MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Rango Decreto
Publicación 2014-06-09
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decreto 831/2014

Declárase de Interés Nacional la participación argentina en la “Expo Milano 2015”.

Bs. As., 2/6/2014

VISTO el Expediente Nº 40.505/2013 del Registro del MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto

ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, el Decreto Nº 901

de fecha 7 de junio de 2012, y el Decreto Nº 280 de fecha 23 de febrero

de 1995 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que a través del expediente citado en el Visto, se tramitó la

invitación que el Gobierno de la REPUBLICA ITALIANA formuló a la

REPUBLICA ARGENTINA a participar en la “EXPO MILANO 2015”, a celebrarse

entre el 1° de mayo y el 31 de octubre de 2015 en la Ciudad de Milán,

REPUBLICA ITALIANA, con el lema “Alimentar el planeta, Energía para la

vida”, y se concretó la firma del Contrato de Participación en la

citada Exposición.

Que la mencionada Exposición es regulada por la Oficina Internacional

de Exposiciones (BIE), Organización Internacional con sede en la Ciudad

de París, REPUBLICA FRANCESA, creada por la Convención relativa a las

Exposiciones Internacionales de 1928, con el fin de supervisar el

calendario, realizar la selección de las sedes y llevar adelante la

organización de exposiciones mundiales e internacionales.

Que la REPUBLICA ARGENTINA adhirió a dicha Convención el 7 de diciembre de 1982.

Que, de acuerdo a lo dispuesto por los incisos 3, 16 y 21 del Artículo

18 de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº

438/92) y sus modificaciones, compete al MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES Y CULTO entender, desde el punto de vista de la política

exterior, en la participación en reuniones, congresos y conferencias de

carácter internacional y en las misiones especiales ante los organismos

internacionales; en la promoción y difusión de la imagen de la

República en el exterior; y en la promoción, organización y

participación en exposiciones, ferias, concursos y muestras en el

exterior.

Que el Decreto Nº 901/12 establece como uno de los objetivos de la

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE INVERSIONES Y PROMOCION COMERCIAL,

dependiente de la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES

del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el de elaborar

argumentos para la promoción de sectores y áreas geográficas

estratégicas que permitan promover a la República como un destino

atractivo a la inversión extranjera.

Que la “EXPO MILANO 2015” resulta un acontecimiento de interés mundial

que tiene por objeto poner de relieve la situación que se origina en el

desafío alimentario y su sustentabilidad, el hambre en el mundo, la

salud alimentaria, el derecho al alimento y la producción agrícola

sustentable.

Que resulta ser una oportunidad propicia para intercambiar experiencias

y compartir visiones para la solución de esos importantes desafíos

globales como así también para proponer medidas que permitan

desarrollar tecnologías de alimentación del futuro y conocer la

estrecha relación entre la nutrición, la salud, el desarrollo

sustentable y las tradiciones culturales de los pueblos.

Que la participación en ese tipo de encuentros brinda una importante

oportunidad para difundir la oferta exportable argentina, las

posibilidades de inversión que posibiliten el relacionamiento

económico-comercial bilateral y multilateral y la diversificación del

comercio contribuyendo a comunicar la imagen de la REPUBLICA ARGENTINA

y de sus productos en el mundo.

Que la fructífera trayectoria de la REPUBLICA ARGENTINA en la

participación de eventos de esa naturaleza se remonta al año 1855,

siendo el país latinoamericano con mayor frecuencia de participación en

los mismos.

Que la alta prioridad que la temática referida representa y la

oportunidad que brinda para nuestro país torna conveniente contar con

una activa presencia en la citada exposición universal y amerita

declarar de Interés Nacional la participación argentina en el evento.

Que, por sus competencias asignadas, resulta apropiado que la

participación argentina en la “EXPO MILANO 2015” esté a cargo del

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, en cuyo ámbito se creará

una Comisión Asesora Interjurisdiccional encargada del análisis,

organización y ejecución de dicha participación.

Que, la FUNDACION EXPORTAR es una entidad sin fines de lucro presidida

de manera Honoraria por la Señora Presidenta de la Nación y por los

Señores Ministros de Relaciones Exteriores y Culto y de Economía y

Finanzas Públicas conforme el Artículo 6° de su Estatuto Social, que

tiene por objeto fundacional el desarrollo de acciones específicas en

las actividades de promoción de exportaciones que complementen al

sector privado, en particular a la pequeña y mediana empresa, así como

a los organismos oficiales del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y

CULTO y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo con

el Artículo 3° de dicho Estatuto.

