INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS
CREACION DEL INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS
DECRETO Nº 8.426
Buenos Aires, 13 de octubre de 1952.
POR CUANTO:
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación han sancionado el adjunto proyecto registrado bajo el Nº 14.152 por el que se constituye el Instituto Nacional de Reaseguros; Por los fundamentos expuestos en el Mensaje que en la fecha se remite al Honorable Congreso y en uso de la facultad que le acuerda el artículo 73 de la Constitución Nacional,
El Presidente de la Nación Argentina, Decreta:
Artículo 1º — Vétase el artículo 5º del adjunto proyecto de Ley.
Art. 2º — Con la salvedad establecida en el artículo anterior téngase por Ley de la Nación el proyecto de Ley registrado bajo el Nº 14.152.
Art. 3º — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Hacienda.
Art. 4º — Comuníquese al Honorable Congreso, publíquese, dése a la Dirección General del Registro Nacional y archívese.
PERON. — Pedro J. Bonanni
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