ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2023-12-27
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 11
Historial de reformas JSON API

**ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA NACIONAL**

Decreto 87/2023

**DECTO-2023-87-APN-PTE - Decreto N°

50/2019. Modificación.**

Ciudad de Buenos Aires, 26/12/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-150227395-APN-DGD#MRE, la Ley de

Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de

marzo de 1992) y sus modificatorios y los Decretos Nros. 1131 del 13 de

julio de 1994 y sus modificatorios, 270 del 24 de marzo de 2000 y sus

modificatorios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios,

143 del 22 de marzo de 2022 y su modificatorio, 227 del 2 de mayo de

2022 y 881 del 30 de diciembre de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 8/23 se modificó en último término la Ley de

Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) estableciendo los

Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la

Nación y se establecieron las Secretarías de Presidencia necesarias

para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de

la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que resulta necesario modificar el Organigrama de Aplicación, los

Objetivos y el ámbito jurisdiccional de actuación de organismos

desconcentrados y descentralizados del MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que a través del Decreto Nº 1131/94 se creó en el ámbito de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN la COMISIÓN DE LUCHA CONTRA EL HAMBRE Y LA

POBREZA, a la que se le estableció como objetivo primordial promover la

“Iniciativa Cascos Blancos” en el ámbito de la ORGANIZACIÓN DE LAS

NACIONES UNIDAS para la creación de un Organismo Internacional dedicado

a combatir las expresiones más extremas de pobreza, el hambre, la

desnutrición y los déficits en materia de sanidad, educación e

infraestructura social y económica.

Que por el Decreto N° 379/95 se modificó la denominación de la citada

Comisión por COMISIÓN CASCOS BLANCOS.

Que por el Decreto Nº 270/00 se transfirió la citada COMISIÓN CASCOS

BLANCOS al ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO

INTERNACIONAL Y CULTO.

Que por el Decreto N° 143/22 se creó la AGENCIA DE COOPERACIÓN

INTERNACIONAL Y CASCOS BLANCOS como organismo desconcentrado del

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO con

los objetivos, entre otros, de entender en la definición y conducción

política y cursos de acción a seguir en materia de cooperación

internacional bilateral y multilateral, así como en la definición de

las modalidades de instrumentación de los programas y proyectos de

cooperación internacional y las alternativas de financiación para su

ejecución, y asistir al Ministro en la negociación y definición de los

programas de Cooperación Internacional de los Organismos

Internacionales con la REPÚBLICA ARGENTINA, ejerciendo el rol de

organismo coordinador a nivel nacional.

Que por razones operativas resulta procedente la supresión de la citada

Agencia y la asignación de sus Objetivos a las áreas centrales de la

Jurisdicción.

Que por los Decretos Nros. 227/22 y 881/22 se crearon diversos cargos

extraescalafonarios en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO

INTERNACIONAL Y CULTO, resultando pertinente su supresión.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la

Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,

aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el Apartado VII, MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO por el siguiente:

“VII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y

CULTO

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR

SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES

SECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA, POLÍTICA OCEÁNICA Y ATLÁNTICO SUR

SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

-SUBSECRETARÍA DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES E INTEGRACIÓN

-SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LAS EXPORTACIONES, LAS INVERSIONES, LA

EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA

SECRETARÍA DE CULTO”.

ARTÍCULO 2°. - Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, el Apartado VII, MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,

COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, por el obrante en la PLANILLA ANEXA

(IF-2023-151235050-APN-MRE) al presente artículo, que forma parte

integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 3°. - Suprímese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los

que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,

aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el Apartado VII, MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 4º.- Sustitúyese el artículo 4º del Decreto N° 1131/94 por el

siguiente:

“ARTÍCULO 4°.- La Comisión creada por el artículo 1° estará integrada

por: UN (1) Presidente, UN (1) Vicepresidente y CUATRO (4) Vocales,

quienes serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL”.

ARTÍCULO 5º.- Sustitúyese el artículo 4º del Decreto N° 270/00 por el

siguiente:

“ARTÍCULO 4º.- El cargo de Presidente de la COMISIÓN CASCOS BLANCOS

tendrá jerarquía de Subsecretario y rango de Embajador Extraordinario y

Plenipotenciario. El Vicepresidente y los Vocales de la COMISIÓN CASCOS

BLANCOS tendrán carácter “ad honorem”.

