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ESCUELA MECANICA DE LA ARMADA (ESMA)

Texto vigente a fecha 1970-01-02

ESCUELA DE MECANICA DE LA ARMADA

Decreto 8/98

Trasládase a la Base Naval de Puerto Belgrano.

Bs. As.. 6/1/98

B.O.: 9/1/98

VISTO lo informado por el Señor JEFE DEL ESTADO

MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y lo propuesto por el señor

MINISTRO DE DEFENSA. y

CONSIDERANDO:

Que atento el proceso de reestructuración

integral de la ARMADA ARGENTINA, se han realizado diversos estudios

tendientes a profundizar la racionalización de sus elementos,

como paso previo a la evolución de su orgánica.

Que esos estudios indican la necesidad de homogeneizar

criterios en la enseñanza académica y operacional.

Que la ARMADA ARGENTINA, profundizando el proceso

de cambio y reestructuración en curso, prevé la

reubicación de la ESCUELA DE MECANICA, dando máxima

prioridad a lo operativo y a la concentración del esfuerzo

principal en la BASE NAVAL DE PUERTO BELGRANO.

Que en virtud de lo expuesto, resulta entonces apropiado,

trasladar las instalaciones de la ESCUELA DE MECANICA DE LA ARMADA

de la Ciudad de BUENOS AIRES, a la BASE NAVAL DE PUERTO BELGRANO,

Provincia de Buenos Aires.

Que el contacto con los medios operativos, escuelas,

especializadas, talleres y arsenales de la BASE NAVAL DE PUERTO

BELGRANO, contribuirá a actualizar y facilitar el ciclo

de instrucción y adiestramiento de los aspirantes.

Que el cambio de instalaciones sobredimensionadas,

antiguas y desactualizadas, con alto costo de mantenimiento y

baja eficacia educativa por construcciones más aptas y

modernas, generará importantes ahorros de operación

y funcionamiento.

Que el traslado de la ESCUELA DE MECANICA DE LA ARMADA

tiene un valor simbólico innegable, sustentado en el atan

por dejar atrás las antinomias y asumir las lecciones de

la historia reciente, expresando plenamente la voluntad de conciliación

de los argentinos.

Que destinar al uso público los terrenos que

actualmente ocupa dicha instalación militar y erigir en

dicho aspecto libre un símbolo de la unión nacional

como único propósito, representa un compromiso ético

de convivencia democratice y respeto a la ley.

Que debe dejarse expresamente dispuesto que el traslado

no afecta en modo alguno las instalaciones de la ESCUELA DE GUERRA

NAVAL.

Que para ejecutar lo expresado, resulta necesario

impartir las instrucciones pertinentes a las diversas arcas del

Gobierno Nacional competentes.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado

para dictar el presente acto, en virtud de las atribuciones conferidas

por el artículo 99 incisos 1, 12 y 14 de la Constitución

Nacional.

Por ello.

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Trasládase

las instalaciones de la ESCUELA DE MECANICA DE LA ARMADA de la

Ciudad de Buenos Aires, a la BASE NAVAL DE PUERTO BELGRANO, Provincia

de BUENOS AIRES. en las condiciones que se determinan en el presente.

Art. 2°-Instrúyese

al MINISTERIO DE DEFENSA para que una vez cumplimentados los extremos

presupuestarios necesarios, proceda a la desafectación

del inmueble actualmente sede de la ESCUELA DE MECANICA DE LA

ARMADA y disponga que la ARMADA ARGENTINA efectúe el traslado

de los bienes útiles y la construcción de la nueva

Escuela de Suboficiales de la Armada.

Art. 3°-Instrúyese

al MINISTERIO DE DEFENSA para que realice las tareas necesarias

que permitan destinar al predio mencionado en el artículo

anterior para el único propósito de generar un espacio

verde de uso público y el lugar de emplazamiento de un

símbolo de la unión nacional.

Art. 4°-Déjase

establecido que las previsiones del presente acto no afectaran

en modo alguno a las instalaciones de la ESCUELA DE GUERRA NAVAL.

Art. 5°-Comuníquese,

Publíquese, dése a la Dirección Nacional

del Registro Oficial y Archívese. - MENEM.-Jorge A. Rodríguez