SESIONES EXTRAORDINARIAS
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Decreto 89/00
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**Amplíase el temario a tratar por el Honorable
Congreso de la Nación.**
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Bs. As., 24/1/00
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En uso de las facultades que le otorgan los
artículos 63 y 99 inciso 9 de la Constitución Nacional.
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EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
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Artículo 1º— Inclúyese en el temario a
tratar por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, durante el período de Sesiones
Extraordinarias, la consideración de los asuntos detallados en el Anexo que
forma parte integrante del presente decreto.
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Art. 2º— Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. —
Rodolfo H. Terragno. — Federico T. M. Storani.
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ANEXO
TEMAS PARA LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION
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1.- Proyecto de Ley por el que se declara en
emergencia la situación económico financiera del Estado Nacional y se adoptan
medidas al respecto.
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2.- Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley
Nº 24.050 a fin de incluir en nuestro Sistema Judicial Penal Nacional el Fuero
Penal Tributario.
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3.- Proyecto de Ley por el que se estructura el
Fuero Penal Tributario en la Capital Federal.
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4.- Proyecto de Ley de creación de Juzgados y
Secretarías con competencia específica en materia de ejecuciones fiscales
tributarias.
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5.- Proyecto de Ley de Implementación del programa
laboral, que comprende el estímulo al empleo estable - período de prueba,
convenciones colectivas y modificaciones a la Ley Nº 23.546.
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6.- Proyecto de Ley de reforma a los Códigos Civil
y Penal para asegurar la libertad de expresión.