ARTÍCULO 6°.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las

áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las

aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría,

las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones vigentes,

cargos y personal con sus respectivos niveles, situación de revista y

suplementos vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 7°.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias

correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas

por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos

presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.

ARTÍCULO 8°.- Deróganse los artículos 3°, 4°, 6° y 7° del Decreto N°

143 del 22 de marzo de 2022.

ARTÍCULO 9°.- Derógase el artículo 3° del Decreto N° 227 del 2 de mayo

de 2022.

ARTÍCULO 10.- Derógase el artículo 2° del Decreto N° 881 del 30 de

diciembre de 2022.

ARTÍCULO 11.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Nicolás Posse

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 27/12/2023 N° 105908/23 v. 27/12/2023

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

**PLANILLA

ANEXA AL ARTÍCULO 2°**

(ANEXO II)

**VII.- MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y**CULTO

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS:

1.

Asistir al Ministro en el cumplimiento de todas sus funciones y

coordinar su Gabinete.

2.

Intervenir en las estrategias de comunicación.

3.

Intervenir en la coordinación de las actividades de interpretación y

traducción de la documentación solicitada por las distintas áreas del

Ministerio y por la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

4.

Supervisar el desarrollo de las tareas vinculadas al análisis de

documentos, a la agenda del Ministro, a la preparación de discursos y a

la asesoría técnica en materias afines.

5.

Intervenir en la tramitación de las solicitudes de audiencias

formuladas al Ministro, tanto en el país como en el exterior, y

asesorarlo respecto de su temario, estableciendo su importancia y su

prioridad.

6.

Entender en la coordinación de la atención de las delegaciones y de

las personalidades que concurran a entrevistarse con el Ministro.

7.

Supervisar el análisis y derivaciones a los organismos

correspondientes de aquellas solicitudes cuyo tenor no hiciera

necesaria la concreción de entrevistas directas con el Ministro.

8.

Entender en la definición y conducción política y en los cursos de

acción a seguir en materia de cooperación internacional bilateral y

multilateral; así como en las modalidades de instrumentación de los

programas y proyectos de cooperación internacional y las alternativas

de financiación para su ejecución.

9.

Asistir al Ministro en el ceremonial de Estado y asuntos

protocolares de la REPÚBLICA ARGENTINA, así como en la aplicación del

régimen de franquicias diplomáticas.

10.

Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a

dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por el

Ministro y asesorar sobre las cuestiones estratégicas y prioritarias

para la gestión del Ministerio

11.

Ejercer las funciones de enlace con la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS en los aspectos vinculados a la implementación de las

políticas en materia de modernización del Estado dispuestas por el

PODER EJECUTIVO NACIONAL.

12.

Evaluar la oportunidad, mérito y conveniencia de los proyectos de

actos administrativos y de los convenios que se sometan a

consideración, firma o refrendo del Ministro, y coordinar su

publicación en el Boletín Oficial a través de la Dirección de Gestión

Documental.

13.

Coordinar con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN

EXTERIOR la identificación y decisión de ejecución de actividades

críticas, con el fin de optimizar la asignación de recursos.

14.

Asesorar al Ministro en materia de elaboración y puesta en práctica

de los lineamientos generales de política exterior.

15.

Asesorar al Ministro en materia de la formulación de estrategias de

política exterior relacionadas con la defensa, sobre la base del

análisis geopolítico y el estudio de los conflictos internacionales.

16.

Entender, en el ámbito de su competencia, en la coordinación

institucional entre el Ministerio y los demás ministerios, los Poderes

Legislativo y Judicial, las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES, los municipios y las organizaciones intermedias.

17.

Realizar el seguimiento de las tareas encomendadas por el PODER

EJECUTIVO NACIONAL, a través del Ministerio, en los foros, comités y

grupos de trabajo del canal de “Sherpas" del G20.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR

OBJETIVOS:

1.

Entender en materia de administración, gestión de recursos humanos y

en la planificación, gestión y modernización de los procesos y sistemas

vinculados con su administración en el país y en las Representaciones

Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.

2.

Ejercer la Presidencia de la Junta Calificadora del Servicio

Exterior de la Nación, establecida por el artículo 36 de la Ley N°

20.957, y prestar apoyo en relación a otros escalafones del personal.

3.

Ejercer el rol de organismo de coordinación en materia de

implementación de programas y proyectos en el marco del Programa de

Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y de la Oficina de Naciones

Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS) en la REPÚBLICA ARGENTINA.

4.

