ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2016-01-05
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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**ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA NACIONAL

Decreto 8/2016

Decreto Nº 357/2002. Modificación.**Bs. As., 04/01/2016

VISTO el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y

complementarios y el Decreto Nº 13 del 10 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y complementarios

se aprobaron el organigrama de aplicación de la Administración Nacional

centralizada hasta nivel de Subsecretaria, los objetivos de las

Unidades Organizativas y se establecieron los ámbitos jurisdiccionales

en los que actuarán los organismos descentralizados.

Que por el Decreto Nº 13/15 se sustituyeron el artículo 1º y el Título

V de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus

modificatorias, entre otras, incorporándose el MINISTERIO DE

TRANSPORTE, a través del artículo 21.

Que en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE

TRANSPORTE por el Decreto mencionado en el considerando anterior,

resulta necesario reordenar las responsabilidades de dicha área.

Que una de las premisas del presente gobierno es lograr la utilización

de los recursos públicos tendientes a una mejora sustancial en la

calidad de vida de los ciudadanos, localizando su accionar en la

producción de resultados que sean colectivamente compartidos y

socialmente valorados.

Que se requiere establecer una nueva conformación organizativa de los

niveles políticos del citado Ministerio, basado en criterios de

racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las

demandas de la sociedad.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º - Incorpórese al

Anexo I aprobado por el artículo 1º del

Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 correspondiente al Organigrama

de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de

Subsecretaria, el Apartado XXVIII -MINISTERIO DE TRANSPORTE, de

conformidad con el detalle que se aprueba como Planilla Anexa al

presente artículo.

Art. 2º - Incorpórase al Anexo

II aprobado por el artículo 2º del

Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, correspondiente a los

Objetivos de las Unidades Organizativas, el Apartado XX­ VIII

-MINISTERIO DE TRANSPORTE, de conformidad con el detalle que se aprueba

como Planilla Anexa al presente artículo.

Art. 3º - Incorpórase al Anexo

III aprobado por el artículo 3º del

Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, correspondiente al Ámbito

jurisdiccional en los que actuarán los Organismos Descentralizados, el

Apartado XXVIII - MINISTERIO DE TRANSPORTE, de conformidad con el

detalle que se aprueba como Planilla Anexa al presente artículo.

Art. 4º- Apruébase la

conformación organizativa del MINISTERIO DE

TRANSPORTE que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto.

Art. 5º - Apruébanse las

Responsabilidad Primaria y Acciones de la

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA y de las unidades organizativas que

conforman la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, del

MINISTERIO DE TRANSPORTE, de conformidad con el detalle de la planilla

anexa al presente artículo.

Art. 6º - Transfiérese la

SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES,

de la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, junto con

las partidas presupuestarias, recursos humanos y materiales, a la

órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Art. 7º - Transfiérese la

UNIDAD EJECUTORA de la Obra de Soterramiento

del Corredor Ferroviario CABALLITO - MORENO de la Línea SARMIENTO

creada por el Decreto Nº 1244/13 junto con las partidas

presupuestarias, recursos humanos y materiales, desde el ámbito de la

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del ex MINISTERIO DE PLANIFICACION

FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a la SECRETARIA DE OBRAS DE

TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Art. 8º- Hasta tanto se

aprueben las unidades de nivel inferior a las

aprobadas por el presente Decreto, conservarán su vigencia las

existentes que hayan sido transferidas desde otros ministerios o

secretarias con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y

funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 2098/08.

Art. 9º - Hasta tanto se

perfeccionen las modificaciones

presupuestarias y demás tareas que permitan la plena operatividad de

las Jurisdicciones del presente Decreto, los Servicios Administrativos

Financieros y Legales existentes a la fecha de su firma continuaran

prestando los servicios relativos a la ejecución presupuestaria,

contable, financiera, de compras, de Recursos Humanos y Legales a las

nuevas autoridades ministeriales constituidas

en la presente medida, con cargo a los créditos presupuestarios

vigentes.

Art. 10. - El gasto que demande

el cumplimiento de la presente medida

será atendido con cargo a los créditos de las partidas de origen

asignadas por el Presupuesto General de la Administración Nacional

vigente, facultándose al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las

modificaciones pertinentes.

