ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 81/2025
DECTO-2025-81-APN-PTE - Decreto Nº 50/2019. Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 11/02/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-00695823-APN-SCA#MSG, la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de
marzo de 1992) y sus modificatorias, los Decretos N° 50 del 19 de
diciembre de 2019 y sus modificatorios, 888 del 7 de octubre de 2024,
1103 del 17 de diciembre de 2024, 1136 del 27 de diciembre de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N°
438/92) y sus modificatorias se establecieron los Ministerios que
tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y las
Secretarías de Presidencia necesarias para posibilitar las actividades
del Presidente de la Nación.
Que por el Decreto N° 1136/24 se constituyó al MINISTERIO DE SEGURIDAD
NACIONAL en la Autoridad Nacional de Aplicación de la Ley del Manejo
del Fuego Nº 26.815.
Que atento que la precitada competencia, previo al dictado del decreto
citado en el considerando precedente, se había asignado al Jefe de
Gabinete de Ministros, hasta tanto se efectuaran las adecuaciones
presupuestarias correspondientes la administración del Fondo Nacional
del Manejo del Fuego, continuó a cargo de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas
afectadas por la presente medida el Servicio Administrativo Financiero
correspondiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS continuará
brindando el soporte administrativo y financiero al Servicio Nacional
de Manejo del Fuego conforme las instrucciones que imparta el
MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, en su calidad de Autoridad de
Aplicación de la Ley Nº 26.815.
Que por el Decreto N° 1103/24 se aprobó la estructura organizativa de
primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, entre cuyas unidades se encuentra la DIRECCIÓN NACIONAL DE
MANEJO DEL FUEGO y sus unidades dependientes.
Que por el Decreto Nº 888/24, se disolvió el Fondo Fiduciario
denominado “FONDO NACIONAL DE EMERGENCIAS”, creado por el artículo 17
de la Ley Nº 27.287 y su modificatoria.
Que en virtud de lo dispuesto por las precitadas normas resulta
necesario adecuar el Organigrama de Aplicación y los Objetivos de las
mencionadas jurisdicciones, así como transferir la DIRECCIÓN NACIONAL
DE MANEJO DEL FUEGO y sus unidades dependientes de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS al MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL del MINISTERIO DE
DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO y la OFICINA NACIONAL DE
PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, han tomado la
intervención que les compete.
Que han tomado intervención los servicios de asesoramiento jurídico competentes.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado XV, MINISTERIO DE SEGURIDAD
NACIONAL, por el siguiente:
“XV.- MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL
- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN FEDERAL Y ARTICULACIÓN LEGISLATIVA
- SUBSECRETARÍA DE APOYO FEDERAL A EMERGENCIAS
SECRETARÍA DE SEGURIDAD NACIONAL
- SUBSECRETARÍA DE INTERVENCIÓN FEDERAL
- SUBSECRETARÍA DE DESPLIEGUE TERRITORIAL
SECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA
- SUBSECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO
- SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL”
ARTÍCULO 2º.- Suprímense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado V TER, VICEJEFATURA DE GABINETE DEL
INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Objetivo 31 de la
SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES y el Objetivo 18 de su
dependiente SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE.
ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado VIII.- MINISTERIO DE DEFENSA, el
Objetivo 11 de la SECRETARÍA DE ASUNTOS INTERNACIONALES PARA LA DEFENSA
por el siguiente:
“11. Articular con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO y con la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, organismo
desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD
NACIONAL, la participación de representantes del Estado Mayor Conjunto
y de las Fuerzas Armadas en las acciones para contribuir al
mantenimiento del Atlántico Sur como zona de paz y cooperación.”
ARTÍCULO 4º.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado XV.- MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, de
conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente
artículo (IF-2025-13908341-APN-MSG), que forma parte integrante del
presente decreto.
ARTÍCULO 5º.- Sustitúyese en el Anexo III - Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados
aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado XV.- MINISTERIO DE SEGURIDAD
NACIONAL de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al
presente artículo (IF-2025-13908242-APN-MSG), que forma parte
integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 6°.- Transfiérense la DIRECCIÓN NACIONAL DE MANEJO DEL FUEGO y
sus unidades dependientes de la SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE de la
SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES, dependiente de la
VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, a la SUBSECRETARÍA DE APOYO FEDERAL A EMERGENCIAS de la
SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL.
La precitada transferencia comprende las unidades organizativas que le
dependen a dicha Dirección Nacional, como así también los créditos
presupuestarios, bienes, personal y dotaciones vigentes a la fecha y el
personal con su actual situación de revista y los Niveles de Funciones
Ejecutivas previstos en el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.
ARTÍCULO 7º.- Desde el dictado del Decreto N° 1136/24 y hasta tanto se
efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la
administración del Fondo Nacional del Manejo del Fuego continuará a
cargo del Servicio Administrativo Financiero correspondiente de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el que brindará el soporte
administrativo y financiero al Servicio Nacional de Manejo del Fuego
conforme las instrucciones que imparta el MINISTERIO DE SEGURIDAD
NACIONAL en su calidad de Autoridad de Aplicación de la Ley N° 26.815.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese cuenta a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Guillermo Francos - Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/02/2025 N° 7526/25 v. 12/02/2025
(*Nota
Infoleg:**
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)*
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 4°
(ANEXO II)
XV.- MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
UNIDAD GABINETE DE ASESORES
OBJETIVOS
Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.