Entender en la ejecución operativa y en los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiero-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo, como así también de proyectos de

participación público-privada.

5.

Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones y de las actividades de control y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación

público-privada.

6.

Entender en las cuestiones vinculadas con la formulación

presupuestaria de la gestión económica, financiera, patrimonial,

contable, de infraestructura, de mantenimiento y de servicios; y con

los bienes del Ministerio, tanto en el país como en el exterior.

7.

Entender en el asesoramiento jurídico e intervenir en la elaboración

de los proyectos de leyes y actos administrativos vinculados con las

competencias de la Jurisdicción.

8.

Entender en materia de cooperación jurídica internacional y actuar

como autoridad de aplicación en las convenciones internacionales en la

materia.

9.

Entender en las informaciones sumarias y sumarios que se instruyan

en la Jurisdicción.

10.

Entender, programar y coordinar las actividades relativas a los

servicios de mantenimiento y administración de los bienes muebles e

inmuebles, propios, en posesión o tenencia del Ministerio y de las

Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en

el exterior.

11.

Planificar el mantenimiento, la contratación y prestación de los

servicios necesarios para el funcionamiento de la infraestructura del

Ministerio en el país y en las Representaciones Diplomáticas y

Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.

12.

Entender en los procesos y actividades referidos a la seguridad y

protección de las personas, de los bienes y de la información de la

Jurisdicción y de las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la

REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.

13.

Entender, planificar e intervenir en las acciones relativas a la

gestión y administración de las tecnologías de la información y las

comunicaciones asociadas del Ministerio en el país y en las

Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en

el exterior.

14.

Intervenir en el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa que

regula el acceso a la información pública, establecida por la Ley N°

27.275.

15.

Entender en la gestión de la habilitación otorgada a la

Jurisdicción por la Asociación del Transporte Aéreo Internacional

(I.A.T.A.) para la emisión de pasajes aéreos a través del sistema

"Billing Settlement Plan (B.S.P.)’’.

16.

Entender y planificar las acciones relativas al sistema de

seguimiento y control de gestión de las Representaciones Diplomáticas y

Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.

17.

Entender en la gestión documental de la Jurisdicción y supervisar

las acciones tendientes a la gestión electrónica.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro, desde el punto de vista de la política

exterior, en las relaciones con los países y con los organismos

internacionales.

2.

Coordinar con las otras Secretarías del Ministerio los diversos

aspectos de la política exterior y su armonización en base a criterios

funcionales y geográficos.

3.

Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en la

formulación de políticas, en la elaboración de planes, programas y

cursos de acción, así como en la representación del ESTADO NACIONAL

ante los organismos internacionales y regionales en materia de derechos

humanos, de género, de seguridad internacional, nuclear y espacial, de

seguridad humana y cibernética, de lucha contra el uso indebido de

drogas, el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias

psicotrópicas, la política de desarme y no proliferación de tecnologías

sensitivas vinculadas a las armas de destrucción, como así también en

la prevención y sanción de delitos internacionales, en el ámbito de su

competencia.

4.

Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en la

formulación de políticas, en la elaboración de planes, programas y

cursos de acción, así como en la representación del ESTADO NACIONAL

ante los organismos internacionales y regionales vinculados al

desarrollo e innovación tecnológica; los temas energéticos; las

operaciones de mantenimiento de paz; el desarrollo de áreas y zonas de

frontera; la preservación y protección de los recursos naturales, los

asuntos ambientales, los recursos del territorio terrestre y marítimo

así como el espacio aéreo de la REPÚBLICA ARGENTINA y sus áreas

adyacentes, en el ámbito de su competencia.

5.

Intervenir, desde el punto de vista de la política exterior, en todo

lo inherente a las actividades de las misiones especiales enviadas a la

REPÚBLICA ARGENTINA por los gobiernos extranjeros o por organismos o

entidades internacionales.

6.

Entender en el diseño y en la ejecución de la asistencia

humanitaria, la atención de las emergencias y la gestión integral del

riesgo de desastres, en coordinación con los organismos competentes del

Sistema de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales.

7.

Intervenir en la planificación, conducción y ejecución de las

acciones del programa internacional denominado "Cascos Blancos”,

apoyada en el Cuerpo de Voluntarios.

8.

Formular y conducir la política y cursos de acción a seguir en

materia de asuntos consulares, como también los asuntos relativos a las

cuestiones de política de migración e inmigración en el plano

internacional, en coordinación con la autoridad migratoria nacional.

9.

