PRESIDENCIA DE LA NACION

Rango Decreto
Publicación 2011-07-05
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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PRESIDENCIA DE LA NACION

Decreto 875/2011

Apruébase la estructura organizativa del primer

nivel operativo de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación

Audiovisual.

Bs. As., 29/6/2011

VISTO el Expediente Nº 909/2010 del Registro de la

AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, organismo

descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION,

la Ley Nº 26.522, la Ley Nº 26.546 aprobatoria del Presupuesto General

de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010 prorrogada en los

términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010 y

complementada por el Decreto Nº 2054 del 22 de diciembre de 2010 y los

Decretos Nros. 1525 de fecha 21 de octubre de 2009, 175 de fecha 2 de

febrero de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.522 se creó, como autoridad de

aplicación, la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION

AUDIOVISUAL, y se fijaron nuevas políticas en la regulación de los

servicios de comunicación audiovisual y en el desarrollo de mecanismos

destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia

con fines de abaratamiento, democratización y universalización del

aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la

comunicación.

Que en virtud de ello se dictó el Decreto Nº

1525/09, que fijó como fecha de inicio de las funciones de la AUTORIDAD

FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL el día 10 de diciembre

de 2009, reemplazando al entonces COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION.

Que a ello debe agregarse que la conducción y

administración de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION

AUDIOVISUAL es ejercida por un Directorio integrado por SIETE (7)

miembros con rango y jerarquía de Secretario, de acuerdo con lo

establecido por el Artículo 1º del Decreto Nº 175/10.

Que, como consecuencia de lo expuesto y de los

nuevos lineamientos trazados para los servicios de comunicación

audiovisual, se requiere de acciones inmediatas por parte de la

administración a fin de dotar a la nueva autoridad de aplicación de los

recursos humanos necesarios para dar cumplimiento a su accionar.

Que en este nuevo orden de ideas se torna necesaria

una nueva conformación organizativa, incluyendo en esta presentación

las unidades de primer nivel operativo.

Que la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a través de la OFICINA NACIONAL DE

PRESUPUESTO, ha tomado la intervención que le compete.

Que el Servicio Jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las

facultades conferidas por la Ley 26.522 y el artículo 99 inciso 1 de la

CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase la estructura

organizativa del primer nivel operativo de la AUTORIDAD FEDERAL DE

SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, organismo descentralizado

actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de acuerdo al

Organigrama, Objetivos, Responsabilidades Primarias y Acciones, que

como Anexos I y II forman parte integrante del presente.

Art. 2º — En un plazo de SESENTA (60)

días a partir de la publicación del presente decreto, la AUTORIDAD

FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL deberá aprobar el

proyecto de estructura organizativa correspondiente a las aperturas

inferiores a las que se aprueban por la presente medida, la que deberá

prever como máximo SESENTA (60) cargos de conducción.

Art. 3º — Facúltase a la AUTORIDAD

FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL para aprobar y

modificar, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO

PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS, el Anexo de Dotación, de conformidad con las sucesivas leyes

de Presupuesto.

Art. 4º — El gasto que demande el

cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas

específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la

Entidad 204 – AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION

AUDIOVISUAL.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese,

dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —

FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.

(Nota Infoleg:por art. 1° de laResolución N° 1848/2011*de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual B.O.

05/12/2011 se establece que la estructura establecida por el presente

Decreto comenzará a regir cuando se encuentre aprobado el proyecto de

la estructura organizativa correspondiente a las aperturas inferiores y

financiados sus cargos)*

ANEXO I

AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

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ANEXO II

AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

OBJETIVOS

1.

Aplicar, interpretar y hacer cumplir la Ley Nº 26.522 y normas reglamentarias.

2.

Elaborar y aprobar los reglamentos que regulen el funcionamiento del directorio.

3.

Formar parte de las representaciones del Estado

nacional que concurran ante los organismos internacionales que

correspondan y participar en la elaboración y negociación de tratados,

acuerdos o convenios internacionales de radiodifusión,

telecomunicaciones en cuanto fuera pertinente por afectar las

disposiciones de la Ley Nº 26.522 y los referidos a los procesos

vinculados a los proyectos de la Sociedad de la Información y el

Conocimiento, cuando correspondiere en conjunto con otras autoridades

estatales con incumbencias temáticas.

4.

Elaborar y actualizar la Norma Nacional de

Servicio y las normas técnicas que regulan la actividad, en conjunto

con la autoridad regulatoria y la autoridad de aplicación en materia de

telecomunicaciones.

5.

Promover la participación de los servicios de

comunicación audiovisual en el desarrollo de la Sociedad de la

Información y el Conocimiento.

6.

Aprobar los proyectos técnicos de las estaciones

de radiodifusión, otorgar la correspondiente habilitación y aprobar el

inicio de las transmisiones regulares, en conjunto con la autoridad

regulatoria y la autoridad de aplicación en materia de

telecomunicaciones.

7.

Elaborar y aprobar los pliegos de bases y condiciones para la adjudicación de servicios de comunicación audiovisual.

8.

Sustanciar los procedimientos para los concursos,

adjudicación directa y autorización, según corresponda, para la

explotación de servicios de comunicación audiovisual.

9.

