MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Rango Decreto
Publicación 2014-06-10
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Decreto 844/2014

Dase por designado el Director Nacional de Juventud Rural.

Bs. As., 4/6/2014

VISTO el Expediente Nº S05:0538274/2013 del Registro del MINISTERIO DE

AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Presupuesto General de la

Administración Nacional para los Ejercicios 2013 y 2014 aprobado por

las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, respectivamente, los Decretos Nros.

491 de fecha 12 de marzo de 2002, 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008

y 168 de fecha 3 de febrero de 2012, las Decisiones Administrativas

Nros. 175 de fecha 9 de abril de 2010 y 976 de fecha 30 de septiembre

de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7° del Presupuesto General de la Administración

Nacional para los Ejercicios 2013 y 2014 aprobado por las Leyes Nros.

26.784 y 26.895, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes

financiados existentes a la fecha de la sanción de las referidas

normas, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional

y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada

del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL,

en virtud de lo dispuesto por el Artículo 10 de las citadas leyes.

Que el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 dispuso, entre otros

aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la

Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de

planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER

EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad

correspondiente.

Que por el Artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 175 de fecha 9

de abril de 2010, se aprobó la estructura organizativa del primer nivel

operativo de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA de la

SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR y de la ex -

SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, todas pertenecientes al

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que por el Artículo 2° de la Decisión Administrativa Nº 976 de fecha 30

de septiembre de 2011, se incorporaron al Anexo II de la Decisión

Administrativa Nº 175/10, las Acciones y responsabilidades de, entre

otras, la Dirección Nacional de Juventud Rural dependiente de la

SUBSECRETARIA DE COORDINACION INSTITUCIONAL de la ex-SECRETARIA DE

RELACIONES INSTITUCIONALES del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y

PESCA.

Que por el Decreto Nº 168 de fecha 3 de febrero de 2012 se modificó el

organigrama de aplicación del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y

PESCA, aprobando la creación de la SECRETARIA DE COORDINACION

POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del citado Ministerio.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARIA DE

COORDINACION INSTITUCIONAL dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION

POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del MINISTERIO DE

AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se considera imprescindible la

cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel A, Función Ejecutiva I,

correspondiente al titular de la Dirección Nacional de Juventud Rural.

Que para cubrir dicho cargo se propone al señor D. Juan Cruz ESPAÑA

(M.I. Nº 32.345.732), quien posee las condiciones de experiencia e

idoneidad requeridas para el ejercicio del mismo.

Que si bien el agente que se propone posee condiciones de experiencia e

idoneidad para cubrir dicho cargo, debe ser exceptuado de los

requisitos establecidos en el Artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE

EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de

Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de

diciembre de 2008.

Que ello implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una

excepción a las limitaciones establecidas por el Artículo 7° del

Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios

2013 y 2014 aprobado por las Leyes Nros. 26.784 y 26.895.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que se ha dado cumplimiento a la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de

2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas

por los Artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, 7° y 10 del

Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios

2013 y 2014 aprobado por las Leyes Nros. 26.784 y 26.895,

respectivamente y 1° del citado Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dase por

designado transitoriamente a partir del 2 de mayo de 2013 y por el

término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir de la firma de la

presente medida, en UN (1) cargo vacante Nivel A, Función Ejecutiva I,

de Director Nacional de Juventud Rural dependiente de la SUBSECRETARIA

DE COORDINACION INSTITUCIONAL de la SECRETARIA DE COORDINACION

POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del MINISTERIO DE

AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, al señor D. Juan Cruz ESPAÑA (M.I. Nº

32.345.732), autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por

Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.),

aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por

el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, con autorización

excepcional por no reunir los requisitos establecidos en el Artículo 14

del Anexo al citado Decreto Nº 2.098/08 y con carácter de excepción a

lo dispuesto por el Artículo 7° del Presupuesto General de la

Administración Nacional para los Ejercicios 2013 y 2014 aprobado por

las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, respectivamente.

Art. 2° —El cargo involucrado

en el Artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme a

los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,

respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº

2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles,

contados a partir del dictado del presente decreto.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento del presente decreto será imputado con cargo a las

partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERIA Y PESCA.

Art. 4° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H.

Casamiquela.

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