Que, en el marco de su objeto social y de conformidad con el Artículo

4° de su Estatuto Social, “A los efectos de implementar los fines

enunciados en el artículo anterior, la Fundación podrá llevar a cabo

las siguientes actividades: 1) Ferias, Exposiciones y misiones

comerciales en el Exterior.”; siendo que desde su creación en el año

1993 la FUNDACION EXPORTAR ha realizado exitosamente innumerables

actividades de esta naturaleza en el exterior en articulación con el

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y las Embajadas y

Consulados argentinos en el mundo.

Que las actividades a realizar para el funcionamiento de la “EXPO

MILANO 2015” implican el desplazamiento de técnicos, ingenieros,

arquitectos, diseñadores, artistas, académicos y periodistas que no son

alcanzados por la normativa vigente en materia de viajes al exterior y

las correspondientes asignaciones de órdenes de pasajes y pago de

viáticos.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su

competencia.

Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SUBSECRETARIA

DE DESARROLLO DE INVERSIONES Y PROMOCION COMERCIAL, la SECRETARIA DE

COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL, la SECRETARIA DE RELACIONES

EXTERIORES y la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el

ámbito de sus respectivas competencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Declárase de Interés Nacional la participación

argentina en la “EXPO MILANO 2015”, que se llevará a cabo en la Ciudad

de Milán, REPUBLICA ITALIANA, entre los días 1° de mayo y 31 de octubre

de 2015.

Art. 2° — Asígnase la responsabilidad de coordinar la

organización de la participación argentina en el referido evento al

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Art. 3° — Créase en el ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES Y CULTO una Comisión Asesora Interjurisdiccional que se

constituirá en un plazo máximo de TREINTA (30) días a partir de la

fecha del presente decreto, a fin de coordinar las acciones necesarias

para la participación argentina en la “EXPO MILANO 2015”, y que cesará

en su funcionamiento al momento de finalización de la Exposición.

Art. 4° — La Comisión creada por el artículo anterior estará

presidida por el titular de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE

INVERSIONES Y PROMOCION COMERCIAL, dependiente de la SECRETARIA DE

RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES Y CULTO, e integrada por representantes de las siguientes

áreas de gobierno:

• MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA

• MINISTERIO DE TURISMO

• MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

• MINISTERIO DE CULTURA

• SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

• SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Cada una de estas áreas deberá designar, dentro de los TREINTA (30)

días de la fecha del presente decreto, a un funcionario titular con

rango no inferior a Director Nacional como así también a un funcionario

suplente, para participar de dicha Comisión.

La participación en la mencionada Comisión será con carácter ad-honorem.

La Comisión Asesora Interjurisdiccional, podrá requerir, de las áreas

involucradas, el pertinente apoyo de recursos materiales y humanos.

Art. 5° — Convócase a formar parte de la citada Comisión a la

FUNDACION EXPORTAR, con el fin de asistir, colaborar y desarrollar

acciones correspondientes a potenciar la participación argentina en la

“EXPO MILANO 2015”.

Art. 6° — La Comisión Asesora Interjurisdiccional tendrá a su

cargo el análisis de la participación a desarrollar por nuestro país,

formulando propuestas para lograr la mejor manera de representar a la

REPUBLICA ARGENTINA en el tema específico de la “EXPO MILANO 2015”,

“Alimentar el planeta, Energía para la vida” y sobre las distintas

etapas a cumplir para que esta representación resulte exitosa.

Art. 7° — Facúltase al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y

CULTO a definir los aspectos vinculados a la participación argentina en

la “EXPO MILANO 2015” a ser implementados con la FUNDACION EXPORTAR, en

particular aquellos aspectos vinculados al diseño, construcción,

operación y desarme del Pabellón Argentino. A estos efectos, el

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO celebrará convenios

específicos con la FUNDACION EXPORTAR.

Art. 8° — Autorízase al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y

CULTO a extender órdenes de pasajes y a pagar viáticos, aplicando el

Nivel Jerárquico III del Decreto Nº 280/95 y sus modificatorios, para

los técnicos, ingenieros, arquitectos, diseñadores, artistas,

académicos y periodistas cuyos desplazamientos resulten imprescindibles

para la participación argentina en la “EXPO MILANO 2015”.

Art. 9° — El gasto que demande el cumplimiento del presente

decreto será atendido con cargo a las partidas presupuestarias de la

Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Art. 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional

del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M.

Capitanich. — Héctor M. Timerman.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.