Mantener actualizados los registros de consulta

pública creados por la Ley Nº 26.522, que deberán publicarse en el

sitio de Internet de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación

Audiovisual.

10.

Velar por el desarrollo de una sana competencia

y la promoción de la existencia de los más diversos medios de

comunicación que sea posible, para favorecer el ejercicio del derecho

humano a la libertad de expresión y la comunicación.

11.

Adjudicar y prorrogar, en los casos que

corresponda, y declarar la caducidad de las licencias, permisos y

autorizaciones, sujeto a control judicial pleno y oportuno, incluso

cautelar.

12.

Fiscalizar y verificar el cumplimiento de las

obligaciones previstas en la Ley Nº 26.522 y los compromisos asumidos

por los prestadores de los servicios de comunicación audiovisual y

radiodifusión en los aspectos técnicos, legales, administrativos y de

contenidos.

13.

Promover y estimular la competencia y la

inversión en el sector. Prevenir y desalentar las prácticas

monopólicas, las conductas anticompetitivas, predatorias y/o de abuso

de posición dominante en el marco de las funciones asignadas a este

organismo u otros con competencia en la materia.

14.

Aplicar las sanciones correspondientes por

incumplimiento de la Ley Nº 26.522, sus reglamentaciones y sus actos

administrativos, bajo control judicial pleno y oportuno, incluso

cautelar.

15.

Declarar la ilegalidad de las estaciones y/o

emisiones y promover la consecuente actuación judicial, incluso

cautelar; adoptando las medidas necesarias para lograr el cese de las

emisiones declaradas ilegales.

16.

Fiscalizar, percibir y administrar los fondos

provenientes de gravámenes, tasas y multas, y administrar los bienes y

recursos del organismo.

17.

Resolver en instancia administrativa los recursos y reclamos del público u otras partes interesadas.

18.

Modificar, sobre bases legales o técnicas, los

parámetros técnicos asignados a una licencia, permiso o autorización,

por los servicios registrados.

19.

Garantizar el respeto a la Constitución

Nacional, las Leyes y Tratados Internacionales en los contenidos

emitidos por los servicios de comunicación audiovisual.

20.

Mantener y actualizar los registros públicos a que se refiere la Ley Nº 26.522.

21.

Registrar y habilitar al personal técnico y de

locución que se desempeñe en los servicios de radiodifusión y de

comunicación audiovisual cuando fuere pertinente, así como proveer a su

formación y capacitación.

22.

Recibir en sus delegaciones y canalizar las presentaciones dirigidas a la Defensoría del Público.

23.

Crear y administrar el Fondo de Jerarquización del personal afectado a su funcionamiento.

24.

Proveer los recursos necesarios para el funcionamiento del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual.

25.

Ejercer su conducción administrativa y técnica.

26.

Establecer su estructura organizativa y funcional.

27.

Elaborar el presupuesto anual de gastos, el cálculo de recursos y la cuenta de inversión.

28.

Aceptar subsidios, legados y donaciones.

29.

Comprar, gravar y vender bienes muebles e inmuebles, conforme la normativa vigente.

30.

Celebrar toda clase de contratos y convenios de

reciprocidad o de prestación de servicios con otros organismos,

entidades o personas físicas o jurídicas, conforme la normativa vigente.

31.

Contratar créditos con arreglo a lo dispuesto por la normativa vigente.

32.

Nombrar, promover y remover a su personal.

33.

Dictar los reglamentos, las resoluciones y las

normas de procedimiento que resulten necesarios para el mejor ejercicio

de sus funciones.

34.

Responder a los requerimientos del Consejo

Federal de Comunicación Audiovisual, del Defensor del Público de

Servicios de Comunicación Audiovisual, y de la Comisión Bicameral de

Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual.

35.

Realizar periódicamente los estudios técnicos

para evaluar el nivel y efectos de las emisiones radioeléctricas en el

cuerpo humano y en el ambiente, al efecto de impedir todo tipo de

emisiones que resulten nocivas a la salud o provoquen daño ambiental a

los fines de ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes.

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Promover el desarrollo adecuado de un sistema de

control interno que garantice el cumplimiento de la eficacia,

eficiencia y economía de la gestión presupuestaria, pedagógica,

cultural y administrativa de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE

COMUNICACION AUDIOVISUAL.

ACCIONES:

1.

Establecer la planificación y elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna.

2.

Evaluar y asesorar en el cumplimiento de planes y

metas, recomendando la corrección de los mismos cuando se produzcan

desvíos.

3.

Evaluar el desarrollo de los procesos y sistemas, recomendando la actualización y/o adecuación de los circuitos en uso.

4.

Controlar el cumplimiento de los principios

contables y niveles presupuestarios de la normativa legal vigente con

relación a los ingresos y egresos.

5.

Emitir opinión sobre los Estados Contables del Organismo.

6.

Controlar la eficiencia, eficacia y legalidad de las acciones operativas llevadas a cabo por el Organismo.

7.

Producir informes periódicos sobre las auditorías

practicadas y comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA

GENERAL DE LA NACION acerca de los desvíos que se detecten, con las

recomendaciones y/u observaciones que se formulen en cuanto a los

cursos de acción a seguir.

8.

Efectuar el seguimiento de los expedientes

auditados a fin de aconsejar las modificaciones pertinentes en la

tramitación de las actuaciones administrativas.

9.

Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.

10.

Recomendar la implementación de los indicadores

que permitan determinar la evolución económica, financiera y de gestión

del organismo.

11.

Asesorar en la implementación y actualización de

los manuales de procedimientos del Organismo, tanto en cuanto a su

eficacia y eficiencia, cuanto en los aspectos relativos al Control

Interno.

12.

Controlar las medidas de resguardo adoptadas para la salvaguarda de los activos del Organismo.

DIRECCION DE SISTEMAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en la implementación y seguimiento de las

políticas relativas a las Tecnologías de la información y las

comunicaciones, incluyendo la informática, las telecomunicaciones, la

telefonía, las redes, los sistemas de información y las tecnologías

asociadas, fijadas por la jurisdicción, conforme a las normas vigentes

en la Administración Pública Nacional.

ACCIONES:

1.

Entender en los procesos de incorporación,

implementación, modificación o eliminación de Tecnologías de la

Información y Comunicación del Organismo.

2.

Intervenir en el diagnóstico de necesidades, de información, diseño de nuevos Sistemas y/o modificación de los existentes.

3.

Entender y asesorar en las políticas de desarrollo de sistemas de información.

4.

Atender el mantenimiento del equipamiento

informático y de recepción de audio, video y otros similares,

asegurando su correcto funcionamiento.

5.

Verificar el cumplimiento de las normas legales en materia de utilización del software.

6.

Gestionar ante la Oficina Nacional de Tecnologías

de la Información de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la

SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS la aprobación de las especificaciones técnicas incluidas en

las compras y/o licitaciones encaradas por el Organismo.

7.

Administrar la totalidad de los sistemas informáticos implementados en el organismo.

8.

Establecer planes de contingencia para el cumplimiento de funciones críticas.

9.

Elaborar métodos y normas a seguir en cuestiones

de seguridad y privacidad de la información procesada y/o generada en

el Organismo, participando en la determinación de las acciones a seguir

en esta materia y evaluar su aplicación.

10.

Efectuar estudios y desarrollos de sistemas

informáticos o programas específicos, en coordinación con las distintas

unidades del organismo con el fin de optimizar los procesos

administrativos.

11.

Entender y asesorar en la contratación y/o

licitación de servicios referidos a conectividad del Organismo, ya sea

internamente a través de la Intranet como externo con Internet.

12.

Atender el mantenimiento y buen funcionamiento

de Intranet, Internet y demás enlaces necesarios para el funcionamiento

normal de las diferentes áreas del Organismo.

13.

Intervenir en la planificación, instalación y

mantenimiento de las redes de los sistemas informáticos y de telefonía

del Organismo.

14.

Asistir técnicamente en las adquisiciones necesarias para la instalación de las redes informáticas y de telefonía.

15.

Proponer la organización de cursos de capacitación referidos a temas informáticos.

DIRECCION DE RELACIONES INSTITUCIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el desarrollo, implementación y

seguimiento de los vínculos que la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE

COMUNICACION AUDIOVISUAL mantenga con otros Organismos nacionales e

internacionales, así como también en la dirección de las políticas

comunicacionales del Organismo.

ACCIONES:

1.

Coordinar la formulación, desarrollo y ejecución de las políticas comunicacionales del Organismo.

2.

Promover el intercambio institucional y la

generación de posibles convenios de cooperación con instituciones del

ámbito nacional e internacional.

3.

Asistir a los representantes del Organismo que

concurran ante los organismos nacionales e internacionales que

correspondan y coordinar la difusión de los tratados, acuerdos o

convenios que resulten de ello.

4.

Establecer las pautas para el desarrollo de la

página Web, su actualización y el mantenimiento de los mecanismos de

consulta pública a efectuar a través de esta vía.

5.

Desarrollar las vías de comunicación con los medios audiovisuales en el ámbito nacional e internacional.

6.

Colaborar en las políticas de comunicación

referentes, a requerimiento del Consejo Federal de Comunicación

Audiovisual, del Defensor del Público de los Servicios de Comunicación

Audiovisual, y del Consejo Asesor de la Comunicación Audiovisual y la

Infancia.

7.

Instrumentar el informe anual pormenorizado de

gestión de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION

AUDIOVISUAL para ser elevado a la presidencia del Directorio.

8.

Coordinar el funcionamiento del área de atención al usuario, derivando los reclamos pertinentes a sus respectivas áreas.

9.

Entender en la realización y supervisión de los

eventos institucionales tanto nacionales como internacionales en los

que participe el Organismo.

10.

Elaborar los informes y presentaciones que requiera el Presidente y demás integrantes del Directorio.

DIRECCION DE CONTROL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el control de los reclamos y denuncias

de los usuarios e integrantes del sistema de servicios de comunicación

audiovisual y en el seguimiento de las respuestas pertinentes.

ACCIONES:

1.

Recepcionar los reclamos y denuncias de los usuarios y dar las respuestas pertinentes.

2.

Derivar las denuncias sobre presuntas

infracciones a la normativa vigente en materia de radiodifusión a las

áreas que correspondan.

3.

Registrar las denuncias formuladas por los particulares y los radiodifusores.

4.

Realizar el seguimiento de las actuaciones iniciadas con motivo de las denuncias impetradas por los usuarios.

5.

