FUERZAS DE SEGURIDAD

Rango Decreto
Publicación 2016-07-14
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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FUERZAS DE SEGURIDAD

Decreto 850/2016

Reglamentación Ley N° 21.965. Modificación.

Bs. As., 13/07/2016

VISTO el Expediente CUDAP: EXPFA-S02:0000335/2015 del Registro de la

POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, la Ley de EDUCACIÓN NACIONAL N° 26.206, el

Decreto N° 1.866 de fecha 26 de julio de 1983 - Reglamentación de la

Ley para el personal de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el precitado expediente, se promueve la modificación del

Artículo 149, Inciso c) de la Reglamentación de la Ley para el personal

de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA - Decreto N° 1.866/83, elevando las

condiciones de ingreso al exigirse al postulante el título secundario

completo emitido por establecimiento oficial o reconocido por el órgano

estatal competente, conforme lo establece la Ley N° 26.206.

Que en ese orden se considera conveniente que la reglamentación

policial refleje la innovación que introdujo la Ley referida en cuanto

a los cánones de educación mínimos exigibles para el ingreso a las

filas de esa Institución.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección General de

Asuntos Jurídicos de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA y la Subsecretaría de

Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones

conferidas por el Artículo 99 Inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el Inciso c) del Artículo 149 de la

Reglamentación de la Ley N° 21.965, aprobada por el Decreto N°

1.866/83, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

“c) Haber aprobado el ciclo de estudios secundarios completo, cursado

en establecimientos oficiales o reconocidos por el órgano estatal

competente; y”

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Patricia

Bullrich.

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