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LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO

Texto vigente a fecha 1970-01-02

LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO

Decreto 893/2015

Asignación.

Bs. As., 20/5/2015

VISTO el Expediente N° 376.747/14 del registro de LOTERIA NACIONAL

SOCIEDAD DEL ESTADO, los Decretos N° 598 del 29 de marzo de 1990, y sus

modificatorios, y N° 2 del 4 de enero de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 598/90 y sus modificatorios se transformó a

LOTERÍA NACIONAL en LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, se aprobó su

Estatuto Constitutivo y se estableció su dependencia funcional.

Que por Decreto N° 2/00 se dispuso que la representación del ESTADO

NACIONAL, en su carácter de accionista único de LOTERIA NACIONAL

SOCIEDAD DEL ESTADO, será ejercida por el entonces MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE.

Que la misión declarada de LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO es

regular, administrar, explotar y ejercer el contralor de los juegos de

azar a fin de presentar a la ciudadanía una oferta lúdica ordenada y

transparente que garantice la protección de sus grupos de interés, para

contribuir a la sociedad en su conjunto, aportando parte de sus

beneficios a la promoción y desarrollo social en el marco de un modelo

de gestión pública que integra, resguarda y promueve prácticas de

comportamiento ético y de responsabilidad social corporativa.

Que LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, ha experimentado un

importante crecimiento de sus responsabilidades, lo que conlleva

correlativamente al aumento de las respectivas utilidades, implicando

ello análoga proporción en generación de recursos económicos genuinos

para el Estado.

Que la envergadura y crecimiento generados —en forma directa e

indirecta— desde LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO y sus resultados,

han tenido fuerte impacto tanto en los aspectos sociales como en los

culturales y económicos, generando un círculo virtuoso, en el marco de

las políticas de Estado centradas en el empleo sustentable, todo ello

en la consecución del bien común, núcleo y directriz de su actuar

societario.

Que en función de lo expuesto y merituado en los Considerandos que

anteceden, resulta oportuno, conveniente y razonable dotar al cargo de

Presidente del Directorio de LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, del

rango y jerarquía de Secretario, y a los restantes miembros del

Directorio del rango y jerarquía de Subsecretario.

Que la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN de LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL

ESTADO ha precisado que cuenta con partida presupuestaria propia para

gastos de personal, necesaria para atender a las categorías

retributivas precedentes en el presente ejercicio 2015, sin importar

una disminución o reducción de los aportes que ésta realiza al

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que han tomado intervención la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS de LOTERÍA

NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS

JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Asígnase al cargo

de Presidente del Directorio de LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO,

el rango y jerarquía de Secretario, y a los restantes integrantes del

Directorio el rango y jerarquía de Subsecretario.

Art. 2° — El gasto que demande

el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será imputado con cargo

al crédito de las partidas presupuestarias de la SOCIEDAD previstas

para el presente ejercicio 2015.

Art. 3° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Alicia M.

Kirchner.