Realizar el análisis y confeccionar estadísticas

de los distintos tipos de denuncias y reclamos recepcionados por el

Organismo, a los efectos de adoptar las medidas tendientes a solucionar

la problemática que se plantee.

6.

Constatar el funcionamiento y el cumplimiento de

las normas de los radiodifusores que transmiten en las diferentes

jurisdicciones.

7.

Implementar un Plan Anual de Inspecciones.

8.

Realizar la inspección integral de los servicios de radiodifusión de todo el país.

9.

Realizar las inspecciones y constataciones solicitadas por el Directorio u otras áreas del Organismo.

DIRECCION DE GESTION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en la administración de la documentación

que tramita el Organismo, incluyendo su recepción, salida, archivo,

control de circulación y cumplimiento de los plazos correspondientes.

ACCIONES:

1.

Asegurar la distribución de documentación, el

control de circulación y el cumplimiento de los plazos de tramitación

de los expedientes administrativa.

2.

Entender en la recepción, salida y archivo de la documentación que tramita el Organismo.

3.

Adoptar las medidas necesarias para mejor proveer a la toma de decisiones.

4.

Entender en la clasificación y guarda de la documentación administrativa, cuando corresponda su archivo en el Organismo.

5.

Entender en la recepción y registración de los

expedientes que ingresen para su archivo, así como en la remisión de

aquellos que se reclamen.

6.

Verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las actuaciones en que el Organismo deba pronunciarse.

7.

Determinar la modalidad de clasificación, conservación y archivo de la documentación.

8.

Otorgar los certificados e informes que se soliciten sobre los registros del Organismo.

SECRETARIA EJECUTIVA DEL CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar y organizar las tareas administrativas

para la realización de acuerdos plenarios y reuniones del Consejo

Federal de Comunicación Audiovisual y administrar sus fondos y personal

a cargo.

ACCIONES:

1.

Realizar tareas de ordenación administrativa

necesarias para el mejor funcionamiento del Consejo Federal de

Comunicación Audiovisual, incluido el seguimiento de las Comisiones.

2.

Organizar los Plenarios y las reuniones de las Comisiones Permanentes y las creadas a efectos determinados.

3.

Elaborar los proyectos de actas, proveídos, resoluciones y acuerdos plenarios, y refrendar las actuaciones.

4.

Suscribir informes, documentación y la

correspondencia ordinaria del Consejo, cuya firma no corresponda

directamente a los Consejeros.

5.

Establecer vinculación y preparar eventuales

convenios o acuerdos con personas e instituciones públicas y privadas a

fin de facilitar la articulación del Consejo Federal con dichos

sectores.

6.

Llevar a cabo las gestiones ante los distintos

organismos públicos y entidades privadas, conforme lo requieran las

exigencias de su quehacer.

7.

Coordinar el trabajo de las diferentes comisiones.

8.

Controlar, manejar o rendir cuentas de los fondos del Consejo según se le instruya.

9.

Supervisar al personal contratado temporaria o

permanentemente, impartiendo las instrucciones necesarias para el mejor

cumplimiento de las labores, proponiendo al Presidente, en caso

necesario, la adopción de medidas disciplinarias.

10.

Desempeñar los mandatos que se le otorguen con carácter general o especial.

11.

Cumplir con las directivas que le imparta el Presidente del Consejo.

DEPARTAMENTO DE SUMARIOS INTERNOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Dirigir y verificar el cumplimiento de la

metodología de sustanciación de las actuaciones sumariales internas en

lo que se refiere a la investigación de los hechos, reunión de pruebas,

determinación de responsabilidades y encuadre de las faltas si las

hubiere.

ACCIONES:

1.

Entender en cuestiones disciplinarias del personal.

2.

Instruir los sumarios al personal del organismo.

3.

Proponer las medidas preventivas correspondientes a las respectivas instancias de la actuación sumarial.

4.

Ordenar medidas previas y/o ampliatorias a la instrucción del sumario.

5.

Sustanciar los recursos administrativos del personal que se desempeña en el organismo.

6.

Entender en la elaboración de los proyectos de

resolución relacionados con la situación administrativa del personal

del organismo.

7.

Asesorar, estudiar y producir informes a requerimiento del Directorio respecto de temas especiales.

8.

Mantener actualizado un registro unificado de los

sumarios en trámite en el ámbito de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS

DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.

DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION Y PROYECTOS ESPECIALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Conducir las acciones que hacen al desarrollo de

proyectos sustentables de servicios de comunicación audiovisual, de

frontera y de los pueblos originarios; y colaborar en la ejecución de

iniciativas destinadas a la identificación de la producción nacional.

ACCIONES:

1.

Promover la celebración de convenios con otros

organismos del Estado y del sector privado y organismos no

gubernamentales, que posibiliten la promoción y el desarrollo de los

servicios audiovisuales de comunicación.

2.

Adoptar las medidas necesarias para difundir el

desarrollo de la participación de los servicios de comunicación

audiovisual dentro de la sociedad.

3.

Implementar líneas de acción destinadas a

fortalecer el desarrollo sustentable del sector de servicios de

comunicación audiovisual, comunitarios, de frontera, y de los pueblos

originarios.

4.

Participar en la programación del financiamiento

de proyectos relacionados al sector de los servicios de comunicación

audiovisual, comunitarios, de frontera, y de los pueblos originarios.