Coordinar, junto a la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL y el MINISTERIO DEL

INTERIOR, la realización de los comicios en las Representaciones

Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en ocasión de

elecciones nacionales.

10.

Intervenir, desde el punto de vista de la política exterior, y en

coordinación con los organismos regionales, nacionales, provinciales y

de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en el desarrollo de los procesos

de integración física con los países limítrofes, en la negociación y

tramitación de los tratados de arreglos concernientes a los límites

internacionales y en el registro y difusión de los mapas oficiales de

los límites de la REPÚBLICA ARGENTINA.

11.

Coordinar con otras áreas de la Administración Pública Nacional,

provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal los temas

de competencia de la Cartera que tengan impacto en las relaciones

internacionales de la REPÚBLICA ARGENTINA.

12.

Asistir al Ministro en la identificación y elaboración y

consecución de los objetivos de política exterior de carácter bilateral

y multilateral con todos los actores de la comunidad internacional.

13.

Intervenir en la concesión del derecho de asilo y en el

otorgamiento de la condición de refugiado.

14.

Entender en la aplicación de los principios y las normas del

Derecho Internacional Público y Privado, y supervisar y coordinar las

acciones relacionadas con asuntos contenciosos internacionales en

materia de derechos humanos y en la confección y registro de los

instrumentos internacionales de los que sea parte la REPÚBLICA ARGENTINA

15.

Entender en los asuntos relativos al Instituto Nacional del Hielo

Continental Patagónico.

SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA EXTERIOR

OBJETIVOS

1.

Efectuar las gestiones para la consecución de los objetivos de

política exterior asignados a la Secretaría, de carácter bilateral o

multilateral, con los países de EUROPA, ÁFRICA, MEDIO ORIENTE, ASIA y

OCEANÍA.

2.

Preparar, implementar y efectuar, en el ámbito de su competencia, el

seguimiento de las negociaciones con los organismos internacionales.

3.

Intervenir en la elaboración de políticas, planes y programas, y en

la representación del ESTADO NACIONAL ante los organismos

internacionales en materia de derechos humanos y de asuntos de género

dentro del ámbito de la política exterior, y participar en la

formulación de la legislación nacional en dichas materias.

4.

Participar en la formulación de las políticas, cursos de acción y

mecanismos de financiamiento multilaterales relativos a los asuntos

ambientales y a la preservación de los recursos naturales del

territorio terrestre y marítimo argentino y sus áreas adyacentes; así

como del espacio aéreo y marítimo, en el ámbito de su competencia.

5.

Participar en la formulación de las políticas y cursos de acción a

seguir en los asuntos relativos a la seguridad internacional, nuclear y

espacial, así como también en los asuntos relativos a la seguridad

humana, la lucha contra el tráfico ilícito de estupefacientes y

sustancias psicotrópicas, la seguridad cibernética, la política de

desarme, la no proliferación de tecnologías sensitivas vinculadas a las

armas de destrucción, el antiterrorismo internacional y otros delitos

transnacionales, en el ámbito de su competencia.

6.

Participar en la formulación de las políticas y cursos de acción a

seguir relativas al desarrollo e innovación tecnológica, en el ámbito

de su competencia.

7.

Colaborar, en el ámbito de su competencia, en la programación de

objetivos y actividades en reuniones, congresos y conferencias de

carácter internacional y en misiones especiales ante gobiernos

extranjeros en las que la REPÚBLICA ARGENTINA participe, como así

también los que se desarrollen en organismos y entidades

internacionales, así como en las instrucciones que corresponda impartir

en cada caso y su ejecución.

8.

Participar en el otorgamiento de la condición de refugiado.

SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS AMERICANOS

OBJETIVOS

1.

Contribuir a la identificación y elaboración de los objetivos de

política exterior, de carácter bilateral o multilateral, con los países

de AMÉRICA y efectuar las gestiones necesarias para la consecución de

esos objetivos.

2.

Identificar, planificar y coordinar las políticas y acciones

necesarias para instrumentar y desarrollar el proceso de profundización

de la integración política con los países pertenecientes a AMÉRICA, y

con los organismos y foros de integración regional, en coordinación con

los organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace.

3.

Programar objetivos y formular estrategias de negociación y

planificación de las actividades ante los organismos internacionales,

conferencias, congresos, reuniones o foros multilaterales en materia de

desarrollo, vinculadas con la región, coordinando con las demás

unidades competentes de la Jurisdicción y los demás Ministerios con

competencia en la materia.