Art.11.- Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del

Registro Oficial y archívese. - MACRI. - Marcos Peña. - Javier Dietrich.

PLANILLA ANEXA al artículo 1º

XXVIII. MINISTERIO DE TRANSPORTE

SECRETARIA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE

INTERNACIONAL DE PASAJEROS

SECRETARIA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE

SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE

PLANILLA ANEXA al artículo 2º

XXVIII - MINISTERIO DE TRANSPORTE

MINISTERIO DE TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS:

1.

Asistir al Ministro de Transporte efectuando los trámites

administrativos necesarios para la obtención y administración de los

recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro

insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas del

MINISTERIO DE TRANSPORTE.

2.

Asistir al Ministro de Transporte en la formulación y programación

de la ejecución presupuestaria, en la evaluación de su cumplimiento y

en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3.

Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de

leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones o

disposiciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la

actividad sustantiva del Ministerio y supervisar el accionar de los

servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.

4.

Supervisar el desarrollo, implementación y mantenimiento de los

sistemas informáticos y de comunicaciones y sus condiciones de

seguridad.

5.

Coordinar el archivo de la documentación administrativa,

determinando para cada trámite las unidades organizativas del

Ministerio con responsabilidad primaria para entender en el tema

respectivo.

6.

Coordinar en lo atinente a las cuestiones administrativas de las

áreas que conforman el MINISTERIO DE TRANSPORTE las entidades

descentralizadas dependientes del mismo.

7.

Coordinar la aplicación de políticas de recursos humanos,

organización y sistemas administrativos, ordenar la realización de las

investigaciones administrativas que involucren cuestiones

disciplinarias dando lugar a la instrucción de las informaciones

sumarias y sumarios administrativos correspondientes.

MINISTERIO DE TRANSPORTE

SECRETARIA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE

OBJETIVOS:

1.

Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de la políticas

nacionales, planes y proyectos estratégicos en materia de transporte

terrestre, aerocomercial, fluvial y marítimo, actividades portuarias y

vías navegables, supervisando su cumplimiento y proponiendo el marco

regulatorio destinado a facilitar su ejecución.

2.

Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas y

planes de corto, mediano y largo plazo en materia de transporte

internacional, y en la coordinación con los demás países, contemplando

en especial la integración regional sudamericana.

3.

Intervenir en la elaboración e implementación de políticas y planes

en materia de transporte de cargas y logística.

4.

Intervenir en todos los proyectos vinculados al transporte de

pasajeros y de cargas en sus distintas modalidades, ya sea urbano,

metropolitano, regional, nacional e internacional y su evaluación.

5.

Intervenir, en todo cuanto se vincula con la materia de su

competencia, en los programas integrales de desarrollo regional

promovidos por el Gobierno Nacional.

6.

Intervenir en la elaboración de políticas en materia de seguridad en

el transporte.

7.

Integrar la Agencia de Transporte Metropolitano e intervenir

respecto de la planificación y coordinación del transporte del Área

Metropolitana de Buenos Aires.

8.

Entender en las relaciones que se establezcan con otras

jurisdicciones del Gobierno Nacional, Provincial y Municipal y Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en materia de movilidad urbana sustentable.

9.

Entender en el desarrollo de recursos técnicos y en el

fortalecimiento de capacidades institucionales en materia de transporte.

10.

Entender en forma conjunta con el MINISTERIO DE TURISMO en la

elaboración, ejecución y coordinación de la política nacional de

navegación aerocomercial relacionada con el área del Turismo.

11.

Asistir al MINISTRO DE TRANSPORTE respecto de la interacción del

ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, la COMISION

NACIONAL DE REGULACION DE TRANSPORTE, la ADMINISTRACION NACIONAL DE

AVIACION CIVIL, la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, FERROCARRILES

ARGENTINOS, la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA, la

SOCIEDAD OPERADORA FERROVIARIA SE, BELGRANO CARGAS y la JUNTA DE

INVESTIGACION DE ACCIDENTES DE AVIACION CIVIL con el PODER EJECUTIVO

NACIONAL, en lo que refiere a la planificación del transporte.

