CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2016-07-20
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONTRATOS

Decreto 868/2016

Proyecto de Rehabilitación del Ferrocarril Belgrano Cargas. Ratificación.

Bs. As., 19/07/2016

VISTO el Expediente N° S02:0115590/2016 del Registro del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 11 de marzo de 2010 se suscribió el “ACUERDO CONTRACTUAL

POR EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL FERROCARRIL BELGRANO CARGAS”

entre la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE entonces dependiente del ex

MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS de

la REPÚBLICA ARGENTINA y la Sociedad Estatal CHINA NATIONAL MACHINERY

& EQUIPMENT IMPORT & EXPORT CORPORATION junto con las

Condiciones Generales y Particulares del contrato.

Que dicho documento fue modificado por las Enmiendas I a VI de fechas

13 de julio de 2010, 8 de octubre de 2010, 7 de abril de 2011, 7 de

octubre de 2011, 25 de junio de 2012 y 25 de septiembre de 2013,

respectivamente.

Que con fecha 4 de diciembre de 2013 el ex MINSTERIO DEL INTERIOR Y

TRANSPORTE de la REPÚBLICA ARGENTINA y la Firma CHINA MACHINERY

ENGINEERING CORPORATION (CMEC) suscribieron el TEXTO ORDENADO DEL

CONTRATO Y SUS ENMIENDAS PARA EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL

FERROCARRIL BELGRANO CARGAS, el cual fue ratificado mediante el Decreto

N° 1090 de fecha 17 de julio de 2014.

Que la rehabilitación del FERROCARRIL BELGRANO CARGAS es una

herramienta central para alcanzar objetivos de política económica

general y en particular para el desarrollo regional, a través de

aumento de capacidad total del sistema nacional de transporte de

cargas, permitiendo la conexión entre los centros de producción con los

puertos y los centros de acopio y consumo, resultando éste un factor

clave en el desempeño y crecimiento de las economías provinciales para

la colocación de sus productos.

Que habiéndose agotado la etapa de diseño del material rodante,

componentes ferroviarios y maquinaria pesada, adquiridos por el ex

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se realizaron algunas

modificaciones en el TEXTO ORDENADO DEL CONTRATO Y SUS ENMIENDAS PARA

EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL FERROCARRIL BELGRANO CARGAS, con el

objeto de precisar los materiales a adquirir y optimizar y simplificar

la ejecución del contrato.

Que posteriormente, con fecha 31 de enero de 2014 y con fecha 8 de

septiembre de 2015, el ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y la

firma CHINA MACHINERY ENGINEERING CORPORATION (CMEC) suscribieron las

Enmiendas Nros. 1 y 2 respectivamente, del TEXTO ORDENADO DEL CONTRATO

Y SUS ENMIENDAS PARA EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL FERROCARRIL

BELGRANO CARGAS.

Que en instancia posterior, en función de lo establecido en la cláusula

21.11 del Convenio de Financiamiento suscripto entre el ex MINISTERIO

DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y las Entidades Bancarias CHINA

DEVELOPMENT BANK CORPORATION (CDB) y el INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK

OF CHINA LIMITED, se requirió a aquellos la pertinente aprobación de la

referida adenda.

Que por su parte, la Empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD

ANÓNIMA y la Firma CHINA MACHINERY ENGINEERING CORPORATION (CMEC)

consensuaron modificar los Anexos Nros. 5 y 8 de la Enmienda Nº 2 de

fecha 8 de septiembre de 2015 al TEXTO ORDENADO DEL CONTRATO Y SUS

ENMIENDAS PARA EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL FERROCARRIL BELGRANO

CARGAS con el objeto de mejorar la productividad del plan de obras

acordado, suscribiendo la nota BCyL N° 16 de fecha 19 de enero de 2016.

Que en el expediente consignado en el Visto se encuentran agregados los informes pertinentes que fundamentan el presente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas

por los Artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 19, inciso

a)

de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1° — Ratifícanse los actos suscriptos por el ex MINISTERIO DEL

INTERIOR Y TRANSPORTE referidos al PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL

FERROCARRIL BELGRANO CARGAS, que a continuación se detallan:

a)

Enmienda N° 1 de fecha 31 de enero de 2014 entre el ex MINISTERIO

DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y la FIRMA CHINA MACHINERY ENGINEERING

CORPORATION (CEMC) al TEXTO ORDENADO DEL CONTRATO Y SUS ENMIENDAS PARA

EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL FERROCARRIL BELGRANO CARGAS

ratificado mediante el Decreto N° 1090 de fecha 17 de julio de 2014,

que como Anexo I (IF-2016-00330005-APN-MTR/16) en copia autenticada, en

idiomas castellano e inglés, forma parte integrante del presente

decreto.

b)

Enmienda N° 2 de fecha 8 de septiembre de 2015, protocolizada con

fecha 13 de noviembre de 2015, entre el ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y

TRANSPORTE y la Firma CHINA MACHINERY ENGINEERING CORPORATION (CMEC) al

TEXTO ORDENADO DEL CONTRATO Y SUS ENMIENDAS PARA EL PROYECTO DE

REHABILITACIÓN DEL FERROCARRIL BELGRANO CARGAS ratificado mediante el

Decreto N° 1090 de fecha 17 de julio de 2014, que como ANEXO II

(IF-2016-00330030-APN-MTR/16) en copia autenticada, en idiomas

castellano e inglés, forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2° — Ratifícase la Nota BCyL N° 16 de fecha 19 de enero de

2016 suscripta entre la Empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD

ANÓNIMA y la Firma CHINA MACHINERY ENGINEERING CORPORATION (CMEC) que

como Anexo III (IF-2016-00330044-APN-MTR/16) en copia autenticada,

forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Javier Dietrich.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

(Nota Infoleg:*Los

anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link:AnexoI,AnexoII,AnexoIII,AnexoIV,AnexoV)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.