JUSTICIA FEDERAL
JUSTICIA FEDERAL
DECRETO Nº 845
Bs. As., 24/12/73
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
PERON
Antonio J. Benítez
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.