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SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Texto vigente a fecha 1970-01-02

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

Decreto 823/2017

Facultades.

Ciudad de Buenos Aires, 13/10/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-22620536-APN-DSGA#SLYT, los Decretos

Nros. 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, y 78 del 20

de enero de 2000 y sus modificatorios y,

CONSIDERANDO:

Que por el referido Decreto Nº 357/02, entre otros aspectos, se aprobó

el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional

centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, y los objetivos de las

unidades organizativas determinadas en dicho organigrama, entre ellos,

los correspondientes a la SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA

DE LA NACIÓN.

Que por el Decreto Nº 78/00 y sus modificatorios se aprobó la

estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA

LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que, entre las unidades organizativas aprobadas por el decreto citado

en el considerando que antecede, se encuentra la UNIDAD DE AUDITORIA

INTERNA.

Que, en esta instancia y con motivo de la necesidad de la aprobación de

la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la referida

Unidad, resulta necesario facultar al titular de la SECRETARIA LEGAL Y

TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a incorporar a dicha estructura

UN (1) cargo de conducción.

Que la DIRECCIÓN DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE

COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones

emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Facúltase al titular de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a aprobar, previa intervención de la

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE

DE MINISTROS, la estructura organizativa de segundo nivel operativo de

la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA, la que deberá prever un máximo de UN

(1) cargo, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP),

correspondiente al CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL

homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios, el que a través

de dicho acto será incorporado en el Nomenclador de Funciones

Ejecutivas de la Jurisdicción, con Nivel III (Responsable de Auditoría).

ARTÍCULO 2°.- Asígnase a la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN la cantidad de UN (1) cargo vacante de planta

permanente de la reserva de cargos aprobada por el artículo 2º de la

Decisión Administrativa Nº 284 del 5 de mayo de 2017 y detallada en el

Anexo II (IF-2017-08148952-APN-MM) de dicha medida, en los términos del

artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de

2017, para ser aplicado a la estructura organizativa cuya aprobación se

autoriza por el artículo 1° del presente decreto, correspondiendo

asignarle Nivel B, según lo dispuesto en el artículo 20 del Anexo al

Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios, conforme Planilla Anexa al

presente artículo (IF-2017-24088765-APN-DGA#SLYT), que forma parte

integrante la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente

medida será imputado a las partidas específicas del presupuesto vigente

para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 20.02 SECRETARÍA LEGAL Y

TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

e. 17/10/2017 N° 78928/17 v. 17/10/2017

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: Anexos)*