4.

Intervenir en el marco de la política exterior, en lo relativo a los

espacios marítimos y fluviales de la REPÚBLICA ARGENTINA.

5.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, y en coordinación con

los organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace, en el

desarrollo de los procesos de integración física con los países

limítrofes.

6.

Asistir al Secretario, desde el punto de vista de la política

exterior, en la negociación y tramitación de los tratados de arreglos

concernientes a los límites internacionales, en el registro y difusión

de los mapas oficiales de los límites de la REPÚBLICA ARGENTINA y en el

desarrollo de zonas de frontera.

7.

Entender en todo lo relativo a las comisiones internacionales

vinculadas con la Cuenca del Plata.

8.

Coordinar los asuntos relativos al Instituto Nacional del Hielo

Continental Patagónico.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

SECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA, POLÍTICA OCEÁNICA Y ATLÁNTICO SUR

OBJETIVOS

1.

Entender en los temas vinculados a las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL

SUR, SÁNDWICH DEL SUR y a los espacios marítimos circundantes en el

Atlántico Sur.

2.

Diseñar estrategias y coordinar acciones desde el punto de vista de

la política exterior, en el ámbito bilateral y multilateral, para la

mejor defensa de los derechos e intereses de la REPÚBLICA ARGENTINA

sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SÁNDWICH DEL SUR y los

espacios marítimos circundantes en el Atlántico Sur, coordinando las

acciones que fueran necesarias con las unidades de la Jurisdicción y

demás ministerios con competencia en la materia.

3.

Proponer y ejecutar las acciones para la difusión de los derechos de

la REPÚBLICA ARGENTINA sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR,

SÁNDWICH DEL SUR y los espacios marítimos circundantes en el Atlántico

Sur.

4.

Promover estudios e investigaciones históricas y jurídicas sobre los

temas vinculados a los territorios y espacios marítimos bajo disputa de

soberanía en el Atlántico Sur, complementando y preservando el acervo

documental sobre el tema.

5.

Asistir al Ministro en el diseño y ejecución de la política oceánica

y del Atlántico Sur, desde el punto de vista de la política exterior,

para el impulso de la investigación científica marina y la protección

del medio ambiente y de los recursos oceánicos, coordinando las

acciones que fueran necesarias con las demás áreas de la Jurisdicción

ministerial y otros ministerios con competencia en la materia.

6.

Entender en la planificación y dirección de la política antártica y

ejecutar la actividad Antártica de la REPÚBLICA ARGENTINA, armonizando

sus alcances y efectos con los criterios globales de política exterior

e implementando los compromisos internacionales que correspondan.

7.

Entender en lo relacionado con el límite exterior de la plataforma

continental de la REPÚBLICA ARGENTINA y ejercer la presidencia de la

Comisión Nacional de Límite Exterior de la Plataforma Continental.

8.

Entender en el desarrollo de las políticas y acciones que realiza el

Consejo Consultivo de Temas Vinculados al Atlántico Sur.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

OBJETIVOS

1.

Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en la

formulación de estrategias, políticas y cursos de acción a seguir en

las negociaciones económicas y comerciales bilaterales, regionales y

multilaterales con todos los países y organismos de integración con los

que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así como con los

organismos económicos y comerciales internacionales, regionales y

subregionales y, en particular, con el Mercado Común del Sur (MERCOSUR).

2.

Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en la

formulación, definición de contenidos y ejecución de la política

económica y comercial internacional bilateral, regional y multilateral.

3.

Entender en los asuntos institucionales, económicos y comerciales

internacionales relacionados con la formulación y conducción del

Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y en los procesos de integración en

los que participa la REPÚBLICA ARGENTINA como, así también, en el

establecimiento y conducción de los órganos comunitarios surgidos de

dichos procesos, y en todo lo relativo a su convergencia futura con

otros procesos de integración.

4.

Entender en la materia y en la negociación de acuerdos bilaterales y

otros instrumentos de promoción y protección recíproca de las

inversiones extranjeras en los que participe la REPÚBLICA ARGENTINA.

5.

Intervenir en la solución de controversias económicas y comerciales

internacionales, en coordinación con las demás áreas competentes de la

Administración Pública Nacional.

6.

Entender, en el ámbito de su competencia, en la formulación de

estrategias y cursos de acción a seguir en las negociaciones

internacionales relativas a la gobernanza internacional de las

cuestiones inherentes a los efectos económicos comerciales de medidas

ambientales, de la energía y de la tecnología, en coordinación con las

Jurisdicciones y Entidades nacionales que correspondan.

