ACUERDOS

Rango Decreto
Publicación 2023-01-06
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

ACUERDOS

Decreto 8/2023

DCTO-2023-8-APN-PTE - Homologación.

Ciudad de Buenos Aires, 05/01/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-76699921-APN-DNRYRT#MT, la Ley N°

11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley N°

18.753, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la

Administración Pública Nacional N° 24.185, la Ley Marco de Regulación

de Empleo Público Nacional N° 25.164, la Ley N° 27.591 de Presupuesto

General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, vigente

conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los

Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus

modificatorias, en los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre

de 2021, el Decreto N° 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio

Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional,

homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus

modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el

Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad

(Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y Personal del Instituto de Obra Social

de las Fuerzas Armadas (IOSFA ex-IOSE), homologado por el Decreto N°

2539 del 24 de noviembre de 2015 y sus modificatorios y el Acta Acuerdo

de fecha 28 de julio de 2022 de la Comisión Negociadora del citado

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.185 establece el régimen aplicable a las negociaciones

colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y

sus empleados y empleadas e instituye al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO

Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de Aplicación.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo

normativo, se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo

de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las

Fuerzas Armadas y de Seguridad y Personal del Instituto de Obra Social

de las Fuerzas Armadas (IOSFA – ex-IOSE), homologado por el Decreto N°

2539/15, conforme surge del Acta Acuerdo del 28 de julio de 2022.

Que las partes, en el marco previsto en el artículo 6° de la Ley N°

24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y normas

complementarias, proponen prorrogar hasta el 31 de octubre de 2022,

inclusive, la fecha de la Cláusula Sexta del Acta Acuerdo de fecha 28

de abril de 2017, homologada por el Decreto Nº 1091/17 y

modificatorios, que fuera prorrogada hasta el 30 de julio de 2022

mediante el Acta de fecha 30 de julio de 2021, homologada por Decreto

N° 756/21.

Que sobre el control de legalidad cabe puntualizar que la Autoridad

Administrativa de Aplicación tomó la intervención prevista en los

artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la Ley N° 24.185 y su

Decreto Reglamentario N° 447/93.

Que el mencionado Acuerdo cumple los requisitos del artículo 11 de la referida Ley N° 24.185.

Que se cumplimentaron las intervenciones prescriptas por el artículo

79, segundo párrafo y 80, inciso b) del Convenio Colectivo de Trabajo

General para la Administración Pública Nacional, homologado por el

Decreto N° 214/06.

Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO

ha emitido el correspondiente dictamen sin formular objeción alguna.

Que la COMISIÓN PERMANENTE DE APLICACIÓN Y RELACIONES LABORALES

(CoPAR), mediante su intervención, concluyó que las disposiciones

contenidas en el Acta Acuerdo son compatibles con las previsiones del

mencionado Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración

Pública Nacional.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE

TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le

compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de

los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley

N° 24.185.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Homológase el Acta Acuerdo de fecha 28 de julio de 2022

de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial

para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de

Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y Personal del Instituto de

Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA ex-IOSE), homologado por el

Decreto N° 2539/15, que como ANEXO (IF-2022-95902229-APN-DALSP#MT)

forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA

SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO para dictar las normas aclaratorias y

complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - E/E Juan Cabandie

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/01/2023 N° 828/23 v. 06/01/2023

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

[IMG]

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días del mes de julio del año 2022, siendo las 12:00 horas, convocada por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN,

ante el Dr. Agustín Hernán CARUGO, Director de Análisis Laboral del

Sector Público, acompañado por el Dr. Lisandro Juan AYASTUY Secretario

de Conciliación, en el marco de la Comisión Negociadora del Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil

de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y Personal del Instituto de Obra

Social de las Fuerzas Armadas, COMPARECEN: por laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,

la Sra. SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, Dra. Ana G. CASTELLANI,

acompañada por las Sras. Paula RECALDE POLARI y Mariela LIUNI y por la

SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA, el Lic. Marcelo ROMANO,

por elMINISTERIO DE ECONOMÍA, el Dr. Jorge CARUSO, por el MINISTERIO DE SEGURIDAD el Sr. Gabriel BRUNO acompañado por la Sra. Violeta NAGASE y por el MINISTERIO DE DEFENSA

los Sres. Héctor MAZZEI, acompañado por Sres. Fabián SANCHEZ y Facundo

ZAVALLA, todos ellos por el Estado Empleador; y por la Parte Gremial,

en representación de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN),

el Sr. Diego GUTIERREZ, acompañado por los Sres. Daniel CARGOU y Jorge

ALMIRON y la Sra. Maria Eugenia FERNANDEZ, y el Sr. Hugo SPAIRANI en su

carácter de asesor, y en representación de la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE)el Sr. Flavio VERGARA, acompañado por los Sres. Lucas PRIETO, Rubén LOPEZ, Dabel ROBLIN y la Sra. Marcela CHAVEZ, por la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UPECIFA) los Sres. Cesar Damián MARCANTONIO, Eduardo MARCANTONIO, Lucio ALBA y Juan Carlos FRAGUGLIA.

Declarado abierto el acto por los funcionarios actuantes,

se celebra la presente audiencia de forma virtual, cediéndose la

palabra a la representación del Estado Empleador quien MANIFIESTA: Que

se propone prorrogar hasta el 31 de octubre de 2022 inclusive, la fecha

de la Cláusula Sexta del Acta Acuerdo de fecha 28 de abril del 2017,

homologada por el Decreto N° 1091/17 y modificatorios, que fuere

prorrogada hasta el 30 de julio de 2022 mediante el Acta de fecha 30 de

julio de 2021 homologada por Decreto N° 756/2021

Cedida la palabra a las representaciones Sindicales en su conjunto

quienes MANIFIESTAN: Que aceptan la prorroga propuesta por el estado

Empleador.

Posteriormente en el uso de la palabra la representación de ATE MANIFIESTA: Que también se manifestara por acta complementaria.

Posteriormente en el uso de la palabra la representación de UPECIFA

MANIFIESTA; Que también se manifestara por acta complementaria.

En este estado, la Autoridad de Aplicación hace saber a las partes que

atento y conforme lo manifestado precedentemente por las

representaciones, se tiene por acordada la citada prórroga.

La Autoridad de Aplicación además hace saber que el acuerdo suscripto

se instrumentara y perfeccionara mediante documento electrónico por

plataforma GDE para la firma conjunta del mismo.

Asimismo, dicha acta atento a la habilitación de los permisos para la

firma en forma remota del presente documento a través del Sistema de

Gestión Documental Electrónica, la fecha que se asigna al presente

documento refiere a su suscripción digital, mientras que la fecha y

hora de la reunión resulta la consignada en el encabezamiento del acta.

Se deja constancia asimismo que quienes realizan la suscripción digital

del presente documento, lo hacen desde su respectiva repartición, y

deberá tenerse en cuenta la representación que se detalla en el

encabezado de cada parte.

No siendo para más, se da por finalizado el presente acto realizado en

los términos de la Ley N° 24.185, previa lectura y ratificación del

mismo ante los funcionarios actuantes que así lo CERTIFICAN.-

[IMG]

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.