédito del Presupuesto de Gastos - Sección 1a. - Título I - Servicios

Generales nº 1 - Ministerio del Interior (N° 25), aprobado para el

Ejercicio 1957-1958 por Decreto-Ley nº 16.990/57, ordenado por decreto

n° 6486/58 y modificado por decreto nº 4556/58, Inciso 7, Item 12,

Apartado 16, Partida Principal 20, Partida Parcial 1392, en la forma

que dá cuenta las planillas anexas.

Art. 3º — Déjase establecido

que las mejoras y las retribuciones del personal de Auxiliares de la

Dirección Coordinación Federal, emergentes de la aplicación del

reajuste presupuestario que se aprueba por el presente decreto,

substituyen a los aumentos dispuestos por la ley n° 14.456.

Art. 4º — Dése cuenta al H. Congreso de la Nación y solicítese del mismo la convalidación del presente decreto.

Art. 5º —El presente decreto

será refrendado por el señor Ministro Secretario de Interior y a cargo

interinamente del despacho de la cartera de Economía y firmado por el

señor Secretario de Estado de Hacienda.

Art. 6º — Comuníquese y pase al

Tribunal de Cuentas de la Nación y a la Contaduría General de la

Nación, a sus efectos. — ARTURO FRONDIZI.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

(Nota Infoleg:*

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: Anexos)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.