7.

Entender, en el ámbito de su competencia, en la formulación,

definición y contenidos de las estrategias de las políticas de

promoción comercial, participando en su ejecución a través de la

organización y participación en exposiciones, ferias, concursos,

muestras y misiones de carácter económico y comercial, oficiales y

privadas en el exterior y en la ejecución de las políticas de

internacionalización de las empresas argentinas en el exterior, en

coordinación con los demás organismos competentes a nivel nacional y

provincial.

8.

Intervenir en todo lo referido a la FUNDACIÓN ARGENTINA PARA LA

PROMOCIÓN DE INVERSIONES Y COMERCIO INTERNACIONAL constituida en virtud

de lo dispuesto por el Decreto N° 2303/93; participando, por sí o por

quien designe, en el Consejo de Administración y demás órganos de la

Fundación.

9.

Entender, en el ámbito de su competencia, en la promoción de las

exportaciones de bienes y servicios de la oferta exportable argentina y

en la planificación de estrategias para el desarrollo de nuevos

mercados en el mundo para la misma.

10.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la promoción en el

exterior del turismo, el deporte, las industrias culturales, los

servicios basados en el conocimiento, la educación, la ciencia y la

tecnología, en coordinación con las áreas competentes de la

Administración Pública Nacional.

11.

Entender en el diseño de instrumentos de análisis económico y

comercial internacional y en los estudios e investigaciones que elabore

el Centro de Economía Internacional con el fin de brindar información

para elaborar y llevar a la práctica los objetivos de política exterior

de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia económica y comercial.

12.

Entender en el monitoreo, evaluación y control de los objetivos de

gestión y planes de acción económico-comerciales de las

Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en

el exterior.

13.

Entender en los aspectos relativos a la preparación y ejecución de

las misiones económico-comerciales que realicen la PRESIDENCIA y la

VICEPRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los Ministros, los Secretarios y los

Subsecretarios del PODER EJECUTIVO NACIONAL al exterior.

14.

Intervenir en la ejecución de la política de desarrollo de

captación de la inversión extranjera de carácter productivo en el país,

así como en la ejecución de acciones tendientes a ese objetivo en el

exterior, en coordinación con los organismos nacionales y provinciales

con competencia en la materia.

15.

Participar en toda negociación económica y comercial entre las

autoridades provinciales y los representantes de terceros países que

implique alguna obligación en la que se prevean garantías por parte del

ESTADO NACIONAL, en coordinación con los demás organismos nacionales

con competencia en la materia.

16.

Impartir, en el ámbito de su competencia, las directivas e

instrucciones en materia económica y comercial a las Representaciones

Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA ante gobiernos

extranjeros y organismos internacionales económicos y comerciales, así

como a las delegaciones que participen en negociaciones económicas y

comerciales bilaterales, regionales y multilaterales.

17.

Intervenir en la coordinación de la representación nacional y

preparación de reuniones económicas bilaterales, regionales y

multilaterales que se desarrollen en la REPÚBLICA ARGENTINA y en el

exterior, cuyo objeto sea el seguimiento de relaciones bilaterales,

regionales y multilaterales en materia económica, en articulación con

las restantes dependencias que correspondan.

SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

SUBSECRETARÍA DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES E INTEGRACION

OBJETIVOS

1.

Intervenir en las negociaciones económicas y comerciales

bilaterales, regionales y multilaterales de las que participa la

REPÚBLICA ARGENTINA, y en particular las vinculadas con el Mercado

Común del Sur (MERCOSUR), en lo relativo a sus dimensiones económica,

comercial e institucional y en su relacionamiento externo con otros

países y bloques de países.

2.

Intervenir en el diseño y formulación de políticas y cursos de

acción que tiendan al desarrollo económico a través de las relaciones

económicas y comerciales a nivel bilateral, regional y multilateral, y

de la integración económica con todas las naciones con las que la

REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así como también en ámbitos

multilaterales.

3.

Impulsar los objetivos prioritarios de política exterior respecto de

las negociaciones en materia económica y comercial con los organismos

multilaterales y con el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), implementando

los mecanismos requeridos para avanzar en dicha política, en

coordinación con los organismos de la Administración Pública Nacional

con competencia en la materia.

4.