5.

Colaborar en la promoción de proyectos especiales de comunicación audiovisual.

6.

Monitorear la implementación y el desarrollo de los proyectos financiados por el Organismo.

7.

Proponer e implementar un Plan Anual de proyectos especiales de comunicación audiovisual.

8.

Asistir en la difusión de las medidas destinadas a la identificación de la producción audiovisual argentina.

9.

Asesorar, estudiar y producir informes a requerimiento del Directorio respecto a temas especiales.

DIRECCION NACIONAL DE DELEGACIONES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la coordinación de políticas, programas y acciones en las delegaciones del interior del país.

ACCIONES:

1.

Coordinar el funcionamiento de las Delegaciones del Organismo.

2.

Trasladar las consultas y la documentación que envían las Delegaciones, a las áreas que correspondan.

3.

Informar a las delegaciones del interior en qué

situación se encuentran los diferentes trámites iniciados en la

AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.

4.

Autorizar a las Delegaciones, cuando corresponda,

las compras de bienes de uso por montos que no superen los establecidos

en la normativa vigente.

5.

Coordinar con las delegaciones las tareas referentes a la fiscalización de contenidos.

6.

Supervisar las diferentes acciones de control que sean establecidas en la Dirección de Control.

7.

Participar en la selección de inmuebles y

formalización de los alquileres y comodatos que sean utilizados como

sede de una delegación del Organismo.

8.

Coordinar la recepción de actuaciones que pudiese

recibir el Organismo dirigidas a la Defensoría del Público de Servicios

de Comunicación Audiovisual, remitiendo dichas actuaciones a la

Defensoría en forma inmediata.

DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO DE SERVICIOS AUDIOVISUALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Propender al desarrollo de los servicios de

comunicación audiovisual, a través de la ponderación de la demanda y

formulación de proyectos tendientes a su satisfacción y el seguimiento

de sus condiciones de funcionamiento, alentando las medidas que

promuevan la diversidad e incorporación de nuevos servicios y

prestadores.

ACCIONES:

1.

Contribuir en el diseño de pautas de eficiente gestión del espectro radioeléctrico.

2.

Sustanciar los trámites tendientes al acceso a

autorizaciones y licencias para la explotación de servicios de

comunicación audiovisual por personas de derecho público, estatal y no

estatal y de derecho privado, con o sin fines de lucro.

3.

Evaluar las condiciones jurídico-personales, patrimoniales y culturales para el acceso a las licencias y autorizaciones.

4.

Intervenir en la continuación de los procesos de normalización de los servicios de radiodifusión.

5.

Elaborar los pliegos de bases y condiciones

generales y particulares que rijan el acceso a las licencias de

servicios de comunicación audiovisual, distinguiendo, con relación a

las personas jurídicas, según sean éstas con o sin fines de lucro.

6.

Planificar la convocatoria a concurso público y

adjudicación directa de licencias de servicios de comunicación

audiovisual, según corresponda.

7.

Sustanciar las solicitudes de apertura de

concursos públicos que se efectúen, en los plazos y condiciones

definidos reglamentariamente.

8.

Procurar el cumplimiento de las condiciones de

instalación y funcionamiento derivadas del acto administrativo de

autorización o licencia y de la normativa vigente en la materia.

9.

Sustanciar los trámites vinculados a los plazos de las licencias y sus prórrogas.

10.

Elaborar los reglamentos vinculados a la materia

que integran su responsabilidad primaria, vinculados a las condiciones

de prestación de los servicios de comunicación audiovisual.

11.

Gestionar el otorgamiento de permisos para transmisiones experimentales;

12.

Sustanciar los trámites vinculados a la

modificación de las condiciones de funcionamiento de los servicios

licenciatarios y autorizados.

13.

Procurar la habilitación final de los servicios de comunicación audiovisual.

14.

Gestionar la declaración de ilegalidad de los

servicios de comunicación audiovisual que carecen de títulos que

legitimen su operatividad.

15.

Procurar la regularización de los servicios ilegales.

16.

Sustanciar las denuncias formuladas contra los

servicios ilegales y las que refieran a cuestiones vinculadas a las

condiciones de prestación de los servicios licenciatarios, autorizados

y permisionarios.

17.

Gestionar los registros públicos de los

licenciatarios, de las agencias de publicidad, de las señales y de las

productoras de contenido.

18.

Intervenir en la resolución de conflictos

operativos en función de los parámetros utilizados, con intervención

del área técnica, hasta la regularización de los servicios.

19.

Intervenir en los procesos de cooperación

permanente con otros organismos vinculados a la materia, para la mejora

y desarrollo de los servicios de comunicación audiovisual.

DIRECCION NACIONAL DE INGENIERIA Y NUEVAS TECNOLOGIAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Promover la aprobación de las medidas técnicas

reglamentarias y particulares, que propendan a la regular y eficiente

prestación de los servicios de comunicación audiovisual y a la

incorporación de nuevas tecnologías.

ACCIONES:

1.

Entender en la elaboración de las normas técnicas

de los servicios de comunicación audiovisual y sus modificaciones,

procurando su permanente actualización.

2.

Intervenir en la confección, modificación y

actualización de los planes nacionales de frecuencias de los servicios

de comunicación audiovisual y en el Plan Nacional de Servicios de

Comunicación Audiovisual Digitales.

