ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
**ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL**
Decreto 8/2024
**DECTO-2024-8-APN-PTE - Decreto Nº
50/2019. Modificación.**
Ciudad de Buenos Aires, 02/01/2024
VISTO el Expediente N° EX-2023-150748610- -APN-SCBCYTI#MSG, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de
marzo de 1992 y sus modificatorios), el Decreto Nº 50 del 19 de
diciembre de 2019 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 8/23 se modificó en último término la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) estableciendo los
Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la
Nación y las Secretarías de Presidencia necesarias para posibilitar la
actividad del Presidente de la Nación.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que atento las modificaciones introducidas en la Ley de Ministerios
resulta necesario transferir las unidades organizativas, créditos,
bienes, cargos y dotación de las mismas dependientes de la
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS, dependiente de la SECRETARÍA
DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA, a la órbita del MINISTERIO DE
SEGURIDAD.
Que en virtud de las atribuciones dispuestas por el citado Decreto N°
8/23, deviene necesario transferir diversos organismos actuantes en la
órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA al MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que, asimismo, resulta necesario reordenar el Organigrama de
Aplicación, los Objetivos y el ámbito jurisdiccional de actuación de
organismos desconcentrados y descentralizados del MINISTERIO DE
SEGURIDAD.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Transfiérense las unidades organizativas, como así
también los créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes,
como así también el personal con sus respectivos cargos y niveles
escalafonarios, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha
de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS, dependiente de la
SECRETARÍA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA, a la órbita del
MINISTERIO DE SEGURIDAD.
ARTÍCULO 2º.- Transfiérese la DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO
PENITENCIARIO FEDERAL, organismo desconcentrado del MINISTERIO DE
JUSTICIA, a la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
ARTÍCULO 3º.- Transfiérese la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES
CONTROLADOS (ANMAC), organismo descentralizado actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE JUSTICIA, a la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
ARTÍCULO 4º.- Sustitúyese del ANEXO I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado XV, MINISTERIO DE SEGURIDAD, por
el siguiente:
“XV.- MINISTERIO DE SEGURIDAD
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL
- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN FEDERAL Y ARTICULACIÓN LEGISLATIVA
SECRETARÍA DE SEGURIDAD
- SUBSECRETARÍA DE INTERVENCIÓN FEDERAL
- SUBSECRETARÍA DE DESPLIEGUE TERRITORIAL
SECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA
- SUBSECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO
- SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL”.
ARTÍCULO 5º.- Sustitúyese del ANEXO II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado XV, MINISTERIO DE SEGURIDAD, por el obrante
en la PLANILLA ANEXA (IF-2023-152335512-APN-SCBCYTI#MSG) al presente
artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 6º.- Sustitúyese del ANEXO III -Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el apartado XV, MINISTERIO DE SEGURIDAD, por
el siguiente:
“XV – MINISTERIO DE SEGURIDAD
Organismos Desconcentrados
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
POLICÍA FEDERAL ARGENTINA
GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA
DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL
Organismos Descentralizados
AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS (ANMAC)
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL
Empresas y Entes del Sector Público Nacional
SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA
DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL
DIRECCIÓN DE OBRA SOCIAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL”.
ARTÍCULO 7º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales
existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente
mantendrán las acciones, dotaciones y personal con sus respectivos
cargos, niveles, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 8º.- Las transferencias que se disponen por los artículos 2° y
3º de la presente medida comprenden las unidades organizativas, como
así también los créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes
a la fecha y el personal con sus respectivos cargos y niveles
escalafonarios, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 9º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias
correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas
por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos
presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Nicolás Posse
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/01/2024 N° 205/24 v. 03/01/2024
(*Nota
Infoleg:**
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)*
**PLANILLA
ANEXA AL ARTÍCULO 5°**
(ANEXO II)
XV.- MINISTERIO DE SEGURIDAD
UNIDAD GABINETE DE ASESORES
OBJETIVOS
Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.
Asistir al Ministro en el diseño, desarrollo e implementación de las
políticas del Ministerio y de las Fuerzas Policiales y de Seguridad
Federales.
Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a
dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por el
Ministro.
Asistir al Ministro en las cuestiones vinculadas a los aspectos
logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones
institucionales.
Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como
lo atinente a la difusión de las acciones, el desarrollo e
implementación de diseño web y contenidos digitales de la Jurisdicción.
Asistir al Ministro en todo lo concerniente a las relaciones
institucionales, ceremonial y protocolo.
Asistir al Ministro en la elaboración de políticas y estrategias,
dentro de las competencias del Ministerio y de las Fuerzas de Seguridad
Federales, para la conjuración e investigación de delitos apoyados en
las tecnologías de información y las comunicaciones (TICs) y de los
asuntos cibernéticos de seguridad.