Identificar, planificar y coordinar las políticas y acciones para

instrumentar y desarrollar el proceso de profundización de la

integración económica y comercial con los Estados Parte y Estados

Asociados del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), en coordinación con los

organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace.

5.

Intervenir en la formulación y desarrollo de acuerdos asociativos

bilaterales preferentes de naturaleza económica, comercial y de

inversiones con todos los países con los que la REPÚBLICA ARGENTINA

mantenga relaciones, proponiendo los planes, programas y proyectos

pertinentes, como así también los instrumentos adecuados para su

ejecución, coordinando con las dependencias nacionales competentes.

6.

Participar en las reuniones económicas y comerciales multilaterales

que se desarrollen en los organismos continentales, regionales y

subregionales, y en las negociaciones económicas con las misiones

enviadas a la REPÚBLICA ARGENTINA por organizaciones multilaterales

regionales y subregionales, incluyendo los esquemas de integración en

el continente americano y en la formulación de las directivas y de las

instrucciones pertinentes.

7.

Intervenir en la elaboración de las instrucciones y de las

directivas para las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la

REPÚBLICA ARGENTINA y delegaciones oficiales, en los aspectos de

competencia de la Subsecretaría, de conformidad con los lineamientos

establecidos por de la Secretaría.

8.

Intervenir en la solución de controversias económicas, comerciales e

institucionales de naturaleza bilateral y regional que surjan en el

marco de organismos multilaterales y del Mercado Común del Sur

(MERCOSUR), y de los mecanismos de solución de controversias de los

acuerdos comerciales de los que la REPÚBLICA ARGENTINA es parte, en

coordinación con los organismos de la Administración Pública Nacional

con competencia en la materia.

9.

Intervenir en las negociaciones en la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL

COMERCIO (OMC) y en los demás organismos multilaterales internacionales

de carácter económico y comercial, en coordinación con los organismos

de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia, y

elaborar las instrucciones correspondientes.

10.

Intervenir, en coordinación con las demás áreas competentes, en las

negociaciones para la adhesión a la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y

EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE), y representar al país en los comités y

órganos de dicha organización en las que actualmente participa la

REPÚBLICA ARGENTINA.

11.

Intervenir en las negociaciones internacionales relativas a los

efectos económico- comerciales de medidas ambientales, la energía y la

tecnología, en coordinación con los organismos de la Administración

Pública Nacional con competencia en la materia.

12.

Intervenir en la negociación de acuerdos bilaterales y otros

instrumentos de promoción y protección recíproca de las inversiones

extranjeras en los que participe la REPÚBLICA ARGENTINA, en

coordinación con los organismos de la Administración Pública Nacional

con competencia en la materia.

13.

Intervenir en la ejecución de los planes de acción en materia

económica, comercial y de inversiones, en el ámbito de las competencias

de la Subsecretaría.

14.

Participar en las negociaciones económicas bilaterales con todas

las naciones con las que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones,

así como también en ámbitos multilaterales y regionales.

15.

Intervenir en el monitoreo, evaluación y control de los objetivos

de gestión y planes de acción económico-comerciales de las

Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en

el exterior.

16.

Asistir a la Secretaría en la coordinación de la representación

nacional y preparación de reuniones económicas bilaterales, regionales

y multilaterales que se desarrollen en nuestro país y en el exterior,

cuyo objeto sea el seguimiento de relaciones bilaterales, regionales y

multilaterales en materia económica, en coordinación con los organismos

de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LAS EXPORTACIONES, LAS INVERSIONES, LA

EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA

OBJETIVOS

1.

Intervenir en la formulación de políticas y estrategias para el

desarrollo y apertura de nuevos mercados en el exterior para la oferta

exportable argentina de bienes y servicios, en coordinación con los

organismos de la Administración Pública Nacional y provinciales con

competencia en la materia.

2.

Formular e implementar estrategias, políticas e instrumentos para el

desarrollo de inversiones de empresas extranjeras en el país que

contribuyan al desarrollo nacional, complementado la inversión

doméstica, así como para la internacionalización de las empresas

locales, en coordinación con los organismos de la Administración

Pública Nacional con competencia en la materia.

3.

Establecer, en el ámbito de su competencia y en articulación con los

gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los

organismos con competencias sectoriales y las representaciones del

sector privado, las estrategias para el desarrollo de políticas de

promoción comercial internacional, que permitan difundir los bienes y

servicios nacionales en los mercados extranjeros.

4.