Asistir al Ministro en el diseño, desarrollo e implementación de las
políticas del Ministerio y de las Fuerzas Policiales y de Seguridad
Federales.
Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a
dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por el
Ministro.
Asistir al Ministro en las cuestiones vinculadas a los aspectos
logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones
institucionales.
Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como
lo atinente a la difusión de las acciones, el desarrollo e
implementación de diseño web y contenidos digitales de la Jurisdicción.
Asistir al Ministro en todo lo concerniente a las relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.
Asistir al Ministro en la elaboración de políticas y estrategias,
dentro de las competencias del Ministerio y de las Fuerzas de Seguridad
Federales, para la conjuración e investigación de delitos apoyados en
las tecnologías de información y las comunicaciones (TICs) y de los
asuntos cibernéticos de seguridad.
Asistir al Ministro en las funciones inherentes a la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520 y sus modificatorias.
Asistir al Ministro en el planeamiento estratégico, la gestión y el
seguimiento institucional de las competencias asignadas al Ministerio.
Asistir al Ministro en la formulación de las políticas de cooperación internacional en materia de seguridad.
Asistir al Ministro en todos los aspectos relacionados con el
diseño de políticas de bienestar del personal policial, transparencia,
legalidad, ética, integridad y profesionalismo de los agentes de las
Fuerzas Policiales y de Seguridad dependientes del Ministerio.
Elaborar las políticas de gestión conducentes para el bienestar del
personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, procurando
la atención de la salud física y mental del personal y de su grupo
familiar.
Supervisar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de la
Ley de Ética Pública, del Código de Ética de la Función Pública, del
Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley
y de los protocolos y normativas de las Fuerzas Policiales y de
Seguridad Federales, normativas nacionales y normas del Derecho
Internacional de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.
Aprobar nuevos modelos y procedimientos de prevención, control,
transparencia y evaluación del desempeño operativo, gestión y práctica
policial de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.
Asistir al Ministro en la articulación con los distintos fueros de
los Poderes Judiciales Nacional, Provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES, a los efectos de brindar las respuestas necesarias a
los requerimientos efectuados por los Poderes Judiciales y los
Ministerios Públicos Fiscales.
Prestar asistencia técnica a las instituciones judiciales y al
Ministerio Público, en los casos en que el ESTADO NACIONAL, provincial
o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES actúen como auxiliares de la
Justicia.
Colaborar con el MINISTERIO DE JUSTICIA en los proyectos que
propongan cuestiones atinentes a la reforma judicial en el área de su
competencia.
Atender el régimen disciplinario y de control de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.
Intervenir en el control policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD
AEROPORTUARIA, en el marco de lo establecido por el capítulo VIII, del
título II de la ley N° 26.102.
Asistir al Ministro en los asuntos relativos al PROGRAMA NACIONAL DE PROTECCIÓN A TESTIGOS E IMPUTADOS.
Dirigir el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las
previsiones establecidas en la Ley N° 27.275, actuando como responsable
de acceso del Ministerio ante la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
PÚBLICA.
MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS
OBJETIVOS
Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en el estudio y
elaboración de proyectos de reforma y actualización legislativa y en lo
concerniente al seguimiento del trámite parlamentario de los mismos.
Asistir al Ministro en la elaboración de políticas, programas y
propuestas de reforma en materia penitenciaria y ejecución penal,
incluyendo estudios e investigaciones en materia penitenciaria y de
readaptación social.
Intervenir en la administración y funcionamiento del SERVICIO
PENITENCIARIO FEDERAL y coordinar las acciones con los servicios
penitenciarios provinciales y el Consejo Federal Penitenciario.
Asistir al Ministro en el relevamiento y diagnóstico de la
infraestructura de las Unidades Penitenciarias Federales y en el
diagnóstico de las necesidades de construcción, readecuación y
ampliación de establecimientos y unidades carcelarias federales.
Asistir al Ministro en el diagnóstico de las necesidades de
mantenimiento y reparación de los establecimientos carcelarios y
unidades dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.
Entender, a través de las áreas competentes de la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, en la contratación y ejecución de
obras de reparación y mantenimiento de edificios e instalaciones, en
coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Asistir al Ministro en la elaboración de contenidos a incluir en los
Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Cláusulas Especiales y
Especificaciones Técnicas, como así también en la elaboración de los
Cómputos y del Presupuesto para la contratación de obras y equipamiento
de los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del
SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, en coordinación con las áreas
competentes del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Asistir técnicamente en la etapa de evaluación técnica de las
ofertas correspondientes al proceso de contratación de bienes y
equipamiento móvil para los establecimientos carcelarios y unidades
dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, en coordinación con
las unidades competentes del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Prestar asistencia técnica en materia de monitoreo y supervisión de
las obras penitenciarias, en coordinación con las unidades competentes
del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
Dirigir el diseño, coordinación e implementación de las políticas
administrativas, presupuestarias y financieras de los Servicios
Administrativos Financieros de la Jurisdicción.
Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y
administrativo de los Servicios Administrativos Financieros del
Ministerio.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero, con excepción de los que por su especificidad
sustantiva corresponden a la gestión de otras unidades programáticas.
Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos del Ministerio.
Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.
Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios del Ministerio.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.