JUSTICIA MILITAR

Rango Decreto
Publicación 1998-08-06
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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JUSTICIA MILITAR

Decreto 893/98

**Cese y designación de Presidente del Consejo de Guerra

Permanente para Personal Subalterno, Tropa y Alumnos de la Fuerza

Aérea.**

Bs. As., 3/8/98

B.O: 06/08/98

VISTO lo informado por el señor Jefe del Estado Mayor General

de la Fuerza Aérea Argentina, lo propuesto por el señor

Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que por razones del servicio es necesario reemplazar al Comodoro

(R - Art. 62) D. Jorge Raúl ARGUELLO (E Gen 1497) - L.E.

Nº 6.499.512, como Presidente del Consejo de Guerra Permanente

para el Personal Subalterno, Tropa y Alumnos de la Fuerza Aérea,

quien fuera nombrado por Decreto Nº 1900 de fecha 27 de octubre

de 1994.

Que conforme a lo establecido en el Nº 6, inciso 1º

del TITULO II - CAPITULO I "Disposiciones Generales"

de la Reglamentación de Justicia Militar para el Estado

Mayor General de la Fuerza Aérea (RLA 6a), los mandatos

que expiran antes de finalizar el período de Ley, deben

comenzar cada nuevo período el 1º de abril.

Que el Artículo 23 - Capítulo III - Título

II del Código de Justicia Militar (LA 6), establece que

los Presidentes de los Consejos de Guerra Permanentes, serán

nombrados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que el acto propuesto encuadra en las atribuciones conferidas

al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 99, inciso

12.

de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Dase por cesado al Comodoro (R

6.499.512, como Presidente del Consejo de Guerra Permanente para

el Personal Subalterno, Tropa y Alumnos de la Fuerza Aérea,

con fecha 31 de marzo de 1998.

Art. 2º- Dase por nombrado al Comodoro D. Danilo Alberto

SAMBUELLI (E Gen 2097) M.I. Nº 5.941.095, como Presidente

del Consejo de Guerra Permanente para el Personal Subalterno,

Tropa y Alumnos de la Fuerza Aérea, a partir del 01 de

abril de 1998, hasta completar el período de Ley que finaliza

el 01 de diciembre de 1998.

Art. 3º- Comuníquese, publíquese, dése

a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.-

MENEM.- Jorge Domínguez.

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