12.

Celebrar convenios con las Provincias, Municipios, Ciudad Autónoma

de Buenos Aires y otras entidades para el desarrollo de programas y

acciones en materia de su competencia.

13.

Supervisar la administración del inventario de proyectos de

inversión asociados de transporte de cargas y logística.

MINISTERIO DE TRANSPORTE

SECRETARIA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE

SUBSECRETARIA DE MOVILIDAD URBANA

OBJETIVOS:

1.

Coordinar y supervisar la elaboración y ejecución de las políticas

públicas de movilidad urbana sustentable.

2.

Intervenir en el análisis y evaluación de la distribución del

financiamiento para proyectos de movilidad urbana sustentable.

3.

Efectuar el seguimiento y análisis de la relación entre la Nación,

las Provincias, los Municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en

materia de transporte y movilidad urbana sustentable para aquellas

jurisdicciones que reciban apoyo para el desarrollo de proyectos en la

materia.

4.

Coordinar la evaluación del gasto, colaborando en el diagnóstico y

seguimiento permanente de su impacto sobre las condiciones de vida de

la población en materia de movilidad urbana sustentable, tanto como

para las áreas urbanas o metropolitanas, como para su entorno regional.

5.

Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación institucional,

nacional y sectorial en la materia de su competencia, fomentando el

desarrollo de proyectos de integración territorial.

6.

Asistir al Secretario de Planificación de Transporte en la

coordinación del Plan Nacional de Transporte, para la definición

estratégica del financiamiento de los proyectos que se en las políticas

de movilidad urbana sustentable.

7.

Evaluar las prioridades en la gestión del financiamiento de la

movilidad urbana sustentable, y coordinar las relaciones con las

fuentes locales de financiamiento y con los Organismos Internacionales

de Crédito.

MINISTERIO DE TRANSPORTE

SECRETARIA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE

SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y COORDINACION DE TRANSPORTE

OBJETIVOS:

1.

Intervenir en la formulación, seguimiento y actualización del Plan

Nacional de Transporte, incluyendo políticas y estrategias para la

totalidad de los modos que conforman el sistema de transporte.

2.

Asistir al Secretario de Planificación de Transporte en la propuesta

de los Planes Nacionales para cada modo de transporte, su evaluación y

revisión.

3.

Asistir en la propuesta de diseño de la política presupuestaria de

la Jurisdicción.

4.

Asistir en la formulación y seguimiento de la política de seguridad

en el transporte.

5.

Intervenir en la elaboración e implementación de metodologías para

el análisis de sistemas de transporte.

6.

Intervenir en el diseño, implementación y actualización de sistemas

de información estadística e indicadores del transporte.

7.

Asistir al Secretario de Planificación de Transporte en las

relaciones que se establezcan con otras jurisdicciones del Gobierno

Nacional, Provincias, Municipios y Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

8.

Intervenir en la formulación de programas de capacitación de los

agentes de la Secretaría de Planificación de Transporte sobre temas de

su competencia, en coordinación con las áreas de gestión del desarrollo

de los recursos humanos.

9.

Asistir al Secretario de Planificación de Transporte en su

interacción con los distintos actores no gubernamentales del sistema de

transporte.

10.

Asistir a la Agencia de Transporte Metropolitano en materia de

planificación y coordinación del sistema de transporte metropolitano.

MINISTERIO DE TRANSPORTE

SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE

SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE DE CARGAS Y LOGÍSTICA

OBJETIVOS:

1.

Asistir al Secretario de Planificación de Transporte en la

formulación del Plan Nacional de Transporte en lo referido a transporte

de cargas y logística.

2.

Intervenir en las propuestas de lineamientos estratégicos para el

Sub Sector de Cargas y Logística, contemplando el transporte nacional e

internacional, terrestre, aéreo, fluvial, marítimo y por ductos, así

como con las actividades colaterales relevantes.

3.

Asistir en el diseño de medidas y acciones necesarias para alcanzar

los objetivos y metas comprendidos en la Planificación del Transporte

de Cargas y Logística.

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