RADIODIFUSION

Rango Decreto
Publicación 1998-01-28
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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RADIODIFUSION

Decreto 85/98

**Licencia para la instalación, funcionamiento y explotación

de una estación de radiodifusión de televisión

en la ciudad de Rosario, que emitirá en la frecuencia de

Canal 8. Llamado a concurso público para su adjudicación.**

Bs. As., 23/1/98

B.O: 28/01/98

VISTO el Expediente Nº 244/97, del registro del COMITE FEDERAL

DE RADIODIFUSION, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 22.285 determina que las licencias para la

prestación del servicio de radiodifusión de televisión

serán adjudicadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL mediante

concurso público.

Que en concordancia con las políticas trazadas y ejecutadas

por esta Administración, resulta necesario ofrecer a particulares

la frecuencia del Canal 8, de la ciudad de ROSARIO, provincia

de SANTA FE.

Que, con tal finalidad, corresponde autorizar al COMITE FEDERAL

DE RADIODIFUSION, en su carácter de autoridad de aplicación

de la Ley Nacional de Radiodifusión Nº 22.285, a instrumentar

los actos concursales previstos por el artículo 39, inciso

a), del citado plexo normativo, con el objeto de adjudicar la

correspondiente licencia para la instalación, funcionamiento

y explotación de dicha estación.

Que, en virtud de ello, corresponde celar sin efecto, al solo

fin de la sustanciación del referido procedimiento concursal,

las disposiciones del Decreto Nº 1151/84 que suspendiera

el Plan Nacional de Radiodifusión aprobado mediante el

Decreto Nº 462/81.

Que, a iguales fines, resulta procedente autorizar al mencionado

organismo a elaborar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales

y Particulares que regirán el pertinente concurso.

Que la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES ha tomado la intervención

prevista por el artículo 94, inciso f) de la Ley Nº

22.285, determinando la frecuencia y demás valores técnicos

de emisión correspondientes a la estación concursada.

Que el presente se dicta de conformidad con lo establecido por

el artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL

y en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo

39, inciso a) de la Ley Nº 22.285.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Autorízase al COMITE FEDERAL

DE RADIODIFUSION a llamar a concurso público con el objeto

de adjudicar la correspondiente licencia para la instalación,

funcionamiento y explotación de una estación de

radiodifusión de televisión en la ciudad de ROSARIO,

provincia de SANTA FE, la que emitirá en la frecuencia

de Canal 8.

Art. 2º-Autorízase al COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

a elaborar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares

que regirán los pertinentes actos concursales.

Art.3º-Exceptúase de lo dispuesto mediante

Decreto Nº 1151/84, por cuyo intermedio se suspendiera el

Plan Nacional de Radiodifusión aprobado por Decreto Nº

462/81, al concurso público autorizado por el presente.

Art. 4º-Para el acto de apertura de las ofertas recibidas,

requiérase la intervención del señor ESCRIBANO

GENERAL DE GOBIERNO.

Art. 5º-Comuníquese, publíquese, dése

a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.-MENEM.-Carlos

V. Corach.

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