3.

Planificar la adopción de las medidas que

propendan a la satisfacción de las reservas previstas por el artículo

89 de la Ley Nº 26.522.

4.

Proponer medidas generales y particulares que

propendan a la optimización en la utilización del espectro

radioeléctrico, procurando la facilitación de la incorporación de

nuevos prestadores.

5.

Intervenir en la asignación de parámetros técnicos de los servicios de comunicación audiovisual.

6.

Proponer las medidas conducentes a la incorporación, regulación y prestación de nuevos servicios.

7.

Intervenir en los trámites de otorgamiento de

permisos para la realización de transmisiones experimentales para la

investigación y desarrollo de innovaciones tecnológicas.

8.

Controlar el cumplimiento de los compromisos de

incorporación de nuevas tecnologías efectuados al amparo del Decreto Nº

527/05.

9.

Gestionar la documentación técnica definitiva de

los servicios de comunicación audiovisual y la correspondiente a la

modificación de parámetros técnicos requeridos para su aprobación y

ulterior habilitación o autorización.

10.

Intervenir en la elaboración de normas generales que comprendan aspectos técnicos.

11.

Asistir en la elaboración de las políticas de los servicios de comunicación audiovisual en materia técnica.

12.

Intervenir en la evaluación de los anteproyectos

técnicos de las proponentes para acceder a las licencias y

autorizaciones de los servicios de comunicación audiovisual.

13.

Evaluar los servicios conexos y facilidades

adicionales, ofrecidos por los oferentes, para impulsar el desarrollo

de la Sociedad de la Información y la inclusión de las personas

discapacitadas.

14.

Colaborar con la representación del Organismo en

la asistencia a los encuentros internacionales de coordinación y

vinculados a la administración del espectro radioeléctrico.

15.

Mantener relaciones con organizaciones públicas

y privadas vinculadas a la regulación técnica de los servicios de

comunicación audiovisual.

16.

Llevar datos estadísticos respecto de la ocupación del espectro radioeléctrico.

17.

Intervenir en la definición de tecnologías que

procuren el acceso a los contenidos por parte de las personas con

discapacidad.

18.

Gestionar la realización de estudios técnicos

para evaluar el nivel y efectos de las emisiones radioeléctricas en el

cuerpo humano y en el ambiente, a fines de restringir las emisiones que

resulten nocivas a la salud o provoquen daño ambiental.

19.

Intervenir en el desarrollo técnico de los

procesos de simulcasting e incorporación de tecnologías digitales,

proponiendo la sustanciación de procedimiento de elaboración

participativa de normas y audiencias públicas, cuando correspondiere.

DIRECCION NACIONAL DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Gestionar el cumplimiento normativo en todo lo

referente a contenidos audiovisuales, ya sean emitidos como a emitir,

impulsando la promoción, investigación y desarrollo de los mismos en el

marco de la defensa de los Derechos Humanos en general y los de la

niñez en particular.

ACCIONES:

1.

Controlar el cumplimiento de lo establecido por

la Ley Nº 26.522 respecto de los porcentajes mínimos de contenidos que

las diversas programaciones deben incluir.

2.

Intervenir en la autorización y seguimiento de la constitución de redes de emisoras.

3.

Fiscalizar y evaluar los contenidos de las

emisiones de radio, televisión abierta y señales distribuidas por

servicios de suscripción.

4.

Elaborar los informes sobre infracciones a los contenidos previstas en el marco normativo y remitirlos al área pertinente.

5.

Controlar que se cumplan las disposiciones

legales respecto de la difusión de avisos publicitarios en cuanto a sus

contenidos y tiempos máximos de emisión.

6.

Diligenciar lo relacionado con la expedición de

mensajes de interés público, publicidad política y la integración de

Cadena Nacional y/o Provincial.

7.

Observar y promover la eliminación de actos discriminatorios insertos en los contenidos audiovisuales.

8.

Velar por el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 71 de la Ley Nº 26.522.

9.

Impulsar la protección de la infancia, haciendo

cumplir las disposiciones legales previstas respecto de contenidos

dedicados a ella y su participación en programas y avisos publicitarios.

10.

Verificar el cumplimiento de la cuota de pantalla del cine nacional y artes audiovisuales.

11.

Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones

legales respecto de la accesibilidad a la programación televisiva de

las personas con discapacidades sensoriales.

12.

Participar del Observatorio de la Discriminación

en Radio y Televisión, contando con la asesoría de los otros organismos

públicos que lo componen.

13.

Promover la investigación y la publicación de informes respecto de contenidos audiovisuales.

14.

Estimular el mejoramiento de los contenidos

audiovisuales mediante el otorgamiento anual de premios a la radio y la

televisión de todo el país.

DIRECCION NACIONAL DE GRAVAMENES Y TASAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la aplicación, fiscalización y pago de

los gravámenes en concepto de explotación de los servicios de

comunicación audiovisual y de las tasas que se impongan por extensión

de permisos.

ACCIONES:

1.

Coordinar la aplicación del gravamen que deben tributar los titulares de los servicios de comunicación audiovisual.

2.

Proponer medidas de control tendientes a facilitar la administración del gravamen.

3.

Supervisar la ejecución de inspecciones solicitadas por el Directorio u otras áreas del Organismo.

