RADIODIFUSION

Rango Decreto
Publicación 1997-09-02
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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RADIODIFUSION

Decreto 851/97

**Autorízase al Comité Federal de Radiodifusión

a llamar a concurso público con el objeto de adjudicar

1a correspondiente licencia para la instalación, funcionamiento

y explotación de una estación de radiodifusión

sonora por modulación de amplitud en la ciudad de Comodoro

Rivadavia.**

Bs. As., 27/8/97

B.O: 2/9/97

VISTO lo establecido por las Leyes Nº 22.285 y 23.696, y

lo actuado en el Expediente Nº 1867/96, el registro del COMITE

FEDERAL DE RADIODIFUSION, y

CONSIDERANDO:

Que es política del Gobierno Nacional cumplir con los objetivos

establecidos por la Ley Nº 23.696 en materia de privatizaciones

y participación del capital privado.

Que en atención a lo dispuesto en el artículo 9º

y en el Anexo I de la precitada ley, se declararon sujetos a privatización

a todos los medios de comunicación administrados por el

Estado Nacional, entre los cuales se halla la estación

de radiodifusión sonora por modulación de amplitud

denominada LU4 RADIO PATAGONIA ARGENTINA, de la ciudad de COMODORO

RIVADAVIA provincia del CHUBUT.

Que para llevar a cabo la mencionada privatización, el

citado ordenamiento legal otorga amplias facultades al PODER EJECUTIVO

NACIONAL.

Que, con tal finalidad, corresponde autorizar al COMITE FEDERAL

DE RADIODIFUSION, en su carácter de autoridad de aplicación

de la Ley Nacional de Radiodifusión Nº 22.285, a instrumentar

los actos concursales previstos por el artículo 39, inciso

a), del citado plexo normativo, con el objeto de adjudicar la

correspondiente licencia para la instalación, funcionamiento

y explotación de dicha estación, la que se identificará

con la señal distintiva "LRF 201" y emitirá

en la frecuencia de 630 Khz con una potencia diurna/ nocturna

de 25/5 Kw, respectivamente.

Que el concurso público al que refiere el considerando

anterior incluirá la instalación, funcionamiento

y explotación de una estación de radiodifusión

sonora por modulación de frecuencia, localizada igualmente

en la ciudad de COMODORO RIVADAVIA, provincia del CHUBUT, la que

operará en la frecuencia de 101.7 Mhz con un equipamiento

de PRE=4 Kw y HMA = 100 mts, equivalente a categoría "D"

e identificada con la señal distintiva "LRF 313".

Que, a iguales fines, resulta procedente autorizar al mencionado

organismo a elaborar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales

y Particulares que regirán el pertinente concurso.

Que la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES ha tomado la intervención

prevista por el artículo 94, inciso f) de la Ley Nº

22.285, determinando la frecuencia, señal distintiva y

demás valores técnicos de emisión correspondientes

a las estaciones concursadas.

Que, por su parte, el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION ha tasado

los bienes muebles e inmuebles que se traspasarán juntamente

con las frecuencias asignadas a las estaciones cuya privatización

se dispone por la presente.

Que, con tal finalidad, procede exceptuar el llamado a concurso

autorizado por el presente de lo dispuesto mediante Decreto Nº

1151/84, por cuyo intermedio se suspendiera el Plan Nacional de

Radiodifusión aprobado por Decreto Nº 462/81.

Que el servido Jurídico del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

ha emitido el correspondiente dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes

de los artículos 99 inciso 1º) de la Constitución

Nacional, 3º y 39, inciso a) de la Ley Nº 22.285 y 11

de la Ley Nº 23.696.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA

Artículo 1º-Autorízase al COMITE FEDERAL

DE RADIODIFUSION a llamar a concurso público con el objeto

de adjudicar la correspondiente licencia para la instalación,

funcionamiento y explotación de una estación de

radiodifusión sonora por modulación de amplitud

en la ciudad de COMODORO RIVADAVIA, provincia del CHUBUT, la que

se identificará con la señal distintiva "LRF

201" (ex LU4 RADIO PATAGONIA ARGENTINA) y emitirá

en la frecuencia de 630 Khz con una potencia diurna/nocturna de

25/5 Kw, respectivamente.

Art. 2º-El concurso público al que refiere

el artículo anterior incluirá, la instalación,

funcionamiento y explotación de una estación de

radiodifusión sonora por modulación de frecuencia,

localizada igualmente en la ciudad de COMODORO RIVADAVIA, provincia

del CHUBUT, la que operará en la frecuencia de 101.7 Mhz

con un equipamiento de PRE=4 Kw y HMA=100 mts., equivalente a

categoría "D" e identificada con la señal

distintiva "LRF 313".

Art. 3º-Autorízase al COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

a elaborar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares

que regirán los pertinentes actos concursales.

Art.4º-Exceptúase de lo dispuesto mediante

Decreto Nº 1151/84, por cuyo intermedio se suspendiera el

Plan Nacional de Radiodifusión aprobado por el Decreto

Nº 462/81, al concurso público autorizado por el presente.

Art. 5º-Para el acto de apertura de las ofertas recibidas,

requiérase la intervención del señor ESCRIBANO

GENERAL DE GOBIERNO.

Art. 6º-Dése al gobierno de la provincia del

CHUBUT, en el procedimiento de privatización que se dispone

por el presente decreto, la participación prevista por

el artículo 11 de la Ley Nº 23.696.

Art. 7º-Comuníquese a la Comisión Bicameral

creada por el artículo 14 de la Ley Nº 23.696.

Art. 8º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge

A. Rodríguez.-Carlos V. Corach.

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