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EXENCION DE GRAVAMENES

Texto vigente a fecha 1970-01-02

EXENCION DE GRAVAMENES

Decreto 891/98

**Exímese del pago del derecho de importación y

demás tributos a productos originarios y procedentes de

los países participantes en el evento "Hospitalaria,

4ta. Feria Internacional de Productos, Equipos y Servicios para

el Sector de la Salud".**

Bs. As., 3/8/98

B.O: 06/08/98

VISTO el Expediente Nº 061-011102/97 del Registro del MINISTERIO

DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma MERCOFERIAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

solicita la exención del pago del derecho de importación

y demás tributos que gravan la importación para

consumo de los alimentos, folletos impresos, material publicitario,

afiches, otras formas de propaganda y elementos de construcción

y decoración de stands, originarios y procedentes de los

países participantes en el evento "HOSPITALARIA, 4ta.

FERIA INTERNACIONAL DE PRODUCTOS, EQUIPOS Y SERVICIOS PARA EL

SECTOR DE LA SALUD", a realizarse en el Centro Costa Salguero

de la Ciudad de BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 4 al 7

de noviembre de 1998.

Que la realización de esta muestra acrecentará el

intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro

país con los demás países participantes.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención

que le compete.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas

al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el artículo 5°, inciso

s), de la Ley Nº 20.545 incorporado por su similar Nº

21.450 y mantenido por el artículo 4º de la Ley Nº

22.792 en lo que hace a la exención de los tributos que

gravan a la importación para consumo.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Exímese del pago del derecho

de importación, del impuesto al valor agregado, de los

impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística

y comprobación de destino, que gravan la importación

para consumo de los alimentos, folletos, material publicitario,

afiches, otras formas de propaganda y elementos de construcción

y decoración de stands, originarios y procedentes de los

países participantes en el evento "HOSPITALARIA, 4ta.

FERIA INTERNACIONAL DE PRODUCTOS, EQUIPOS Y SERVICIOS PARA EL

SECTOR DE LA SALUD", a realizarse en el Centro Costa Salguero

de la Ciudad de BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA) del 4 al 7

de noviembre de 1998, para su exhibición y/u obsequio en

la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES

CINCO MIL (U$S 5.000) por país participante, tomando como

base de cálculo valores FOB.

Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge

A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.