4.

Elaborar las evaluaciones patrimoniales de los

futuros licenciatarios y/o las solicitadas por el Directorio u otras

áreas del Organismo.

5.

Aplicar la disposición de exenciones o reducciones temporarias de los gravámenes instituidos por la ley.

6.

Verificar el pago en término del gravamen, y efectuar los reclamos correspondientes.

7.

Coordinar la fiscalización de los gravámenes

instituidos por la ley, o las tasas que eventualmente se impongan por

extensión de permisos.

8.

Proponer medidas de control con la AFIP tendientes a facilitar la administración del gravamen.

9.

Efectuar el seguimiento y control de los

convenios judiciales suscriptos entre el organismo y los titulares de

servicios de comunicación audiovisual.

10.

Llevar a cabo el seguimiento y control de los

planes de facilidades de pago por gravamen otorgados por el organismo

de acuerdo a la Ley.

11.

Evaluar y fiscalizar las condiciones de otorgamiento de las exenciones.

12.

Entender en la elaboración del Plan Anual de Inspecciones.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS LEGALES Y REGULATORIOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la elaboración de anteproyectos de

legislación general e instrumentación normativa de políticas del

sector, en el perfeccionamiento de las disposiciones legales y

reglamentarias, en el análisis de los anteproyectos de legislación, en

el control de legitimidad y legalidad de los actos y procedimientos

administrativos. Asumir la representación y patrocinio del Estado

Nacional en los juicios correspondientes a la jurisdicción.

ACCIONES:

1.

Ejercer las funciones de servicio permanente de

Asesoramiento Jurídico de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE

COMUNICACION AUDIOVISUAL.

2.

Asesorar y asistir al organismo en las materias jurídicas y legales que le sean requeridas.

3.

Entender en las tareas de asistencia para el dictado de regulaciones para el sector de servicios de comunicación audiovisual.

4.

Asistir en el diseño de regulaciones que

impliquen promover una competencia dinámica y leal para la provisión de

servicios de comunicación audiovisual.

5.

Asesorar, asistir e intervenir en las cuestiones

relacionadas con la defensa de la competencia en materia de servicios

de comunicación audiovisual.

6.

Intervenir en la aplicación del régimen

sancionatorio de los sujetos regulados por la ley de servicios de

comunicación audiovisual.

7.

Entender en el diligenciamiento administrativo de todas las actuaciones en que intervenga el Organismo.

8.

Dirigir los procedimientos de ejecución fiscal de deudas.

9.

Elaboran los dictámenes que correspondieren o le sean solicitados.

10.

Intervenir en los procesos destinados al

otorgamiento de los permisos, licencias y autorizaciones para prestar

servicios de comunicación audiovisual.

11.

Verificar el cumplimiento de las condiciones

legales, de autorizaciones, licencias o permisos para prestar servicios

de comunicación audiovisual.

12.

Intervenir en las inscripciones, modificaciones

o bajas de los sujetos regulados por la ley de servicios de

comunicación audiovisual.

13.

Instruir los sumarios, substanciar los recursos

administrativos, denuncias administrativas, y demás medidas y gestiones

procesales por aplicación de las normas de procedimientos vigentes.

14.

Elaborar los proyectos, decretos y resoluciones vinculados con los servicios de comunicación audiovisual.

15.

Entender en la elaboración de propuestas de

políticas para el sector, y de las normas e instrumentos jurídicos que

recepten los nuevos avances tecnológicos.

16.

Asesorar y asistir a las autoridades del

Organismo en todos los aspectos jurídicos referidos a la aplicación de

las distintas normas legales, interviniendo en la elaboración de

proyectos de normas de actualización y mejoramiento de la legislación

que sea competencia de la jurisdicción.

17.

Analizar y efectuar propuestas relativas a

proyectos normativos originados en, o destinados a otras jurisdicciones

y que sirvan a los propósitos de regulación, promoción, desarrollo e

incentivo en temas de competencia específica del Organismo.

18.

Intervenir en la instrumentación de convenios de

cooperación, delegación y fiscalización con otros órganos oficiales

federales o locales y con entidades privadas.

19.

Asesorar en los aspectos jurídicos y legales de

todas las negociaciones de carácter nacional o internacional, en los

que la jurisdicción tenga competencia.

20.

Entender en la elaboración de normas de

prevención de conductas anticompetitivas y de protección y fomento de

la competencia en los servicios de comunicación audiovisual.

21.

Intervenir en las cuestiones relacionadas con la

defensa de la competencia en materia de servicios de comunicación

audiovisual.

22.

Promover el perfeccionamiento de las

disposiciones legales y reglamentarias en vigor mediante la realización

de los estudios vinculados con su especialidad.

23.

Entender en los trámites de transferencias de

acciones o cuotas, modificaciones de estatutos, de contratos y de

capital social relativos a personas jurídicas vinculadas a la

prestación de servicios de comunicación audiovisual.

24.

Asistir en la redacción de los pliegos de bases

y condiciones para el llamado a concurso de adjudicación de licencias

destinadas a la prestación de servicios de comunicación audiovisual.

25.

Efectuar el control de legalidad de las actuaciones en que intervenga.

26.

Diligenciar las actuaciones recibidas de acuerdo con las normas de procedimientos vigentes.

27.

