CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2022-12-30
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONTRATOS

Decreto 879/2022

DCTO-2022-879-APN-PTE - Aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-137118552-APN-DGDA#MEC y el Modelo de

Contrato de Financiación propuesto para ser suscripto entre la

REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO EUROPEO DE INVERSIONES (BEI), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Financiación el BANCO EUROPEO DE

INVERSIONES (BEI) se compromete a asistir financieramente a la

REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la ejecución del

“Programa de Apoyo al Crédito para Energías Sostenibles y Bioeconomía”

por un monto equivalente a EUROS SESENTA MILLONES (EUR 60.000.000).

Que el objetivo general del Programa es fondear una línea de crédito

para financiar proyectos de energías sostenibles y bioeconomía en la

República Argentina.

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del

financiamiento serán llevadas a cabo por la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y

DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, que actuará como área

sustantiva con responsabilidad primaria en la materia a través del

BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A. (BICE), que será

responsable de la coordinación y ejecución técnica, como así también de

la gestión y ejecución operativa, administrativa, presupuestaria y

financiera-contable, comprendiendo las cuestiones fiduciarias y

legales, sobre cumplimiento de las cuestiones ambientales y sociales,

los procedimientos de adjudicación, planificación, monitoreo y

auditoría del Programa, y quedará facultado a realizar todas las

operaciones y contrataciones necesarias a los efectos de su ejecución.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA

ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del

MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscriba el Contrato de Financiación, así como

toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho Préstamo.

Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de

Economía para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA

ARGENTINA, suscriba el Contrato de Financiación y acuerde las

modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Programa de

Apoyo al Crédito para Energías Sostenibles y Bioeconomía”, siempre y

cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto o destino de los

fondos ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan

modificaciones a la prórroga de jurisdicción a tribunales extranjeros

acordada.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de

interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de

Financiación propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan

en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y

objetivos para los que será destinado el mencionado Préstamo.

Que para la implementación del Programa resulta necesario suscribir un

CONTRATO DE TRANSFERENCIA entre la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO

PRODUCTIVO, como área sustantiva con responsabilidad primaria en la

materia, el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A. (BICE), como

Organismo Ejecutor del Programa, y la SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS

Y FINANCIEROS INTERNACIONALES, quien representará al MINISTERIO DE

ECONOMÍA en la administración y ejecución financiera del Contrato de

Financiación.

Que han tomado intervención los servicios jurídicos competentes.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y

por el artículo 53 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de

Presupuesto (t.o. 2014).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Financiación a

celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO EUROPEO DE

INVERSIONES (BEI) por un monto equivalente a EUROS SESENTA MILLONES

(EUR 60.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de

Apoyo al Crédito para Energías Sostenibles y Bioeconomía” que consta de

DOCE (12) Estipulaciones y de CUATRO (4) Anexos, que como ANEXO I

(IF-2022-137966723-APN-SSRFID#MEC) forma parte integrante del presente

decreto.

ARTÍCULO 2°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario

o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a

suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el

Contrato de Financiación y su documentación adicional relacionada con

la operatoria de dicho Préstamo, conforme al Modelo que se aprueba por

el artículo 1° del presente decreto.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario

o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a

convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA

ARGENTINA, solicitudes de desembolso y toda documentación adicional

necesaria para la instrumentación de lo dispuesto por los artículos

precedentes y/o modificaciones al Contrato de Financiación cuyo modelo

se aprueba por el artículo 1° de la presente medida, siempre que no

constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos

ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones a

la prórroga de jurisdicción a tribunales extranjeros acordada.

ARTÍCULO 4°.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Programa de

Apoyo al Crédito para Energías Sostenibles y Bioeconomía” a la

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE

ECONOMÍA, que actuará como área sustantiva con responsabilidad primaria

en la materia a través del BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A.

(BICE), que será responsable de la coordinación y ejecución técnica,

como así también de la gestión y ejecución operativa, administrativa,

presupuestaria y financiera-contable, comprendiendo las cuestiones

fiduciarias y legales, sobre cumplimiento de las cuestiones ambientales

y sociales, los procedimientos de adjudicación, planificación,

monitoreo y auditoría del Programa, y quedará facultado a realizar

todas las operaciones y contrataciones necesarias a los efectos de su

ejecución.

ARTÍCULO 5º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Económicos y

Financieros Internacionales, al señor Secretario de Industria y

Desarrollo Productivo y al Presidente del BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO

EXTERIOR S.A. (BICE) o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios

o funcionarias que estos designen a convenir y suscribir el CONTRATO DE

TRANSFERENCIA para la ejecución del aludido Programa.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Sergio Tomás Massa

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/12/2022 N° 107410/22 v. 30/12/2022

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: Anexos)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.