Asistir al Ministro en las funciones inherentes a la Ley de
Inteligencia Nacional N° 25.520 y sus modificatorias.
Asistir al Ministro en el planeamiento estratégico, la gestión y el
seguimiento institucional de las competencias asignadas al Ministerio.
Asistir al Ministro en la formulación de las políticas de
cooperación internacional en materia de seguridad.
Asistir al Ministro en todos los aspectos relacionados con el
diseño de políticas de bienestar del personal policial, transparencia,
legalidad, ética, integridad y profesionalismo de los agentes de las
Fuerzas Policiales y de Seguridad dependientes del Ministerio.
Elaborar las políticas de gestión conducentes para el bienestar del
personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, procurando
la atención de la salud física y mental del personal y de su grupo
familiar.
Supervisar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de la
Ley de Ética Pública, del Código de Ética de la Función Pública, del
Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley
y de los protocolos y normativas de las Fuerzas Policiales y de
Seguridad Federales, normativas nacionales y normas del Derecho
Internacional de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.
Aprobar nuevos modelos y procedimientos de prevención, control,
transparencia y evaluación del desempeño operativo, gestión y práctica
policial de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.
Asistir al Ministro en la articulación con los distintos fueros de
los Poderes Judiciales Nacional, Provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES, a los efectos de brindar las respuestas necesarias a
los requerimientos efectuados por los Poderes Judiciales y los
Ministerios Públicos Fiscales.
Prestar asistencia técnica a las instituciones judiciales y al
Ministerio Público, en los casos en que el ESTADO NACIONAL, provincial
o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES actúen como auxiliares de la
Justicia.
Colaborar con el MINISTERIO DE JUSTICIA en los proyectos que
propongan cuestiones atinentes a la reforma judicial en el área de su
competencia.
Atender el régimen disciplinario y de control de las Fuerzas
Policiales y de Seguridad Federales.
Intervenir en el control policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD
AEROPORTUARIA, en el marco de lo establecido por el capítulo VIII, del
título II de la ley N° 26.102.
MINISTERIO DE SEGURIDAD
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS
OBJETIVOS
Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en el estudio y
elaboración de proyectos de reforma y actualización legislativa y en lo
concerniente al seguimiento del trámite parlamentario de los mismos.
Asistir al Ministro en la elaboración de políticas, programas y
propuestas de reforma en materia penitenciaria y ejecución penal,
incluyendo estudios e investigaciones en materia penitenciaria y de
readaptación social.
Intervenir en la administración y funcionamiento del SERVICIO
PENITENCIARIO FEDERAL y coordinar las acciones con los servicios
penitenciarios provinciales y el Consejo Federal Penitenciario.
Asistir al Ministro en el relevamiento y diagnóstico de la
infraestructura de las Unidades Penitenciarias Federales y en el
diagnóstico de las necesidades de construcción, readecuación y
ampliación de establecimientos y unidades carcelarias federales.
Asistir al Ministro en el diagnóstico de las necesidades de
mantenimiento y reparación de los establecimientos carcelarios y
unidades dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.
Entender, a través de las áreas competentes de la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, en la contratación y ejecución de
obras de reparación y mantenimiento de edificios e instalaciones, en
coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA.
Asistir al Ministro en la elaboración de contenidos a incluir en los
Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Cláusulas Especiales y
Especificaciones Técnicas, como así también en la elaboración de los
Cómputos y del Presupuesto para la contratación de obras y equipamiento
de los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del
SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, en coordinación con las áreas
competentes del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.
Asistir técnicamente en la etapa de evaluación técnica de las
ofertas correspondientes al proceso de contratación de bienes y
equipamiento móvil para los establecimientos carcelarios y unidades
dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, en coordinación con
las unidades competentes del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.
Prestar asistencia técnica en materia de monitoreo y supervisión de
las obras penitenciarias, en coordinación con las unidades competentes
del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.
MINISTERIO DE SEGURIDAD
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
Dirigir el diseño, coordinación e implementación de las políticas
administrativas, presupuestarias y financieras de los Servicios
Administrativos Financieros de la Jurisdicción.
Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y
administrativo de los Servicios Administrativos Financieros del
Ministerio.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero, con excepción de los que por su especificidad
sustantiva corresponden a la gestión de otras unidades programáticas.
Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos
del Ministerio.
Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.
Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y
disciplinarios del Ministerio.
Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las
contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y
demás adquisiciones efectuadas por los Servicios Administrativos
Financieros del Ministerio.
Entender en la ejecución operativa y en los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la Jurisdicción.
Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo del Ministerio.
Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,
de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e
inmuebles y servicios del Ministerio.
Entender en la administración y coordinación de los sistemas y
recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones de la
jurisdicción.
Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de
la información que se desarrollen en el ámbito de la Jurisdicción, de
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