Brindar asesoramiento en materia de

diligenciamiento de actuaciones y ejercicio del control de legalidad,

cuando le fuere requerido.

28.

Entender en la recepción, despacho y archivo de

la documentación, y su distribución interna, en el seguimiento de los

trámites administrativos y en la realización de las notificaciones

pertinentes.

29.

Realizar la actualización del ordenamiento

administrativo y normativo del Organismo, elaborando la información

técnico-jurídica que le sea requerida.

30.

Centralizar y diligenciar, por sí o con

derivación a otras dependencias competentes, los oficios judiciales

ordenatorios e informativos.

31.

Intervenir en la supervisión general de las cuestiones sometidas a consideración y/o firma del Directorio.

32.

Asesorar, estudiar y producir informes a requerimiento del Directorio respecto de temas especiales.

33.

Atender el servicio jurídico permanente, con las

demás funciones legales y reglamentarias atribuidas al Cuerpo de

Abogados del Estado.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la planificación, dirección y control de

los servicios administrativo-financieros, de los recursos humanos; y en

el mantenimiento y suministro de los recursos físicos y tecnológicos

del organismo.

ACCIONES

1.

Planificar, dirigir y controlar la administración

financiera y de los recursos materiales, a través de los sistemas de

presupuesto, información contable, contrataciones, tesorería y

administración y mantenimiento de bienes físicos.

2.

Asegurar el cumplimiento de las Leyes Nº 24.156 y

11.672 —Complementaria permanente de Presupuesto— y complementarias,

reglamentaciones y normas de administración financiera del sector

público.

3.

Brindar apoyo técnico-administrativo, en los

temas de su competencia, a las otras direcciones generales y/o

nacionales del organismo.

4.

Validar la elaboración del presupuesto anual y

las propuestas de correcciones y/o modificaciones al presupuesto

aprobado, de análisis de la ejecución física y financiera y el informe

de evaluación presupuestaria, elevándolos para su aprobación a la

máxima autoridad.

5.

Coordinar la aplicación de las políticas, normas y procedimientos para la contratación de bienes y servicios.

6.

Validar la integración del Plan Anual de contrataciones de bienes y servicios.

7.

Aprobar los informes de Gestión de Contrataciones

de Bienes y Servicios, inclusive los informes periódicos para la Unidad

de Auditoría Interna.

8.

Intervenir en la gestión de la administración de los bienes físicos del organismo.

9.

Entender en la contratación de los seguros correspondientes al personal y los bienes del Organismo.

10.

Supervisar las órdenes de pago que correspondiera emitir.

11.

Administrar y supervisar la utilización del Fondo Rotatorio y asegurar la rendición oportuna de los gastos efectuados.

12.

Intervenir en los estados contables económico-financieros y de avance físico.

13.

Proponer el diagnóstico y dirigir el diseño,

análisis, evaluación, implementación, seguimiento y control de los

sistemas de información.

14.

Entender en la administración de las políticas y en la aplicación de las normas relativas a los recursos humanos.

15.

Fiscalizar las acciones relativas al registro de inventario y control de los bienes patrimoniales del organismo.

16.

Verificar el ingreso de los gravámenes que deben tributar los titulares de los servicios de radiodifusión.

DIRECCION GENERAL DEL INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFONICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA.

Planificar y dirigir la formación técnica y

profesional dictada en el Instituto Superior de Enseñanza Radiofónica,

tendiente a la capacitación para el logro de un eficaz desempeño de su

alumnado en los servicios de Comunicación Audiovisual.

ACCIONES:

1.

Promover la formación profesional de personal especializado que se desempeñe en los servicios de comunicación audiovisual.

2.

Coordinar la registración y habilitación del

personal técnico y de locución que se desempeñe en los servicios de

comunicación audiovisual, cuando fuere pertinente, así como proveer a

su formación y capacitación.

3.

Entender y gestionar la formación técnica y profesional del alumnado.

4.

Promover y supervisar la realización de concursos docentes.

5.

Coordinar la elaboración de los Planes de Estudios y el diseño curricular de las carreras que se dicten en el Instituto.

6.

Promover el dictado de cursos de capacitación,

perfeccionamiento y actualización para egresados de otros institutos,

docentes del ISER, personal de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE

COMUNICACION AUDIOVISUAL y personal de los medios de comunicación.

7.

Intervenir en la planificación pedagógica tendiente al cumplimiento de los objetivos fijados en los planes de estudios.

8.

Supervisar la presentación de programas

analíticos de las materias correspondientes a las carreras que se

dictan en el Instituto, antes de la iniciación de cada período lectivo.

9.

Coordinar la organización de los exámenes de habilitación de profesionales actuantes en los servicios de radiodifusión.

10.

Ejercer la supervisión pedagógica de los establecimientos educacionales adscriptos autorizados por el Organismo.

11.

Promover la celebración de acuerdos, convenios,

intercambios y el otorgamiento de becas con instituciones educativas

del país y del exterior, tendientes a la expansión geográfica del

dictado de las carreras relacionadas a los Servicios de Comunicación

Audiovisual.

12.

Impulsar la difusión de las metas y actividades

del Instituto, procurando establecer vínculos con otras instituciones y

fortalecer el intercambio cultural e institucional.

13.

Informar al Directorio y presentar los informes que sean requeridos.

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