EXENCION DE GRAVAMENES

Rango Decreto
Publicación 1997-09-11
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

EXENCION DE GRAVAMENES

Decreto 883/97

**Exímese del pago del derecho de Importación y

demás tributos a los productos originarios y procedentes

de los países participantes en el evento "Feria Internacional

de Córdoba FICO 97".**

Bs. As., 1/9/97

B.O: 11/9/97

VISTO el Expediente N° 061-005462/97 del Registro del MINISTERIO

DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que el MINISTERIO DE IA PRODUCCION Y TRABAJO DEL GOBIERNO DE CORDOBA

solicita la exención del pago del derecho de importación

y demás tributos que gravan la importación para

consumo de los folletos impresos, material publicitario y elementos

de construcción y decoración de stands, originarios

y procedentes de los países participantes en el evento

"FERIA INTERNACIONAL DE CORDOBA - FICO 97", a realizarse

en el Predio Ferial de CORDOBA, Provincia de CORDOBA (REPUBLICA

ARGENTINA), del 6 al 14 de setiembre de 1997.

Que la realización de esta muestra acrecentará el

intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro

país con los demás países participantes.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA

Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la debida intervención,

opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas

al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el artículo 5°, inciso

s), de la Ley N° 20.545 incorporado por su similar N°

21.450 y mantenido por el articulo 4° de la Ley N° 22.792

en lo que hace a la exención de los tributos que gravan

a la importación para consumo.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Exímese del pago del derecho

de importación, del impuesto al valor agregado, de los

impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística

y comprobación de destino, que gravan la importación

para consumo de los folletos impresos, material publicitario y

elementos de construcción y decoración de stands,

originarios y procedentes de los países participantes en

el evento "FERIA INTERNACIONAL DE CORDOBA FICO 97",

a realizarse en el Predio Ferial de CORDOBA, Provincia de CORDOBA

(REPUBLICA ARGENTINA) del 6 al 14 de

setiembre de 1997, para su exhibición y/u obsequio en la

mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES

CINCO MIL (U$S 5.000) por país participante tomando como

base de calculo valores FOB.

Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge

A. Rodríguez.- Roque B. Fernández.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.