JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Rango Decreto
Publicación 2014-06-03
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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JEFATURA DE GABINETEDE MINISTROS

Decreto 795/2014

Dase por designado el Director Nacional de Estrategias para la Resolución de Conflictos.

Bs. As., 29/5/2014

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM Nº 0016874/2014 del Registro de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros.

491 del 12 de marzo de 2002, las Decisiones Administrativas Nros. 19

del 2 de febrero de 2012 y 209 del 27 de diciembre de 2013, y lo

solicitado por la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.895 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

Que el artículo 7° de la mencionada ley establece que las

Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no

podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes a la fecha

de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha,

salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el artículo 10 de la Ley Nº 26.895 se dispuso que las

facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros, podrán ser

asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable

político de la Administración General del país y en función de lo

dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita la designación

transitoria por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles como

Director Nacional de Estrategias para la Resolución de Conflictos de la

SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL

de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS, de D. Juan Diego LUNA.

Que por la Decisión Administrativa Nº 209 del 27 de diciembre de 2013,

se sustituyó el Anexo III —Organigrama— del artículo 3° de la Decisión

Administrativa Nº 19 del 2 de febrero de 2012, correspondiente a la

SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL y se incorporó al Anexo IV del

artículo 3° de la mencionada Decisión Administrativa, la

Responsabilidad primaria y Acciones de la DIRECCION NACIONAL DE

ESTRATEGIAS PARA LA RESOLUCION DE CONFLICTOS de la SUBSECRETARIA DE

PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL de la SECRETARIA

DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció,

entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de

la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de

Planta Permanente y no Permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO

NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que en la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION

NACIONAL de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS, se encuentra vacante y financiado el cargo de

Director Nacional de Estrategias para la Resolución de Conflictos Nivel

A - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado

por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el

Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, cuya

cobertura se impone con cierta inmediatez, frente a la necesidad de

cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el agente propuesto ha efectuado una real y efectiva prestación de

servicios a partir del 1° de enero de 2014, por lo que procede

designarlo con efectos a esa fecha.

Que el Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su

artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien

designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y

reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública

Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la

Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA

NACION Nº 4 del 15 de marzo de 2002.

Que el agente involucrado en la presente medida, ha dado cumplimiento a

lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto Nº 601/02 y su

modificatorio, reglamentario, del Decreto Nº 491/02.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y

TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención

correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por

los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.895, y por el artículo 1° del

Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dase por

designado, a partir del 1° de enero de 2014 con carácter transitorio,

por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al señor D. Juan

Diego LUNA (D.N.I. 28.122.571) como Director Nacional de Estrategias

para la Resolución de Conflictos de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y

GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL de la SECRETARIA DE INTEGRACION

NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en un cargo Nivel A -

Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº

2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios. La mencionada

designación se dispone con carácter de excepción a lo dispuesto por el

artículo 7° de la Ley Nº 26.895 y con autorización excepcional por no

reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Título

II, Capítulo III del Convenio citado precedentemente.

Art. 2° — El cargo involucrado

deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección

vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,

Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial

del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado

por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios dentro del plazo de

CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1° de enero de

2014.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las

partidas específicas correspondientes a la Jurisdicción 25 - JEFATURA

DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese,

publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.

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