EXENCION DE GRAVAMENES

Rango Decreto
Publicación 1997-08-26
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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EXENCION DE GRAVAMENES

Decreto 812/97

**Exímese del pago del derecho de importación y

demás gravámenes a los productos originarios y procedentes

de los países participantes en el evento "VIII Congreso

Mundial de Ultrasonográfia en Medicina y Biología".**

Bs. As., 21/8/97

B.O: 26/8/97

VISTO el Expediente Nº 031-002167/96 del Registro del MINISTERIO

DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma CONGRESOS INTERNACIONALES S.A. solicita la exención

del pago del derecho de importación y demás tributos

que gravan la importación para consumo de los libros, catálogos,

folletos, objetos promocionales tales como portafolios, libros

de resúmenes, ponencias, biromes y otras formas de propaganda

originarios y procedentes de los países participantes en

el evento "VIII CONGRESO MUNDIAL DE ULTRASONOGRAFIA EN MEDICINA

Y BIOLOGIA", a realizarse en la Ciudad de BUENOS AIRES (REPUBLICA

ARGENTINA), del 1 al 5 de setiembre de 1997.

Que la realización de esta muestra acrecentará el

intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro

país con los demás países participantes.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA

Y OBRAS Y SERVCIOS PUBLICOS ha tomado la debida intervención,

opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas

al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el artículo 5º, inciso

s), de la Ley Nº 20.545 incorporado por su similar Nº

21.450 y mantenido por el artículo 4º de la Ley Nº

22.792 en lo que hace a la exención de los tributos que

gravan a la importación para consumo.

Por ello.

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Exímese del pago del derecho

de importación, del impuesto al valor agregado, de los

impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística

X comprobación de destino, que gravan la importación

para consumo de los libros, catálogos, folletos, objetos

promocionales tales como portafolios, libros de resúmenes,

libros de ponencias, biromes y otras formas de propaganda originarios

y procedentes de los países participantes en el evento

"VIII CONGRESO MUNDIAL DE ULTRASONOGRAFIA EN MEDICINA Y BIOLOGIA",

a realizarse en la Ciudad de BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA)

del 1 al 5 de setiembre de 1997, para su exhibición y/u

obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo

de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) por país

participante, tomando como base de cálculo valores FOB.

Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge

A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.