Entender en la definición de estrategias de promoción comercial,

organización y participación en exposiciones, ferias, concursos,

muestras y misiones de carácter económico y comercial, oficiales y

privadas en el exterior, en el marco de la política económica global y

sectorial que se defina y en función de las prioridades nacionales, en

coordinación con las dependencias nacionales, provinciales y de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con competencia en la materia.

5.

Entender en las acciones de promoción del comercio de bienes y

servicios argentinos en el exterior, así como en la promoción de

inversiones en la REPÚBLICA ARGENTINA por la FUNDACIÓN ARGENTINA PARA

LA PROMOCIÓN DE INVERSIONES Y COMERCIO INTERNACIONAL, constituida en

virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 2303/93; elaborando las

instrucciones y las directivas para las Representaciones Diplomáticas y

Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA y delegaciones oficiales en los

aspectos de su competencia, de conformidad con los lineamientos de la

Secretaría.

6.

Intervenir en el diseño de documentos de análisis y estudios de

impacto a mediano y largo plazo que elabore el Centro de Economía

Internacional, para orientar la estrategia en la promoción comercial,

así como la elaboración de los estudios relativos a la apertura de

mercados y a la colocación de la oferta exportable de bienes y

servicios argentinos.

7.

Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en la

promoción en el exterior del turismo, el deporte, las industrias

culturales y servicios basados en el conocimiento, la educación, la

ciencia y la tecnología, en coordinación con las áreas de la

Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

8.

Coordinar las actividades conducentes a la participación de la

REPÚBLICA ARGENTINA en los eventos del “Bureau International des

Expositions”.

9.

Diseñar y promover políticas y cursos de acción que tiendan al

desarrollo y a la integración de las iniciativas de promoción

comercial, tanto a nivel bilateral como multilateral, con todas las

naciones con las que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así

como con los organismos económicos y comerciales internacionales,

regionales y subregionales y, en particular, con el Mercado Común del

Sur (MERCOSUR), a través de herramientas de inteligencia económica y

comercial, en coordinación con las demás dependencias nacionales con

competencia en la materia

10.

Colaborar en el desarrollo de las relaciones económicas bilaterales

y participar en las negociaciones económicas y comerciales bilaterales,

regionales y multilaterales.

11.

Intervenir en los aspectos relativos a la preparación y ejecución

de las misiones económico-comerciales que realicen la PRESIDENCIA DE LA

NACIÓN y la VICEPRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los Ministros, los

Secretarios y los Subsecretarios del PODER EJECUTIVO NACIONAL al

exterior.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

SECRETARÍA DE CULTO

OBJETIVOS

1.

Intervenir en la formulación de políticas referidas a las relaciones

de la REPÚBLICA ARGENTINA con la Santa Sede y con la Soberana y Militar

Orden de Malta.

2.

Intervenir en la negociación y celebración de Concordatos y acuerdos

que se relacionen con la materia religiosa y/o el culto.

3.

Asistir al Ministro en todo lo inherente a las relaciones del

Gobierno con la Iglesia Católica Apostólica Romana, centralizando las

gestiones con la Iglesia, especialmente, con relación a asuntos

eclesiásticos y en el cumplimiento de las normas relativas al

sostenimiento del Culto Católico Apostólico Romano, así como en el

otorgamiento de las credenciales eclesiásticas.

4.

Entender en las solicitudes de reconocimiento e inscripción de las

Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas distintas de

la Iglesia Católica Apostólica Romana y de institutos de vida

consagrada, que desarrollen su actividad en el territorio nacional.

5.

Asistir al Ministro en lo inherente a las relaciones del Gobierno

con todas las Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas

distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana que existen en el

país, así como en la centralización de las gestiones que ante las

autoridades públicas hicieren las mismas.

6.

Intervenir en la planificación y desarrollo de los objetivos y

estrategias correspondientes para posicionar internacionalmente a la

REPÚBLICA ARGENTINA como Estado comprometido con la libertad e igualdad

religiosa, la diversidad y el diálogo interreligioso.

7.

Entender en lo inherente a las reuniones, congresos y conferencias

de carácter nacional e internacional y misiones especiales ante

gobiernos extranjeros y entidades internacionales que se relacionen con

la materia religiosa y/o el culto.

8.

Intervenir en las acciones relativas a las solicitudes de

reconocimiento e inscripción y demás trámites administrativos que las

Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas realicen ante

la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE CULTOS.

IF-2023-151235050-APN-MRE

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